Necesito saber, fundamentado con artículos u ordenanzas donde consultar si el propietario de un bar en Valencia puede no aceptar monedas pequeñas? El derecho de admisión es un impreso que se debe solicitar y tramitar en consellerá? o un cartl colgado en la pared es suficiente? Los baños del local están a disposición exclusivamente para clientes? o un viandante tiene derecho a poder hacer uso de ellos? El libro de reclamaciones está sólo a disposición del cliente o una persona afectada por la actitud del propietario tiene derecho a solicitarlo aún sin haber consumido? Sería importante obtener respuesta sobre estos asuntos, gracias.