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Lactancia acumulada, empleados públicos.

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Lactancia acumulada, empleados públicos.
13/09/2019 20:21
Tras la nueva redacción dada por el RDL 6/2019 al artículo 48.f del EBEP, me surge la duda de si es posible que la Administración limite el ejercicio simultáneo del permiso de lactancia por ambos progenitores, especialmente en el caso de la lactancia acumulada.
En el nuevo texto legal se configura la lactancia como un derecho individual e intransferible de los progenitores sin que quepa la posibilidad de su cesión al otro progenitor.
El tema es que si dos funcionarios pertenecen al mismo servicio o unidad puede ocasionar muchos problemas si los dos disfrutan del permiso de lactancia a la vez. También puede suceder que los dos empleados públicos no pertenezcan al mismo servicio pero presten servicios en un puesto en el que hay escasez de efectivos (por ejemplo, médicos pediatras), ¿se le podría denegar el permiso?
Lactancia acumulada, empleados públicos. | PorticoLegal
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Lactancia acumulada, empleados públicos.
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Tras la nueva redacción dada por el RDL 6/2019 al artículo 48.f del EBEP, me surge la duda de si es posible que la Administración limite el ejercicio simultáneo del permiso de lactancia por ambos progenitores, especialmente en el caso de la lactancia acumulada.
En el nuevo texto legal se configura la lactancia como un derecho individual e intransferible de los progenitores sin que quepa la posibilidad de su cesión al otro progenitor.
El tema es que si dos funcionarios pertenecen al mismo servicio o unidad puede ocasionar muchos problemas si los dos disfrutan del permiso de lactancia a la vez. También puede suceder que los dos empleados públicos no pertenezcan al mismo servicio pero presten servicios en un puesto en el que hay escasez de efectivos (por ejemplo, médicos pediatras), ¿se le podría denegar el permiso?