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La queja ¿es un acto administrativo?

3 Comentarios
 
09/10/2006 23:47
Todo aquelo que no lleve implícita una solicitud dificilmente podrá generar una respuesta administrativa contra la cual ya sea por contestación escrita o silencio podríamos recurrir atendiendo a los plazos.
Puede que usted tenga razón y que al entretenerla le hayan producido la perdida de los plazos para presentar recurso. Pero ha sido usted incauta, debería haber recurrido la selección alegando la irregularidad observada y solicitando la anulación del procedimiento de selección en base a ¿¿¿???, a partir de aquí solicitar la anulación impugnado ante el contencioso y ya sabe... todo lo demás son burbujas en el agua
05/10/2006 14:25
Creo que me extendí demasiado para hacer una pregunta concreta. Lo que usted dice si lo entiendo pero a lo que yo me refiero es que si mando una carta de queja y la administración me responde, esa respuesta de la administración ¿se puede entender como acto administrativo? yo pienso que si pero ¿porqué la administración me dice que es solo una información y no un acto administrativo? ahí es donde no encuentro base legal. Si alguién me lo pudiera explicar. Gracias.
05/10/2006 14:09
Acto administrativo es el que realiza la Administración pública en el ejercicio de sus funciones. Un particular no realiza ningún acto administrativo. Salvo mejor opinión.Un saludo
La queja ¿es un acto administrativo?
03/10/2006 17:21
Presenté una queja a una Diputación por irregularidades en la selección de personal de un Ayuntamiento que tenía un convenio con la Diputación para realizar unos proyectos de la Unión Europea. La Diputación al principio me contestó diciendo que investigarían y me contestarían, yo aporté la prueba de que había mandado un burofax pidiendo la normativa de las bases de la convocatoria para impugnar, pero el Ayuntamiento no me las mandó con lo cual no podía impugnar. Después de esperar que me contesten llamo por teléfono y me dan largas, al final contacto con ellos y me dicen que no han visto irregularidades y que me lo dirían por escrito. Me mandan una carta diciendo que no hay irregularidades pero sin motivar y en contradicción con la primera carta en la que me muestran interés en colaborar; esta 2ª carta no está firmada por el anterior y se que ya no está. Mando otra carta diciéndoles que no me han motivado y que hay incongruencia con la carta anterior, que al no darme el Ayuntamiento la normativa de las bases me han producido indefensión vulnerandose el art. 24. de CE, que me quedé esperando la respuesta de la primera carta (en la que me decían que investigarían y que en el caso de darse irregularidades suspenderían la subvención hasta que se solventaran) y en esa espera se pasó el plazo para recurrir al Ayuntamiento. Solicito se abra expediente teniendome por interesada, y me vuelven a contestar que ellos no tienen competencia sino el Ayuntamiento, y que no pueden abrir expediente porque no se ha producido ningún acto administrativo ya que el contacto que ellos han tenido conmigo ha sido meramente informativo, además me motivan todo en tres folios y me dicen que no tienen pruebas de que no me han mandado la normativa de las bases de la convocatoria ¿...? . Yo en su momento no pude obtenerla porque no fui voluntariamente sino mandada por el SAE y no se publicó. Algo muy extraño, que después pude comprobar que era para que entrara quienes ellos querían. Lo denuncio y la persona que dice que va a investigar después no está y dónde he dicho digo digo diego. Por favor si alguien me puede decir si pido abrir expediente la Diputación se puede negar porque una carta de queja es informativa y no es un acto administrativo. Gracias a quién se tome interés en contestar.
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La queja ¿es un acto administrativo?

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09/10/2006 23:47
Todo aquelo que no lleve implícita una solicitud dificilmente podrá generar una respuesta administrativa contra la cual ya sea por contestación escrita o silencio podríamos recurrir atendiendo a los plazos.
Puede que usted tenga razón y que al entretenerla le hayan producido la perdida de los plazos para presentar recurso. Pero ha sido usted incauta, debería haber recurrido la selección alegando la irregularidad observada y solicitando la anulación del procedimiento de selección en base a ¿¿¿???, a partir de aquí solicitar la anulación impugnado ante el contencioso y ya sabe... todo lo demás son burbujas en el agua
05/10/2006 14:25
Creo que me extendí demasiado para hacer una pregunta concreta. Lo que usted dice si lo entiendo pero a lo que yo me refiero es que si mando una carta de queja y la administración me responde, esa respuesta de la administración ¿se puede entender como acto administrativo? yo pienso que si pero ¿porqué la administración me dice que es solo una información y no un acto administrativo? ahí es donde no encuentro base legal. Si alguién me lo pudiera explicar. Gracias.
05/10/2006 14:09
Acto administrativo es el que realiza la Administración pública en el ejercicio de sus funciones. Un particular no realiza ningún acto administrativo. Salvo mejor opinión.Un saludo
La queja ¿es un acto administrativo?
03/10/2006 17:21
Presenté una queja a una Diputación por irregularidades en la selección de personal de un Ayuntamiento que tenía un convenio con la Diputación para realizar unos proyectos de la Unión Europea. La Diputación al principio me contestó diciendo que investigarían y me contestarían, yo aporté la prueba de que había mandado un burofax pidiendo la normativa de las bases de la convocatoria para impugnar, pero el Ayuntamiento no me las mandó con lo cual no podía impugnar. Después de esperar que me contesten llamo por teléfono y me dan largas, al final contacto con ellos y me dicen que no han visto irregularidades y que me lo dirían por escrito. Me mandan una carta diciendo que no hay irregularidades pero sin motivar y en contradicción con la primera carta en la que me muestran interés en colaborar; esta 2ª carta no está firmada por el anterior y se que ya no está. Mando otra carta diciéndoles que no me han motivado y que hay incongruencia con la carta anterior, que al no darme el Ayuntamiento la normativa de las bases me han producido indefensión vulnerandose el art. 24. de CE, que me quedé esperando la respuesta de la primera carta (en la que me decían que investigarían y que en el caso de darse irregularidades suspenderían la subvención hasta que se solventaran) y en esa espera se pasó el plazo para recurrir al Ayuntamiento. Solicito se abra expediente teniendome por interesada, y me vuelven a contestar que ellos no tienen competencia sino el Ayuntamiento, y que no pueden abrir expediente porque no se ha producido ningún acto administrativo ya que el contacto que ellos han tenido conmigo ha sido meramente informativo, además me motivan todo en tres folios y me dicen que no tienen pruebas de que no me han mandado la normativa de las bases de la convocatoria ¿...? . Yo en su momento no pude obtenerla porque no fui voluntariamente sino mandada por el SAE y no se publicó. Algo muy extraño, que después pude comprobar que era para que entrara quienes ellos querían. Lo denuncio y la persona que dice que va a investigar después no está y dónde he dicho digo digo diego. Por favor si alguien me puede decir si pido abrir expediente la Diputación se puede negar porque una carta de queja es informativa y no es un acto administrativo. Gracias a quién se tome interés en contestar.