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La mutua no me paga si no presento informes especialistas

51 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 51 comentarios
24/08/2013 15:03
Jucarlos.

jamgpreve.
"Mire Jucarlos, lo que yo haría; iría a la mutua y según me dice que no le valen los informes, primero le aclararía que no tengo porqué llevárselos y luego le pediría la hoja de reclamaciones que tienen que tener expondría en la misma el problema explicando claramente que aunque le llevo usted un informe de su médico de cabecera el cenutrio de turno le dice que no es válido y me quedaría con la copia que me tienen que entregar y acudiría a la inspección de trabajo con la misma ya vera que pronto deja de tener usted problemas con ese médico de la mutua, si quiere informes de los especialistas que le envié a sus especialistas y que le hagan las pruebas pertinentes."

marobara.
"Como te han dicho anteriormente, efectúa una queja x escrito a la Mutua (que te la sellen y fechen) y haces una reclamación al Inss (con copia a la Mutua), adjuntando fotocopia de la queja efectuada a la Mutua."

"AH! si tu hiciste todo correctamente, por escrito y tal ... exige de la Mutua el mismo procedimiento. Si no están de acuerdo con el informe del médico del Cap, que hagan un escrito (4 líneas a mano, sirven), dirigido a tu médico del Cap, y firmado y sellado por el facultativo de la Mutua. Tu podrás llevárselo al Cap y él le contestará (pero que se entiendan entre médicos). "

Yo tengo claro que eso es lo que haría.

¡Las palabras se las lleva el viento!

Claro, el que tiene que tomar la decisión eres tú.

Un saludo.






24/08/2013 14:43
Quiero agradecer a todos la ayuda y molestias que os estais tomando.

Te respondo Marobara.

El infome fue mandado por fax tal y como me pido el medico de la mutua, tengo justificante del fax, a la media hora de enviar ese fax el medico de la mutua me llamo para decirme que aunque sea exactamente lo que tengo quiere el del especialista.
Justamente el dia 5 y pienso que es curioso entrego el 4 parte a la mutua para recibir el pago ( seria el parte de conformacion Nº 7 ) es decir seria el parte apartir del que me tienen que abonar, por eso he llegado a pensar como tu Marobara que estan presionando para ver si hago lo que dicen pero que al final pagaran.

Entonces si el dia 5 el medico sigue erre que erre le podria solicitar que me de la negativa al pago por escrito ?

Saludos.
24/08/2013 14:33
"magino que cuando dice CAP te refieres al medico de cabecera" ... SÍ.

·...no me sellaron nada porque le entrege copias " ... No importa. Deberías haber llevado fotocopias de las copias y que te las sellaran para ti.
"... de todas formas tengo una citacion que me dio el medico de la mutua en mano concertando fecha para ver si le llevo el informe ...". Creo recordar que la cita es para el 5 de Septiembre. Aunque te la cancelase x teléfono (muy amablemente), diciendo que el fax ya es válido, NO FALTES A LA CITA.

" Alguien sabe si en el INSS me podrar orientar y aclara bien si tengo obligacion de llevar documentos de mi patologia y por ello negarse la mutua ?". Entiendo que sí, que el INSS debería responderte, PERO ojo !!! tu ya has llevado un informe completo, lo que pasa es que al médico de la Mutua, por razones x, no le gusta. Que pida por escrito cómo y de quién quiere el informe. El informe que le entregaste hiciste fotocopia y te la registró la Mutua ???

Quizás, a primeros de Sept. recibas el pago y todo ha sido por el placer de marearte.

Espero que no tengas que llegar a contratar Abogado, por este tema, y se solvente antes.

SalU2
24/08/2013 14:28
" Lo que quiere decir Marobara, que la mutua esta buscando excusas para no pagarte ella, y esta poniendo trabas para hacerte ver que tu no cumples entregando los informes, de esa manera se justifica el no pagar "

buffy42 si segun la ley no tengo obligacion de presentar ningun informe porque ellos pueden solicitarlos a la SS como me van a decir que no cumplo al no entregar informes ? eso seria una contradiccion.
Quiero pensar que al no entregar informe de especialita ellos tendrian que hacerme la pruebas con el consiguiente gasto que conllevan las radiografias, resonancias, etc

Marobara la solicitud ha sido aprobada sin ningun problema.

Saludos.
24/08/2013 14:15
Hola Marobara
Imagino que cuando dice CAP te refieres al medico de cabecera.
Tengo los 180 dias, la empresa tiene contratadas las contingencias con la mutua, le entrege todo lo que me pidieron, DNI, Certificado Empresa, Base Cotizacion ultimos 5 años y Nº Cuenta Corriente aunque no me sellaron nada porque le entrege copias, de todas formas tengo una citacion que me dio el medico de la mutua en mano concertando fecha para ver si le llevo el informe y en el cual la mutua reconoce que tengo con ellos la baja.
Unos post mas atras indique que el mismo medico de la mutua reconoce que con lo que tengo es causa de sobra para recibir la prestacion pero que necesita el informe del especialista para autorizar el pago cosa que segun entiendo no tengo obligacion de dar, no lo doy porque no quiera, es porque no lo tengo, segun el tiene que enviarlo a la central.
Me han dicho en la mutua que pagan cada 4 partes
Cuando acuda a la cita grabare toda la conversacion y segun me diga el medico pedire hoja de reclamacion y acudire a un abogado.
Alguien sabe si en el INSS me podrar orientar y aclara bien si tengo obligacion de llevar documentos de mi patologia y por ello negarse la mutua ?

Saludos.
24/08/2013 14:02
No sé por qué, pero este hilo me hace recordar a “papuchi”
24/08/2013 13:52
Buffy42, gracias por exponerlo = más claro, agua.

Jucarlos, no estoy negando tus patologías y que el informe del CAP sea más que completo.
En anteriores posts, y resumiendo, dijiste :
*"Llevar 1 mes de baja y haber entregado 4 partes semanales de baja, directamente a la Mutua" = Al día siguiente de entrar en ITCC, la Empresa te da de Baja a la SS.
*"Tener de sobras cotizado para el Desempleo", pero lo tienes consumido.

SUPONGO que los pasos siguientes, ya los hiciste :

* Comprobaste con el Inss que la Empresa tiene las CC (Contingencias Comunes) TAMBIÉN contratadas con la Mutua.

* Solicitar el pago directo a la Mutua, cumplimentando el solicito que tienen para ello y adjuntando todos los documentos que "ellos" requieren : Copia de contrato trabajo, Carta de despido o comunicado de fin de contrato, las últimas cotizaciones (***), copia dni, datos bancarios, Modelo 145 (Irpf) etc, etc ...
Te han de sellar y fechar cada hoja del dossier/solicito que entregues y deben darte una respuesta por escrito.
Si aceptación, suelen indicar el procedimiento que, generalmente, es : todos los partes que por fecha entren del 21 de un mes al 20 del siguiente, los pagan la 1ª semana del 3er mes).
Si negativa, deben alegar los motivos, a fin que pudieras acudir a solicitar el pago directo al Inss.

(***) Requisito : Tener cubierto un periodo de cotización de (en el caso de enfermedad común), 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

AH! si tu hiciste todo correctamente, por escrito y tal ... exige de la Mutua el mismo procedimiento. Si no están de acuerdo con el informe del médico del Cap, que hagan un escrito (4 líneas a mano, sirven), dirigido a tu médico del Cap, y firmado y sellado por el facultativo de la Mutua. Tu podrás llevárselo al Cap y él le contestará (pero que se entiendan entre médicos).


Espero haberme explicado mejor.

Salvo mejor opinión.

SalU2



24/08/2013 10:00
buffy42 eso esta muy bien, pero como justifica la mutua una cosa que no tiene justificacion ? como hacerme creer que tengo la obligacion de presentar un informe sin ser cierto ? en todo caso tendrian que pedir el alta al INSS sin base ya que la palotogia esta ahi, acreditada por el medico de cabecera y mas aun, ellos pueden pedir esos informes a la SS y tambien puede proponer hacer las pruebas ellos mismos bajo permiso de la SS.
Pienso que tienes dos opciones, o me pagan o piden el alta sin justificacion, sea como sea la semana que viene voy al INSS y ellos creo que me informaran sobre mis derechos
No se hasta cuando pueden retrasar los pagos de los partes de confirmacion, incluso no se si es cierto o me estan engañando sobre que no me pagan.

Saludos.
24/08/2013 08:31
Lo que quiere decir Marobara, que la mutua esta buscando excusas para no pagarte ella, y esta poniendo trabas para hacerte ver que tu no cumples entregando los informes, de esa manera se justifica el no pagar.
24/08/2013 01:11
Marobara no entiendo muy bien que quieres decir con que buscan incumplimiento por mi parte, esto es facil, me hacen pruebas por dolencias, me detectan problemas que me impiden trabajar, medico de cabecera me da de baja, no hay mas, donde esta el incumplimento por mi parte ? y en todo caso que puede buscar el medico de la mutua pidiendo informe del especialista teniendo en cuenta que decia lo mismo que dice el de cabecera y en el se indican, dos hernias, una discopatia y presion en la raiz de los nervios que me producen fuertes dolores.

Gracias por tus animos.

Saludos.
24/08/2013 01:04
Jucarlos,
la respuesta a tu pregunta te la han dado en los primeros posts (Buffy, Porrermam, Jamgpreve ...)

En mi opinión, precisamente por eso, porque NO tienes Paro ni Empresa, la Mutua está buscando como ''liberarse'' de ti. Generalmente envían al paciente a Inspección Médica con una propuesta de Alta, pero, en tu caso, por tus patologías, ésta vía no es segura, por lo que están buscando el incumplimiento por tu parte.

Como te han dicho anteriormente, efectúa una queja x escrito a la Mutua (que te la sellen y fechen) y haces una reclamación al Inss (con copia a la Mutua), adjuntando fotocopia de la queja efectuada a la Mutua.

Suerte y que te mejores.
SalU2

24/08/2013 00:42
Marobara
Todo a cargo de la mutua, ahora mismo no me quedaria paro, no entiendo donde quieres llegar o que tiene que ver para que el medico me ponga tantos impedimentos.

Saludos.
24/08/2013 00:37
Jucarlos,

te queda Paro o ya lo has consumido ?

SalU2
24/08/2013 00:32
Hola Marobara, gracias por tu ayuda.

En este momento va a cargo de la mutua.
Aunque parezca increible el mismo medico me llamo diciendo que el fax que le habia enviado hacia media hora aunque muy completo no le servia, le comente que el que dio el traumatologo en su momento ponia letra por letra lo mismo, asi que le pregunte si mi patologia era valida para ellos, para estar de baja y la respuesta fue que si pero para autorizar el pago queria los del especialista, es mas y es algo que me mosquea, tengo cita el dia 5 por si le llevo lo que me pide, y me dijo que si lo mandaba por fax lo que pide no hacia falta ni que fuera a la cita, que automaticamente autorizaba el pago, todo es muy extraño y por eso tengo tanto interes en saber si tengo o no obligacion, para mas inri si yo llamo a la mutua y le digo que me pasen con el medico, lo hacen sin problemas, el medico es como si tuviera intencion en algo y por eso me trata con mucho tacto y super agradable, imagino que sera una tactica para conseguir lo que pide, hasta al medico de cabecera le parece extraño
Saludos.
24/08/2013 00:20
Hola, Jucarlos.
Estoy intentando ver si puedo aportar un poco de luz del porqué este acoso personal por parte de un médico de la Mutua, como llamarte, personalmente él, por teléfono y hacer de administrativo diciéndote si el fax recibido es válido o no.

Baja x Contingencias Comunes = ITCC.

Vida Laboral 27 años, pero tienes periodo de Desempleo, disponible, o sea, no consumido ???. Te lo comento porque al estar de ITCC, sin Empresa, consume tiempo de Paro, si hubiere, en caso contrario va a cargo de la Mutua.

SalU2

23/08/2013 23:57
Marobara gracias por tu interes, te explico que estoy de baja por contingencias comunes, enfermedad comun, no profesional, bueno eso habria que verlo porque estoy de baja por 2 hernias, una discopatia y algunas cosas mas, el tema es que mi contrato era de obra y servicio y la empresa me dio de baja por supuesto fin de contrato y por cotizacion tengo de sobra, tantos como 27 años de cotizacion.

Saludos.
23/08/2013 23:52
Jucarlos,
estás en pago directo con la Mutua porque la Empresa te ha despedido estando de ITCC ?.
Si afirmativo, tienes cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a Desempleo ?.

SalU2
23/08/2013 23:46
" Tanto tengas obligación como si no la tuvieras, a mi entender sería mejor que lo llevases (se supone que lo tienes o que lo tendrías que tener). Por contra, tengo más que dudas de que “por tal motivo” pudiera negarse a autorizar el pago. "

porrermam no es que quiera llevarlos o no, es que despues de una limpieza general en casa no se si se han tirado o perdidos, el caso es que no lo tengo, por otra parte decir que el informe que el medico me dio para que enviara a la mutua dice letra por letra lo que ponia en el informe que en su momento se me dieron con el resultado de la resonancia, y claro, yo pense que una vez visto por el medico no habia necesidad de guardarlo como un tesoro, es la primera vez que estoy de baja y desconocia como funcionaban estas cosas y mas aun el tema de la mutuas. En todo momento he estado colabordor con el medico de la mutua y le he dado todo lo que tenido, entiendo que en situaciones por baja no profesional no se me puede obligar como intenta hacerme creer el medico de la mutua que tengo obligacion de presentar ningun tipo de documento y que no se puede negar a autorizar esos pagos. Puesto en contacto con un abogado laboralista confirma esa idea y segun dice no tengo obligacion y si la mutua se niega a pagar pedir oja de reclamacion y en caso de seguir igual interponer demanda de cantidad, el lunes tengo cita en el instituto de la Seguridad Social, imagino que ahi tambien me informaran de mis derechos y obligaciones.
Lo que no llego a entender es porque el medico de la mutua me dice que el informe del medico de cabecera no le sirve, en ese informe esta todo detallado, patologia y tratamiento, todo ello firmado y sellado por el medico.
Agradezco a todos la ayuda y seguire agradeciendo a cualquiera que aporte y ayude.

Saludos
23/08/2013 22:48
“Agradeceria si alguien me dijera si tengo la obligacion de llevar ese informe y si el medico de la mutua puede negar a autorizar el pago si no lo presento.”

Tanto tengas obligación como si no la tuvieras, a mi entender sería mejor que lo llevases (se supone que lo tienes o que lo tendrías que tener). Por contra, tengo más que dudas de que “por tal motivo” pudiera negarse a autorizar el pago.

Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal.
Artículo 4 Seguimiento y control de la prestación económica y de las situaciones de incapacidad temporal
1. Las Entidades Gestoras o las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, según corresponda, ejercerán el control y seguimiento de la prestación económica de incapacidad temporal objeto de cobertura, pudiendo realizar a tal efecto aquellas actividades que tengan por objeto comprobar el mantenimiento de los hechos y de la situación que originaron el derecho al subsidio, a partir del momento en que corresponda a aquéllas asumir la gestión del gasto de la prestación económica por incapacidad temporal, sin perjuicio de sus facultades en materia de declaración, suspensión, anulación o extinción del derecho, y de las competencias que corresponden a los Servicios Públicos de Salud en orden al control sanitario de las altas y las bajas médicas.
2. Los servicios médicos del Sistema Nacional de Salud, los médicos adscritos a las Entidades Gestoras, así como los de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, están facultados para acceder a los informes y diagnósticos relativos a las situaciones de incapacidad temporal, a fin de ejercitar las respectivas funciones encomendadas. Los datos referentes al estado sanitario del trabajador tendrán la consideración de confidenciales, siéndoles de aplicación lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 3.

Orden de 19 de junio de 1997, por la que se desarrolla el Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, que modifica determinados aspectos de la gestión y del control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal.
Artículo 13 Requerimientos a los trabajadores para reconocimiento médico
1. La entidad gestora o la mutua, en este último caso, respecto a los procesos derivados de contingencias comunes, podrán disponer que los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal, sean reconocidos por los servicios médicos adscritos a las mismas.
Lo previsto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las facultades que correspondan a la mutua en los procesos de incapacidad temporal derivados de contingencias profesionales, y que afecten a trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, que hayan formalizado con aquélla la cobertura de la incapacidad temporal derivada de las contingencias aludidas.
2. Los reconocimientos médicos y demás actos de comprobación de la incapacidad deberán basarse tanto en los datos que fundamentan los partes de baja o de confirmación de la baja o en los informes médicos complementarios, previstos en los artículos anteriores, así como en los ulteriores reconocimientos y dictámenes médicos realizados.
A TAL FIN, CUANDO EL TRABAJADOR SEA LLAMADO A RECONOCIMIENTO MÉDICO POR LOS SERVICIOS MÉDICOS DE LA ENTIDAD GESTORA O COLABORADORA, APORTARÁ EL HISTORIAL CLÍNICO DE QUE DISPUSIESE O EL QUE LE SEA SUMINISTRADO POR EL CORRESPONDIENTE SERVICIO DE SALUD. En todo caso, los servicios médicos de la entidad gestora o colaboradora podrán acceder a la documentación clínica necesaria para la finalidad de control de los procesos de incapacidad temporal.
23/08/2013 21:35
Cuando estas de baja por contingencias comunes y tienes la baja con el medico de cabezera de la s.social, la mutua puede pedir de hacerte ella las pruebas pertinentes, pero el trabajador NO ESTA OBLIGADO de hacersela por la mutua, lo que no quiere decir que no se la haga, depende de cada uno, si quiere se la puede hacer .Lo que salga el resultado que salga el ALTA nunca se la dara la mutua, se la tiene que dar el medico de cabezera que fue quien le dio la baja.