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Legado

5 Comentarios
 
Legado
01/04/2009 20:19
A partir de la aceptacion de una herencia cuanto tiempo hay para hacer pagar un legado en efectivo?. Hay que hacer una provision de ese importe en el notario o se puede aceptar la herencia sin pagar el legado en la aceptación?. Gracias
02/04/2009 07:26
Un año para comunicarlo y otro año para pagar (844 CC). Salvo mejor criterio
02/04/2009 10:07
Muchas gracias. Otra pregunta más si no es molestia. Aunque le haya dejado en el testamento facultad a la persona beneficiaria del legado de hacerse con él, sino hay dinero en efectivo sino una propiedad, no tiene capacidad de venderla para hacerse con el dinero?.
02/04/2009 13:01
Para cualquier modalidad o variación, por ej inclusión como parte de la propiedad, precisa la conformidad de todos los herederos y legatarios.
Salvo mejor criterio.
02/04/2009 14:46
De verdad muchísimas gracias. Después de una consulta al notario y una visita a un abogado es la primera persona que me indica lo que hay que hacer. La sorpresa de que al ir a heredar encuentres un legado en dinero a un tercero y que en la herencia no haya efectivo, más bien deudas te deja completamente indefenso. No sabia si tenia los 6 meses de rigor para pagar el legado, si tenia que pagarlo para aceptar la herencia, en fin, 2 meses de continuo agobio. Tal y como está el mercado de la propiedad horizontal era imposible vendr la propiedad en ese plazo para pagarlo.
02/04/2009 23:21
Perdón, pero he recordado ahora que no habia indicado que era en Catalunya y no sé si se aplica el mismo código. Gracias
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01/04/2009 20:19
A partir de la aceptacion de una herencia cuanto tiempo hay para hacer pagar un legado en efectivo?. Hay que hacer una provision de ese importe en el notario o se puede aceptar la herencia sin pagar el legado en la aceptación?. Gracias
02/04/2009 07:26
Un año para comunicarlo y otro año para pagar (844 CC). Salvo mejor criterio
02/04/2009 10:07
Muchas gracias. Otra pregunta más si no es molestia. Aunque le haya dejado en el testamento facultad a la persona beneficiaria del legado de hacerse con él, sino hay dinero en efectivo sino una propiedad, no tiene capacidad de venderla para hacerse con el dinero?.
02/04/2009 13:01
Para cualquier modalidad o variación, por ej inclusión como parte de la propiedad, precisa la conformidad de todos los herederos y legatarios.
Salvo mejor criterio.
02/04/2009 14:46
De verdad muchísimas gracias. Después de una consulta al notario y una visita a un abogado es la primera persona que me indica lo que hay que hacer. La sorpresa de que al ir a heredar encuentres un legado en dinero a un tercero y que en la herencia no haya efectivo, más bien deudas te deja completamente indefenso. No sabia si tenia los 6 meses de rigor para pagar el legado, si tenia que pagarlo para aceptar la herencia, en fin, 2 meses de continuo agobio. Tal y como está el mercado de la propiedad horizontal era imposible vendr la propiedad en ese plazo para pagarlo.
02/04/2009 23:21
Perdón, pero he recordado ahora que no habia indicado que era en Catalunya y no sé si se aplica el mismo código. Gracias