Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Lecciones de solfeo en youtube

0 Comentarios
 
Lecciones de solfeo en youtube
10/04/2021 08:45
Mi consulta es sobre la creación de un canal de youtube con lecciones de solfeo (un vídeo por lección, abarcando todas las lecciones del libro).

Cuando iba al conservatorio de pequeño, cada alumno tenía el libro con las lecciones, y el profesor tenía la edición con acompañamiento al piano. Entonces el profesor tocaba el acompañamiento mientras los alumnos solfeábamos la lección.

La idea del canal de youtube sería sustituir al profesor. En este caso, interpretando el acompañamiento del libro del profesor, con la melodía cantada (o simplemente sintetizando toda esa música en el ordenador), y poniendo ese audio en una videolección. En ningún momento se mostraría ninguna imagen del libro, ninguna partitura, ninguna página o fragmento.

Esto no supone ningún perjuicio para el propietario del copyright, al contrario, ya que para seguir estos vídeos habría que tener el libro físicamente. Además el objetivo sería la docencia.

Sin embargo en el aviso sobre copyright, dice claramente que está prohibida la transmisión del contenido del libro, incluyendo la grabación.

¿Sería una infracción de la LPI hacer este canal? ¿Cambiaría algo el hecho de monetizar o no los vídeos?

Gracias.
Lecciones de solfeo en youtube | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Lecciones de solfeo en youtube

0 Comentarios
 
Lecciones de solfeo en youtube
10/04/2021 08:45
Mi consulta es sobre la creación de un canal de youtube con lecciones de solfeo (un vídeo por lección, abarcando todas las lecciones del libro).

Cuando iba al conservatorio de pequeño, cada alumno tenía el libro con las lecciones, y el profesor tenía la edición con acompañamiento al piano. Entonces el profesor tocaba el acompañamiento mientras los alumnos solfeábamos la lección.

La idea del canal de youtube sería sustituir al profesor. En este caso, interpretando el acompañamiento del libro del profesor, con la melodía cantada (o simplemente sintetizando toda esa música en el ordenador), y poniendo ese audio en una videolección. En ningún momento se mostraría ninguna imagen del libro, ninguna partitura, ninguna página o fragmento.

Esto no supone ningún perjuicio para el propietario del copyright, al contrario, ya que para seguir estos vídeos habría que tener el libro físicamente. Además el objetivo sería la docencia.

Sin embargo en el aviso sobre copyright, dice claramente que está prohibida la transmisión del contenido del libro, incluyendo la grabación.

¿Sería una infracción de la LPI hacer este canal? ¿Cambiaría algo el hecho de monetizar o no los vídeos?

Gracias.