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Legítima de mi padre

3 Comentarios
 
Legítima de mi padre
10/05/2022 21:51
Mi abuela hizo testamento en Barcelona en 1992, deja de heredera universal a mi tía y mi padre la legitima, Mi padre muere y después mi abuela, Yo tengo la legitima por mi padre. Por donde se rige la legitima, en Barcelona ( donde se hizo testamento) o Málaga donde vivió y murió mi abuela los últimos años. ???
11/05/2022 10:52
Si su abuela vivió los últimos diez años de su vida en Málaga, ha de aplicarse el derecho civil en lo que respecta a las legítimas, y el derecho civil catalán en cuanto a los legados. Si esto último invade las porciones legítimas calculadas de conformidad con el derecho común, se aplicará este para cubrir el defecto. Por lo tanto, le corresponde a usted el 17, 5% de la herencia de su abuela, en sustitución de su padre.
31/05/2022 18:23
Miles de gracias. Ahora le expongo, Mi abuela testamento en Barcelona 1992, en el testamento no pone legítima forzosa es decir me corresponden 2/3 y mi abuela llevaba 10años en Málaga y falleció en Málaga, Mi tía heredera universal dice que me da solo 25% como en Barcelona. Voy a juicio? Gracias o que hago???
01/06/2022 14:37
11022020
En primer lugar, su tia no tiene que darle nada. Ambas dos son herederas. Aunque ella tenga mayor participación que Vd., deberán repartirse los bienes según clausulas testamentarias. A usted le corresponden 1/3 (la mitad de la legitima estricta y la mitad de la mejora) y a su tia el resto, para lo que se tendrán que poner de acuerdo, o acudir a la via judicial.
Legítima de mi padre | PorticoLegal
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Legítima de mi padre
10/05/2022 21:51
Mi abuela hizo testamento en Barcelona en 1992, deja de heredera universal a mi tía y mi padre la legitima, Mi padre muere y después mi abuela, Yo tengo la legitima por mi padre. Por donde se rige la legitima, en Barcelona ( donde se hizo testamento) o Málaga donde vivió y murió mi abuela los últimos años. ???
11/05/2022 10:52
Si su abuela vivió los últimos diez años de su vida en Málaga, ha de aplicarse el derecho civil en lo que respecta a las legítimas, y el derecho civil catalán en cuanto a los legados. Si esto último invade las porciones legítimas calculadas de conformidad con el derecho común, se aplicará este para cubrir el defecto. Por lo tanto, le corresponde a usted el 17, 5% de la herencia de su abuela, en sustitución de su padre.
31/05/2022 18:23
Miles de gracias. Ahora le expongo, Mi abuela testamento en Barcelona 1992, en el testamento no pone legítima forzosa es decir me corresponden 2/3 y mi abuela llevaba 10años en Málaga y falleció en Málaga, Mi tía heredera universal dice que me da solo 25% como en Barcelona. Voy a juicio? Gracias o que hago???
01/06/2022 14:37
11022020
En primer lugar, su tia no tiene que darle nada. Ambas dos son herederas. Aunque ella tenga mayor participación que Vd., deberán repartirse los bienes según clausulas testamentarias. A usted le corresponden 1/3 (la mitad de la legitima estricta y la mitad de la mejora) y a su tia el resto, para lo que se tendrán que poner de acuerdo, o acudir a la via judicial.