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Legalizar situación de un menor.

3 Comentarios
 
Legalizar situación de un menor.
19/01/2018 18:27
Estimados/as,

Os agradecería mucho vuestra ayuda. Ya hace años expuse aquí el miedo que tenía al padre de mi hijo.. Querría exponer mi situación actual y me aconsejaráis.
Soy una mujer soltera. Quisiera establecer legalmente entre el padre de mi hijo y yo, la patria potestad de mi hijo.
Actualmente, vive conmigo el niño , tiene 3 años. Vivo en casa de mis padres que me cedieron en herencia. Él vive en su piso que adquirió antes de tener al niño.
Me gustaría adquirir la potestad del niño de forma cordial.
Nosotros legalmente no hemos sido pareja de hecho, ni nos hemos casado.

Quisiera me ayudáseis porque tengo miedo a que reaccione contra mi. Nosotros llevamos años sin ser pareja aunque estuvimos viviendo juntos cuando nació el niño pero sin vida de pareja.
Tengo miedo a su carácter y es lo que hasta ahora me ha hecho ceder siempre y posponer todo
Gracias por su atención
Reciban un cordial saludo
24/01/2018 09:24
Luz2016
Hola.Da igual que estéis casados o no tengáis nada firmado debes de ir a un Juzgado para que os hagan unas medidas familiares con una orden de visitas y establezcan la custodia y demás asuntos.La patria potestad es de los dos otra cosa es la custodia que te la darían a ti seguramente ya que está contigo.
24/01/2018 10:50
Luz2016
A ver, "legalizar", lo que se dice legalizar, no creo que estéis en situación ilegal, tanto si tiene al hijo reconocido como si no. No es obligatorio inscribir la filiación si nadie la pide, ni tener convenio de paternofiliales si esta existe y no queréis. Es un derecho si alguno quiere, y puede ser conveniente según el caso, sobre todo si se quieren ejercer derechos que en la práctica no se tengan y están legalmente reconocidos, como es la contribución de ambos progenitores a los alimentos (pensión por alimentos si la custodia solo la ejerce uno) y los derechos de visitas.
Pero vamos, es tan simple como solicitar el reconocimiento de paternidad si no lo hay, y si lo hay, o después de esto si no, el establecimiento de medidas paternofiliales.
25/01/2018 10:50
Luz2016
De forma general (tanto en derecho civil como penal) una sentencia es ejecutable desde el momento en que sea firme, aunque mientras tanto pueden ser aplicables medidas provisionales. Esto quiere decir que si en la sentencia hay por ejemplo un embargo, un cobro, etc., la fase de ejecución de la sentencia no se inicia hasta que sea firme, por lo que no tiene efecto ejecutorio hasta entonces (y siempre se ejecutará bajo demanda del interesado en derecho civil). Pero dado que sí que pueden establecerse medidas provisionales, si la sentencia como en este caso (según entiendo) viniera a contradecir unas medidas cautelares anteriores, la sentencia las como nuevas medidas provisionales hasta que sea firme, ya desde el momento en que se dicte.
Legalizar situación de un menor. | PorticoLegal
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Legalizar situación de un menor.
19/01/2018 18:27
Estimados/as,

Os agradecería mucho vuestra ayuda. Ya hace años expuse aquí el miedo que tenía al padre de mi hijo.. Querría exponer mi situación actual y me aconsejaráis.
Soy una mujer soltera. Quisiera establecer legalmente entre el padre de mi hijo y yo, la patria potestad de mi hijo.
Actualmente, vive conmigo el niño , tiene 3 años. Vivo en casa de mis padres que me cedieron en herencia. Él vive en su piso que adquirió antes de tener al niño.
Me gustaría adquirir la potestad del niño de forma cordial.
Nosotros legalmente no hemos sido pareja de hecho, ni nos hemos casado.

Quisiera me ayudáseis porque tengo miedo a que reaccione contra mi. Nosotros llevamos años sin ser pareja aunque estuvimos viviendo juntos cuando nació el niño pero sin vida de pareja.
Tengo miedo a su carácter y es lo que hasta ahora me ha hecho ceder siempre y posponer todo
Gracias por su atención
Reciban un cordial saludo
24/01/2018 09:24
Luz2016
Hola.Da igual que estéis casados o no tengáis nada firmado debes de ir a un Juzgado para que os hagan unas medidas familiares con una orden de visitas y establezcan la custodia y demás asuntos.La patria potestad es de los dos otra cosa es la custodia que te la darían a ti seguramente ya que está contigo.
24/01/2018 10:50
Luz2016
A ver, "legalizar", lo que se dice legalizar, no creo que estéis en situación ilegal, tanto si tiene al hijo reconocido como si no. No es obligatorio inscribir la filiación si nadie la pide, ni tener convenio de paternofiliales si esta existe y no queréis. Es un derecho si alguno quiere, y puede ser conveniente según el caso, sobre todo si se quieren ejercer derechos que en la práctica no se tengan y están legalmente reconocidos, como es la contribución de ambos progenitores a los alimentos (pensión por alimentos si la custodia solo la ejerce uno) y los derechos de visitas.
Pero vamos, es tan simple como solicitar el reconocimiento de paternidad si no lo hay, y si lo hay, o después de esto si no, el establecimiento de medidas paternofiliales.
25/01/2018 10:50
Luz2016
De forma general (tanto en derecho civil como penal) una sentencia es ejecutable desde el momento en que sea firme, aunque mientras tanto pueden ser aplicables medidas provisionales. Esto quiere decir que si en la sentencia hay por ejemplo un embargo, un cobro, etc., la fase de ejecución de la sentencia no se inicia hasta que sea firme, por lo que no tiene efecto ejecutorio hasta entonces (y siempre se ejecutará bajo demanda del interesado en derecho civil). Pero dado que sí que pueden establecerse medidas provisionales, si la sentencia como en este caso (según entiendo) viniera a contradecir unas medidas cautelares anteriores, la sentencia las como nuevas medidas provisionales hasta que sea firme, ya desde el momento en que se dicte.