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La policía local se lleva mi vehículo sin motivo.

13 Comentarios
 
La policía local se lleva mi vehículo sin motivo.
18/12/2017 21:19
Buenas tardes, hace algunos dias tenía mi vehículo aparcado en la vía pública. Estaba seguro cien por cien que estaba bien estacionado puesto que suelo aparcar siempre en ese lugar. Cuando he salido el vehiculo no estaba por lo que me dirigi a la comisaria de la policia local para ver si sabían algo y en el caso que no hubiese sido retirado por ellos, interponer una denuncia por robo. Para mi sorpresa un agente con malas formas me comunica que el vehiculo habia sido retirado por ellos y que se encontraba en el deposito municipal. Yo les pido explicaciones y afirmo que el vehiculo se encontraba bien estacionado. Mi sorpresa es aun mayor cuando dicho agente me dice que efectivamente el vehiculo estaba bien estacionado pero se habia procedido a su retirada por carecer de seguro obligatorio. Yo, seguro tambien de estar en vigor dicho seguro, me pongo en contacto con la compañía (me persono en la oficina) y me confirman que efectivamente el vehiculo esta asegurado, la poliza en vigor, pago al corriente, etc y ademas me proporcionan una copia del recibo con la cual regreso a las dependencias policiales para tratar de solucionar lo que a mi etender había sido un error por parte de los agentes. alli me encuentro con que lejos de querer ayudar al ciudadano, el agente se altera, grita, da voces y en definitiva me manda paseo. me dice que el vehiculo esta en el deposito de una compañia de gruas con la que deben tener algun tipo de concierto y que si quiero el vehiculo acuda alli y pague por su retirada. una vez alli me veo obligado a pagar 80 euros para retirar el vehiculo y en el parabrisas del mismo, algo que parece una denuncia pero la cual es ininteligible. no consigo entender que pone, ni su cuantía ni mucho menos el hecho denunciado. la letra es ilegible. Alguien puede ayudarme? alguna recomendacion sobre como proceder? no busco iniciar una batalla legal ni mucho menos, solo quiero que alguien recoozca el error y me devuelvan el dinero pagado por tener que recuperar mi coche, o al menos un consejo. muchas gracias de antemano
20/12/2017 08:57
Ospinacaceres
uy!!! no entiendo nada.... por carecer de seguro un vehiculo se puede precintar, pero si estaba bien estacionado, deberia haberse precintado alli mismo, no llevarselo con una grua...
Articulo 104 e) de la LTSV (inmovilizacion de un vehiculo) . El art 105 regula la retirada y deposito del vehiculo, en el apdo C se establece ""Cuando procediendo legalmente la inmovilizacion del vehiculo, no hubiera lugar adecuado para practicarla sin obstaculizar la circulacion..."
Por eso digo que si estaba bien estacionado no deben llevarselo.

Si ademas te ha puesto una denuncia por carecer de seguro, la tramitara la Jefatura de Trafico de la Provincia (donde estuviera estacionado el vehiculo). Deja pasar unos dias (10 o 15) y pasa por la jefatura, para que, con tu DNI o la matricula del coche, te digan si hay una multa a tu nombre. En ese caso, solicita copia del boletin de denuncia, y, a partir de ahi, como en el boletin tiene que constar el llugar donde se produjeron los hechos (C/ tal, nº tal...), ya puedes recurrir la retirada del vehiculo.

Si no hay denuncia a tu nombre, tendras que solicitar (si no te lo han dado) algun documento que refleje que el vehiculo se lo llevo la grua, y de donde, e, igualmente, iniciar tu reclamacion con eso, citando los articulos de la Ley de Seguridad Vial que te he dicho
20/12/2017 18:28
Ospinacaceres
Lo que me parece muy raro es que la policía local se ponga a verificar si los vehículos correctamente aparcados, tienen seguro o no. Normalmente esta gestión se realiza cuando hay un accidente, infracción, etc. Y suelen llamar a Tráfico para consultar su base de datos al respecto.

Saludos.
22/12/2017 10:12
Port
No necesariamente. La policia local tiene acceso a la base de datos del Registro de Vehiculos, por lo que pueden comprobar ellos mismos si el vehiculo consta asegurado.

Y tampoco es raro que se dediquen a verificar si los vehiculos estacionados tienen seguro e ITV en vigor, especialmente si coincide con alguna campaña de control de documentacion de la DGT
22/12/2017 13:05
Ospinacaceres
4. La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable. Quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio. RDL 6/20015

Esto es ya una curiosidad, abusando de tus conocimientos.
La PL denuncia, pero la DGT sanciona, supongo que ello está legalemente contemplado.¿la DGT buscará en sus datos y no tamitaría la denuncia municipal al constarle la tenencia y vigor del seguro?
Y si la DGT tiene todos los datos de los vehículos y en ellos figuran si tienen o no seguro así como si han pasado la ITV, ¿porque no denuncian y sancionan de oficio?

Salud, si la suerto no te ha acompañado
22/12/2017 14:05
Port
"supongo que ello está legalemente contemplado", claro que su, tu mism@ has puesto el texto legal.

"¿la DGT buscará en sus datos y no tamitaría la denuncia municipal al constarle la tenencia y vigor del seguro? ". Asi deberia ser, desde luego, porque no le veo sentido iniciar un expediente sancionador por carecer de seguro, si el vehiculo en cuestion sí tiene seguro, pero ahi... yo no puedo asegurar como van a proceder.

"¿porque no denuncian y sancionan de oficio?" Tampoco puedo contestarte con exactitud a esta pregunta, yo no soy la Directora General jajajaja. Supongo que no seria sencillo hacerlo de oficio, ya que uno de los requisitos de las denunicias es identificar la via en la que se comete la infraccion, y, en funcion de la ubicacion de la via, la autoridad sancionadora sera el Jefe/a Provincial de esa provincia. Me refiero, si la infraccion se comete en la provincia de Jaen, por ejemplo, correspondara la instruccion a la jefatura de Jaen, y la Autoridad sancionadora sera el Jefe/a Provincial de Jaen, y si la infraccion se comete en la provincia de Orense, pues a la jefatura de Orense.
Saber donde esta el vehiculo matricula XXXXXXXXX el dia 22 de diciembre de 2017 a las 14.00 horas lo encuentro muuuuuuy complicado. Entonces ¿como denunciar por que no tenga seguro, aunque la DGT lo sepa? ¿En que via o calle ubica el vehiculo?

Pero bueno, te repito que es una opinion... realmente no se si lo hacen o no.
22/12/2017 14:34
sarapiki
Determinadas infracciones son sancionables por la Jefatura Provincia,l por tanto la competencia material para sancionar (denunciar lo puede hacer la PL) la ostenta éstos órganos con independencia del tipo de vía en que se comenta la infracción , no la Administración Local. Si un vehículo no tiene seguro o ITV no lo tiene en ninguna de las vías o calles . Motivos debe haberlos pero deben de ser de tipo de oportunidad.
Si no acreditas que tienes seguro obligatorio no puedes pasar la ITV, ¿¿porque en este caso si hacen valer la carencia con independencia de donde la pases, donde esté matriculado el vehículo ????
22/12/2017 15:08
Ospinacaceres
Hola señores, perdón por mi ausencia pues he estado ocupados estos días, sobretodo tratando de aclarar este tema. No comprendo nada, estoy bastante desorientado. hace algunos dias acudí a la comisaría de la PL, alli pude tener contacto con el agente que figura en la denuncia como testigo pero no con el que me denunció. Este agente (el testigo) reconoce que efectivamente hay un error ya que he llevado la documentacion debidamente compulsada que acredita que el vehículo esta al corriente del seguro por lo cual reconoce que el coche fue retirado y denunciado de forma injustificada. Me ha dicho que hiciese un pliego de descargo y que aportase copia de dicho recibo y demás, y cuando lo hago el mismo agente se da cuenta que dicho pliego de descarga que he hecho mediante un formulario que me ha facilitado no puede hacerse alli puesto que dicha infraccion es tramitada por a jefatura provincial de trafico. Todo es muy raro, no entiendo nada. En el boletín de denuncia es de la jefatura provincial de trafico, pero me denuncian en base al reglamento general de vehículos artículo 2 apartado 1, y lo he buscado y dicho artículo no hace referencia a nada de seguros no se, me parece que no tiene sentido. En cualquier caso este agente me ha dicho que no me preocupe que ese expediente sancionador no prosperará puesto que efectivamente estaba al corriente del seguro y que fue un error informático al cosultar ellos la base de datos de la JPT. Yo no quiero únicamente que la denuncia no prospere (son 80 euros), sino que me devuelvan los 52 euros que me ha costado reuperar el vehículo del depósito. Alguien puede ayudarme y decirme como proceder? no se donde acudir
23/12/2017 10:09
Ospinacaceres
Si la denuncia es por no tener seguro, no son 80 sino 800 Euros.
ARt. 2.1 de la Ley del Seguro.Artículo 3. Incumplimiento de la obligación de asegurarse. 1. El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará: a) La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados. b) , con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro. Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente. Los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo. c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción
No se si la Jefatura Provincial de Tráfico te certificará que tienes seguro en vigor, en cualquier caso bien con ese papel o bien con las copias de los seguros pagados efectua una reclamación ante el Ayuntamiento, reclamándoles la devolución del importe de la grúa. Tambien puedes pedir en el escrito, como prueba, que de nuevo consulten en la base de datos correspondiente.
Si te dejaron retirar el vehículo es porque tendrías seguro obligatorio en vigor?
Los trámites ante la JPT irían por otro lado, puedes pedir la anulación al presentarte allí.
23/12/2017 17:38
Ospinacaceres
Hola Sarapiki, si 800 quise decir. la denuncia es por importe de 800 euros. Pero lo demás que dices no se de donde lo sacas, entiendo que has consultado la ley yo no quiero poner en duda lo que dices yo cuento lo que paso: pague52 euros y pude llevarme el vehiculo, la PL se ha puesto en contacto conmig y me han dicho que efectivamente esta el seguro al corriente, que fue un fallo al cosultar la base de datos y que no me preocupe que no prosperará la denuncia. que acuda a la jefatura provincial de tráfico y allí paralizarían el expediente sancionador.
23/12/2017 18:16
Ospinacaceres
A los conductores nos afectas diversas normativas: Ley de Tráfico y Reglamentos:el de Circulación , el de Vehículos, el de Conductores pero también al Ley del Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor, de ahí saque el artículo 2.1 y por él es posiblemente por el que querían sancionar.
¿ Que te han dicho de recuperar lo que pagaste por su error y los transtornos que has pasado y posiblemente pasarás ?
24/12/2017 14:38
Port
Hola D. Port, conforme a lo dispuesto en el REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2004, de 29
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil
y seguro en la circulación de vehículos a motor, cualquier vehículo sin seguro es denunciable, circule o no por la vía pública.
26/12/2017 09:41
Port
Buenos dias,
no entiendo tu pregunta. ¿Que tiene que ver que no te dejen pasar la ITV si no acreditas que tienes seguro conn las denuncias de oficio por carecer de seguro segun base de datos de la DGT?

Las ITV dependen del Ministerio de Industria, la DGT del Ministerio de Interior... no creo que tenga nada que ver. La Estacion de ITV no te deja pasarla si no acreditas tener seguro en vigor, pero no te denuncia por no tenerlo....

Por supuesto que si un vehiculo no tiene seguro, no lo tiene en ninguna via. Pero si se le denuncia de ofircio... ¿Que jefatura se ocupa de la instruccion del expediente, y que jefe provincial sanciona? ¿Donde lo ubicas a efectos de la denuncia?
26/12/2017 09:45
Ospinacaceres
Buenos dias,
Si, lo que digo lo saco de la Ley, y de hecho, te he citado los articulos correspondientes para que tu mismo puedas leer la ley.

Creo que he entendido perfectamente lo que exponias, tu quieres que te devuelvan el dinero de la grua, ya que se llevo tu vehiculo injustamente. Bien, te cite los articulos de la ley en los que te aconsejaba que basases tus alegaciones. Esto tienes que reclamarlo ante el Ayuntamiento.

El tema de carecer de seguro efectivamente lo tramitara la jefatura provincial, y es independiente de la retirada del vehiculo con la glrua
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La policía local se lleva mi vehículo sin motivo.
18/12/2017 21:19
Buenas tardes, hace algunos dias tenía mi vehículo aparcado en la vía pública. Estaba seguro cien por cien que estaba bien estacionado puesto que suelo aparcar siempre en ese lugar. Cuando he salido el vehiculo no estaba por lo que me dirigi a la comisaria de la policia local para ver si sabían algo y en el caso que no hubiese sido retirado por ellos, interponer una denuncia por robo. Para mi sorpresa un agente con malas formas me comunica que el vehiculo habia sido retirado por ellos y que se encontraba en el deposito municipal. Yo les pido explicaciones y afirmo que el vehiculo se encontraba bien estacionado. Mi sorpresa es aun mayor cuando dicho agente me dice que efectivamente el vehiculo estaba bien estacionado pero se habia procedido a su retirada por carecer de seguro obligatorio. Yo, seguro tambien de estar en vigor dicho seguro, me pongo en contacto con la compañía (me persono en la oficina) y me confirman que efectivamente el vehiculo esta asegurado, la poliza en vigor, pago al corriente, etc y ademas me proporcionan una copia del recibo con la cual regreso a las dependencias policiales para tratar de solucionar lo que a mi etender había sido un error por parte de los agentes. alli me encuentro con que lejos de querer ayudar al ciudadano, el agente se altera, grita, da voces y en definitiva me manda paseo. me dice que el vehiculo esta en el deposito de una compañia de gruas con la que deben tener algun tipo de concierto y que si quiero el vehiculo acuda alli y pague por su retirada. una vez alli me veo obligado a pagar 80 euros para retirar el vehiculo y en el parabrisas del mismo, algo que parece una denuncia pero la cual es ininteligible. no consigo entender que pone, ni su cuantía ni mucho menos el hecho denunciado. la letra es ilegible. Alguien puede ayudarme? alguna recomendacion sobre como proceder? no busco iniciar una batalla legal ni mucho menos, solo quiero que alguien recoozca el error y me devuelvan el dinero pagado por tener que recuperar mi coche, o al menos un consejo. muchas gracias de antemano
20/12/2017 08:57
Ospinacaceres
uy!!! no entiendo nada.... por carecer de seguro un vehiculo se puede precintar, pero si estaba bien estacionado, deberia haberse precintado alli mismo, no llevarselo con una grua...
Articulo 104 e) de la LTSV (inmovilizacion de un vehiculo) . El art 105 regula la retirada y deposito del vehiculo, en el apdo C se establece ""Cuando procediendo legalmente la inmovilizacion del vehiculo, no hubiera lugar adecuado para practicarla sin obstaculizar la circulacion..."
Por eso digo que si estaba bien estacionado no deben llevarselo.

Si ademas te ha puesto una denuncia por carecer de seguro, la tramitara la Jefatura de Trafico de la Provincia (donde estuviera estacionado el vehiculo). Deja pasar unos dias (10 o 15) y pasa por la jefatura, para que, con tu DNI o la matricula del coche, te digan si hay una multa a tu nombre. En ese caso, solicita copia del boletin de denuncia, y, a partir de ahi, como en el boletin tiene que constar el llugar donde se produjeron los hechos (C/ tal, nº tal...), ya puedes recurrir la retirada del vehiculo.

Si no hay denuncia a tu nombre, tendras que solicitar (si no te lo han dado) algun documento que refleje que el vehiculo se lo llevo la grua, y de donde, e, igualmente, iniciar tu reclamacion con eso, citando los articulos de la Ley de Seguridad Vial que te he dicho
20/12/2017 18:28
Ospinacaceres
Lo que me parece muy raro es que la policía local se ponga a verificar si los vehículos correctamente aparcados, tienen seguro o no. Normalmente esta gestión se realiza cuando hay un accidente, infracción, etc. Y suelen llamar a Tráfico para consultar su base de datos al respecto.

Saludos.
22/12/2017 10:12
Port
No necesariamente. La policia local tiene acceso a la base de datos del Registro de Vehiculos, por lo que pueden comprobar ellos mismos si el vehiculo consta asegurado.

Y tampoco es raro que se dediquen a verificar si los vehiculos estacionados tienen seguro e ITV en vigor, especialmente si coincide con alguna campaña de control de documentacion de la DGT
22/12/2017 13:05
Ospinacaceres
4. La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable. Quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio. RDL 6/20015

Esto es ya una curiosidad, abusando de tus conocimientos.
La PL denuncia, pero la DGT sanciona, supongo que ello está legalemente contemplado.¿la DGT buscará en sus datos y no tamitaría la denuncia municipal al constarle la tenencia y vigor del seguro?
Y si la DGT tiene todos los datos de los vehículos y en ellos figuran si tienen o no seguro así como si han pasado la ITV, ¿porque no denuncian y sancionan de oficio?

Salud, si la suerto no te ha acompañado
22/12/2017 14:05
Port
"supongo que ello está legalemente contemplado", claro que su, tu mism@ has puesto el texto legal.

"¿la DGT buscará en sus datos y no tamitaría la denuncia municipal al constarle la tenencia y vigor del seguro? ". Asi deberia ser, desde luego, porque no le veo sentido iniciar un expediente sancionador por carecer de seguro, si el vehiculo en cuestion sí tiene seguro, pero ahi... yo no puedo asegurar como van a proceder.

"¿porque no denuncian y sancionan de oficio?" Tampoco puedo contestarte con exactitud a esta pregunta, yo no soy la Directora General jajajaja. Supongo que no seria sencillo hacerlo de oficio, ya que uno de los requisitos de las denunicias es identificar la via en la que se comete la infraccion, y, en funcion de la ubicacion de la via, la autoridad sancionadora sera el Jefe/a Provincial de esa provincia. Me refiero, si la infraccion se comete en la provincia de Jaen, por ejemplo, correspondara la instruccion a la jefatura de Jaen, y la Autoridad sancionadora sera el Jefe/a Provincial de Jaen, y si la infraccion se comete en la provincia de Orense, pues a la jefatura de Orense.
Saber donde esta el vehiculo matricula XXXXXXXXX el dia 22 de diciembre de 2017 a las 14.00 horas lo encuentro muuuuuuy complicado. Entonces ¿como denunciar por que no tenga seguro, aunque la DGT lo sepa? ¿En que via o calle ubica el vehiculo?

Pero bueno, te repito que es una opinion... realmente no se si lo hacen o no.
22/12/2017 14:34
sarapiki
Determinadas infracciones son sancionables por la Jefatura Provincia,l por tanto la competencia material para sancionar (denunciar lo puede hacer la PL) la ostenta éstos órganos con independencia del tipo de vía en que se comenta la infracción , no la Administración Local. Si un vehículo no tiene seguro o ITV no lo tiene en ninguna de las vías o calles . Motivos debe haberlos pero deben de ser de tipo de oportunidad.
Si no acreditas que tienes seguro obligatorio no puedes pasar la ITV, ¿¿porque en este caso si hacen valer la carencia con independencia de donde la pases, donde esté matriculado el vehículo ????
22/12/2017 15:08
Ospinacaceres
Hola señores, perdón por mi ausencia pues he estado ocupados estos días, sobretodo tratando de aclarar este tema. No comprendo nada, estoy bastante desorientado. hace algunos dias acudí a la comisaría de la PL, alli pude tener contacto con el agente que figura en la denuncia como testigo pero no con el que me denunció. Este agente (el testigo) reconoce que efectivamente hay un error ya que he llevado la documentacion debidamente compulsada que acredita que el vehículo esta al corriente del seguro por lo cual reconoce que el coche fue retirado y denunciado de forma injustificada. Me ha dicho que hiciese un pliego de descargo y que aportase copia de dicho recibo y demás, y cuando lo hago el mismo agente se da cuenta que dicho pliego de descarga que he hecho mediante un formulario que me ha facilitado no puede hacerse alli puesto que dicha infraccion es tramitada por a jefatura provincial de trafico. Todo es muy raro, no entiendo nada. En el boletín de denuncia es de la jefatura provincial de trafico, pero me denuncian en base al reglamento general de vehículos artículo 2 apartado 1, y lo he buscado y dicho artículo no hace referencia a nada de seguros no se, me parece que no tiene sentido. En cualquier caso este agente me ha dicho que no me preocupe que ese expediente sancionador no prosperará puesto que efectivamente estaba al corriente del seguro y que fue un error informático al cosultar ellos la base de datos de la JPT. Yo no quiero únicamente que la denuncia no prospere (son 80 euros), sino que me devuelvan los 52 euros que me ha costado reuperar el vehículo del depósito. Alguien puede ayudarme y decirme como proceder? no se donde acudir
23/12/2017 10:09
Ospinacaceres
Si la denuncia es por no tener seguro, no son 80 sino 800 Euros.
ARt. 2.1 de la Ley del Seguro.Artículo 3. Incumplimiento de la obligación de asegurarse. 1. El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará: a) La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados. b) , con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro. Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente. Los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo. c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción
No se si la Jefatura Provincial de Tráfico te certificará que tienes seguro en vigor, en cualquier caso bien con ese papel o bien con las copias de los seguros pagados efectua una reclamación ante el Ayuntamiento, reclamándoles la devolución del importe de la grúa. Tambien puedes pedir en el escrito, como prueba, que de nuevo consulten en la base de datos correspondiente.
Si te dejaron retirar el vehículo es porque tendrías seguro obligatorio en vigor?
Los trámites ante la JPT irían por otro lado, puedes pedir la anulación al presentarte allí.
23/12/2017 17:38
Ospinacaceres
Hola Sarapiki, si 800 quise decir. la denuncia es por importe de 800 euros. Pero lo demás que dices no se de donde lo sacas, entiendo que has consultado la ley yo no quiero poner en duda lo que dices yo cuento lo que paso: pague52 euros y pude llevarme el vehiculo, la PL se ha puesto en contacto conmig y me han dicho que efectivamente esta el seguro al corriente, que fue un fallo al cosultar la base de datos y que no me preocupe que no prosperará la denuncia. que acuda a la jefatura provincial de tráfico y allí paralizarían el expediente sancionador.
23/12/2017 18:16
Ospinacaceres
A los conductores nos afectas diversas normativas: Ley de Tráfico y Reglamentos:el de Circulación , el de Vehículos, el de Conductores pero también al Ley del Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor, de ahí saque el artículo 2.1 y por él es posiblemente por el que querían sancionar.
¿ Que te han dicho de recuperar lo que pagaste por su error y los transtornos que has pasado y posiblemente pasarás ?
24/12/2017 14:38
Port
Hola D. Port, conforme a lo dispuesto en el REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2004, de 29
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil
y seguro en la circulación de vehículos a motor, cualquier vehículo sin seguro es denunciable, circule o no por la vía pública.
26/12/2017 09:41
Port
Buenos dias,
no entiendo tu pregunta. ¿Que tiene que ver que no te dejen pasar la ITV si no acreditas que tienes seguro conn las denuncias de oficio por carecer de seguro segun base de datos de la DGT?

Las ITV dependen del Ministerio de Industria, la DGT del Ministerio de Interior... no creo que tenga nada que ver. La Estacion de ITV no te deja pasarla si no acreditas tener seguro en vigor, pero no te denuncia por no tenerlo....

Por supuesto que si un vehiculo no tiene seguro, no lo tiene en ninguna via. Pero si se le denuncia de ofircio... ¿Que jefatura se ocupa de la instruccion del expediente, y que jefe provincial sanciona? ¿Donde lo ubicas a efectos de la denuncia?
26/12/2017 09:45
Ospinacaceres
Buenos dias,
Si, lo que digo lo saco de la Ley, y de hecho, te he citado los articulos correspondientes para que tu mismo puedas leer la ley.

Creo que he entendido perfectamente lo que exponias, tu quieres que te devuelvan el dinero de la grua, ya que se llevo tu vehiculo injustamente. Bien, te cite los articulos de la ley en los que te aconsejaba que basases tus alegaciones. Esto tienes que reclamarlo ante el Ayuntamiento.

El tema de carecer de seguro efectivamente lo tramitara la jefatura provincial, y es independiente de la retirada del vehiculo con la glrua