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Legislación digital

2 Comentarios
 
Legislación digital
11/02/2013 18:44
Hola a todos!

Hace unos 10 años construí un portal Web en el que se podían visualizar tablaturas. Para los que lo desconozcan, una tablatura es una especie de "partitura", en modo texto, donde se explica al músico qué posiciones de los dedos deben ir poniendo en los trastes de la guitarra y qué cuerdas hacer sonar para poder tocar una canción determinada. Se trata pues, de una interpretación libre y personal de una canción, con mayor o menor precisión y acierto. A continuación, les muestro un ejemplo de una tablatura de la canción "Libre" de Nino Bravo disponible en una Web similar a la que yo tenía, para que se hagan una idea: http://acordes.lacuerda.net/nino_bravo/libre.shtml

Estuve programando todo y, después de mucho esfuerzo y algo de dinero, conseguí hacer el proyecto funcionar. El problema vino cuando al año recibí una carta de unos asesores en propiedad intelectual, los cuales me indicaban que, en caso de no retirar de la Web las obras con contenidos sin autorización por parte de sus representados (prácticamente todas ellas), llevarían a cabo acciones legales contra mi persona.

Entiendo que si estuviera subiendo a una Web partituras escaneadas estaría yendo en contra de la ley de propiedad intelectual, pero una tablatura es algo muy "artesanal" y primitivo, donde la comunidad de usuarios ofrece su interpretación personal de la canción.

A día de hoy, estoy con ganas de retomar el proyecto que comencé, pero me pregunto cómo está la legislación al respecto.

Por favor, ¿me podrían ayudar?

Muchas gracias.
18/02/2013 11:25
En efecto y tal como le comunicaron los asesores, las partituras están protegidas como obra literaria en base a la actual legislación sobre Propiedad Intelectual vigente.

El hecho de que se tenga la habilidad auditiva y musical para desarrollar una partitura, ésta sigue siendo una obra y por tanto queda protegida. Pongamos por ejemplo que alguien oye un poema, lo escribe y posteriormente lo sube a Internet, no ha hecho un "copy-paste" puesto que previamente lo ha escuchado y escrito de manera manual, pero el resultado es el mismo.

Aunque tu ejemplo requiera un mayor esfuerzo intelectual, no exime de infracción y deberías pedir autorización ya que de lo contrario estás reproduciendo y comunicando públicamente de manera ilegítima unas obras que están protegidas por los derechos de sus correspondientes autores.

Espero haberte servido de ayuda.
08/03/2013 09:29
Muchas gracias por la respuesta.

Según lo que me comentas... ¿a quién se supone que se le debe pedir permiso? ¿autor a autor? ¿a las respectivas discográficas? ¿a una sociedad tipo SGAE?

Gracias.
Legislación digital | PorticoLegal
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11/02/2013 18:44
Hola a todos!

Hace unos 10 años construí un portal Web en el que se podían visualizar tablaturas. Para los que lo desconozcan, una tablatura es una especie de "partitura", en modo texto, donde se explica al músico qué posiciones de los dedos deben ir poniendo en los trastes de la guitarra y qué cuerdas hacer sonar para poder tocar una canción determinada. Se trata pues, de una interpretación libre y personal de una canción, con mayor o menor precisión y acierto. A continuación, les muestro un ejemplo de una tablatura de la canción "Libre" de Nino Bravo disponible en una Web similar a la que yo tenía, para que se hagan una idea: http://acordes.lacuerda.net/nino_bravo/libre.shtml

Estuve programando todo y, después de mucho esfuerzo y algo de dinero, conseguí hacer el proyecto funcionar. El problema vino cuando al año recibí una carta de unos asesores en propiedad intelectual, los cuales me indicaban que, en caso de no retirar de la Web las obras con contenidos sin autorización por parte de sus representados (prácticamente todas ellas), llevarían a cabo acciones legales contra mi persona.

Entiendo que si estuviera subiendo a una Web partituras escaneadas estaría yendo en contra de la ley de propiedad intelectual, pero una tablatura es algo muy "artesanal" y primitivo, donde la comunidad de usuarios ofrece su interpretación personal de la canción.

A día de hoy, estoy con ganas de retomar el proyecto que comencé, pero me pregunto cómo está la legislación al respecto.

Por favor, ¿me podrían ayudar?

Muchas gracias.
18/02/2013 11:25
En efecto y tal como le comunicaron los asesores, las partituras están protegidas como obra literaria en base a la actual legislación sobre Propiedad Intelectual vigente.

El hecho de que se tenga la habilidad auditiva y musical para desarrollar una partitura, ésta sigue siendo una obra y por tanto queda protegida. Pongamos por ejemplo que alguien oye un poema, lo escribe y posteriormente lo sube a Internet, no ha hecho un "copy-paste" puesto que previamente lo ha escuchado y escrito de manera manual, pero el resultado es el mismo.

Aunque tu ejemplo requiera un mayor esfuerzo intelectual, no exime de infracción y deberías pedir autorización ya que de lo contrario estás reproduciendo y comunicando públicamente de manera ilegítima unas obras que están protegidas por los derechos de sus correspondientes autores.

Espero haberte servido de ayuda.
08/03/2013 09:29
Muchas gracias por la respuesta.

Según lo que me comentas... ¿a quién se supone que se le debe pedir permiso? ¿autor a autor? ¿a las respectivas discográficas? ¿a una sociedad tipo SGAE?

Gracias.