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la retirada judicial del carné conlleva pérdida de puntos?

3 Comentarios
 
La retirada judicial del carné conlleva pérdida de puntos?
26/04/2012 09:38
gracias
26/04/2012 11:50
Hola habeascorpus10,

La pérdida de puntos se contempla en la vía administrativa, en la penal, se pierde la licencia para conducir por el tiempo de la condena, no puede conducir durante el tiempo que disponga la pena, podría tener todos los puntos, pero NO puede conducir.
Un saludo,
26/04/2012 12:29
CUANTO TE LO AGRADEZCO. Lo trincaron conduciendo después de transcurrir el tiempo de condena pero sin hacer el curso de "habilitación". Traté de ir a la dgt para ver si conservaba los puntos pero no se acordaba del a fecha de expedición.... un desastre. Pero, muchas gracias
26/04/2012 12:54
Hola habeascorpus10,

La aportación anterior ha sido incompleta, en teoría, no se pierden los puntos, pero es cierto que después de cumplido el tiempo de pérdida de vigencia de la licencia, para poder volver a conducir, es necesario, hacer el curso de sensibilización, pero ésto debe comunicarse al interesado.

Le aporto parte de una sentencia,

Respecto al procedimiento de pérdida de vigencia, la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Pamplona, de 17 de marzo de 2009, señala: “El delito de conducción sin permiso tipificado en el art. 384 CP 1995 es un delito doloso que exige que la persona que conduce un vehículo habiendo perdido todos los puntos sepa que, como consecuencia de esa pérdida total, no puede conducir sin haberlos obtenido nuevamente de forma legal. Y no hay prueba de que el acusado tuviera conocimiento de que no podía conducir: cumplió con una pena de privación del derecho a conducir vehículos, se le devolvió el carnet por parte del Juzgado de lo Penal y con él conducía. No se le notificó esta circunstancia seguramente por el carácter rápido del enjuiciamiento y no puede presumirse que sea un hecho notorio de todos conocido que tras la devolución del permiso hay que volverá examinarse para recuperar los puntos. Así, en virtud del principio in dubio pro reo no procede sino absolverle de este delito”. la que se conduce, después del cumplimiento, sin haber realizado el curso..."

Espero haberlo expresado mejor.

Un saludo,

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la retirada judicial del carné conlleva pérdida de puntos?

3 Comentarios
 
La retirada judicial del carné conlleva pérdida de puntos?
26/04/2012 09:38
gracias
26/04/2012 11:50
Hola habeascorpus10,

La pérdida de puntos se contempla en la vía administrativa, en la penal, se pierde la licencia para conducir por el tiempo de la condena, no puede conducir durante el tiempo que disponga la pena, podría tener todos los puntos, pero NO puede conducir.
Un saludo,
26/04/2012 12:29
CUANTO TE LO AGRADEZCO. Lo trincaron conduciendo después de transcurrir el tiempo de condena pero sin hacer el curso de "habilitación". Traté de ir a la dgt para ver si conservaba los puntos pero no se acordaba del a fecha de expedición.... un desastre. Pero, muchas gracias
26/04/2012 12:54
Hola habeascorpus10,

La aportación anterior ha sido incompleta, en teoría, no se pierden los puntos, pero es cierto que después de cumplido el tiempo de pérdida de vigencia de la licencia, para poder volver a conducir, es necesario, hacer el curso de sensibilización, pero ésto debe comunicarse al interesado.

Le aporto parte de una sentencia,

Respecto al procedimiento de pérdida de vigencia, la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Pamplona, de 17 de marzo de 2009, señala: “El delito de conducción sin permiso tipificado en el art. 384 CP 1995 es un delito doloso que exige que la persona que conduce un vehículo habiendo perdido todos los puntos sepa que, como consecuencia de esa pérdida total, no puede conducir sin haberlos obtenido nuevamente de forma legal. Y no hay prueba de que el acusado tuviera conocimiento de que no podía conducir: cumplió con una pena de privación del derecho a conducir vehículos, se le devolvió el carnet por parte del Juzgado de lo Penal y con él conducía. No se le notificó esta circunstancia seguramente por el carácter rápido del enjuiciamiento y no puede presumirse que sea un hecho notorio de todos conocido que tras la devolución del permiso hay que volverá examinarse para recuperar los puntos. Así, en virtud del principio in dubio pro reo no procede sino absolverle de este delito”. la que se conduce, después del cumplimiento, sin haber realizado el curso..."

Espero haberlo expresado mejor.

Un saludo,