Tengo la siguiente cuestión: en un edificio de dos viviendas adosadas, constituidas en régimen de propiedad horizontal, uno de los vecinos ha ampliado su vivienda sin contar con licencia, en parte invadiendo terreno común. Ahora está en proceso de legalizar ante el ayuntamiento y justifica que cumple el requisito de un 25% de ampliacion sobre la superficie construida anterior, computando para ello la superficie del edificio entero (las 2 viviendas).
¿Necesitaría justificar que cuenta con el acuerdo del otro vecino? O, dicho de otra forma, si el otro vecino no está de acuerdo, ¿podría el ayuntamiento legalizar esta ampliación de todos modos?
La administración te da licencia sin perjuicio de titularidad, ello crea problemas como este. A mi me ourre algo parecido. Los propietarios deberán requerirle a ese vecino pues esta apropiandose de su aprovechamiento urbanístico, de su derecho de vuelo. Civilmente deberia pedir autorización al resto de comuneros
He continuando investigando, y en mi comunidad (PV) las NNSS ayuntamiento tienen el artículo: "AUNQUE las licencias se otorgan a salvo del derecho de propiedad, etc el solicitante debe acreditar que tiene DERECHO SUFICIENTE para realizar las obras" (más o menos), así que parece que no podrían concederle la licencia para legalizar.
Estando en proceso de legalización, con exposición pública, es el momento adecuado de comparecer alegando que la mitad del 25% corresponde a la otra vivienda.
De lo contrario podría interpretarse como suficiente el consentimiento tácito del otro comunero.