Si se casó en Marruecos y quiere hacer valer el acta de matrimonio en España, debe venir legalizado desde ese país por el consulado de España acreditado en la correspondiente demarcación consular (en Marruecos hay varios consulados de España). Pero previamente debe haber sido legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Marruecos, que a la vez probablemente le exigirá que el acta de matrimonio esté legalizada por el Ministerio de quien dependa el Registro Civil o el funcionario que certifica el acta de matrimonio.
Pero usted no indica si simplemente pretende hacer valer el acta de matrimonio de Marruecos en España para trámites particulares suyos o si su interés es solicitar su reconocimiento e inscripción en el Registro Civil español, lo cual sólo es posible si al menos uno de los contrayentes es de nacionalidad española.
El tema es: matrimonio de marruecos. La esposa tiene nacionalidad española, el esposo no tiene NIE, lleva cinco años aqui, quiere conseguir su nie como lo hace? han pedido ya la legalizacion acta del matrimonio y lo han presentado para incribirlo pero le dicen que tardará unos dos años en inscribir.
Si se casaron en el extranjero, la cónyuge es de nacionalidad española y ya se encuentran ambos en España, efectivamente, la competencia para reconocer e inscribir ese matrimonio corresponde al Registro Civil Central ( Madrid), que tarda alrededor de dos años en resolver e inscribir. Pero hasta tanto, el cónyuge extranjero puede solicitar una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión como pareja estable de ciudadano de la Unión, que es la figura a la que se suelen acoger los cónyuges extranjeros extracomunitarios de españoles mientras dura la tramitación del reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado en el exterior en el Registro Civil Central.
Si la persona está en España en situación irregular, no es impedimento para que pueda solicitar su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.