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Legitimación activa en siniestro de vehículo con daños materiales

1 Comentarios
 
27/12/2017 17:28
Jjavierez
Seguramente no hace falta que lo mencione, pero cuando dije "registro de bienes inmuebles" quise decir "registro de bienes muebles", es que lo acabo de leer y me he dado cuenta del error.
Legitimación activa en siniestro de vehículo con daños materiales
27/12/2017 16:45
El propietario del vehículo le da su coche a otra persona (familiar que vive en otra provincia). Existe contrato privado, pero no existe cambio de titularidad en tráfico (se hizo el contrato para pasar la titularidad, se pagaron los impuestos de hacienda para transmitir el vehículo, pero al acudir a tráfico no se pudo realizar la transacción por no haber cancelado el préstamo en el registro de bienes inmuebles)
El que usa el vehículo para su uso particular es el tomador del seguro. Se produce un accidente y la compañía no reconoce todos los daños.
¿Quién dispone de la legitimación activa para accionar contra la compañía? ¿El tomador, que es quien tuvo el accidente y lo utiliza habitualmente? ¿El propietario que no ha podido transmitir la titularidad, pero continúa siendo titular del vehículo en tráfico?
Y de acuerdo con lo anterior, las compañías ofrecen una cobertura jurídica en caso de demandar, si el tomador del seguro posee la legitimación activa tiene derecho a dicha cobertura, pero, en caso de que la legitimación activa la tenga el propietario, ¿tiene derecho al abono de los gastos de abogado, aun no siendo tomador del seguro? Esta segunda pregunta es sólo para el caso de que no esté legitimado el tomador del seguro y conductor habitual.
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Legitimación activa en siniestro de vehículo con daños materiales

1 Comentarios
 
27/12/2017 17:28
Jjavierez
Seguramente no hace falta que lo mencione, pero cuando dije "registro de bienes inmuebles" quise decir "registro de bienes muebles", es que lo acabo de leer y me he dado cuenta del error.
Legitimación activa en siniestro de vehículo con daños materiales
27/12/2017 16:45
El propietario del vehículo le da su coche a otra persona (familiar que vive en otra provincia). Existe contrato privado, pero no existe cambio de titularidad en tráfico (se hizo el contrato para pasar la titularidad, se pagaron los impuestos de hacienda para transmitir el vehículo, pero al acudir a tráfico no se pudo realizar la transacción por no haber cancelado el préstamo en el registro de bienes inmuebles)
El que usa el vehículo para su uso particular es el tomador del seguro. Se produce un accidente y la compañía no reconoce todos los daños.
¿Quién dispone de la legitimación activa para accionar contra la compañía? ¿El tomador, que es quien tuvo el accidente y lo utiliza habitualmente? ¿El propietario que no ha podido transmitir la titularidad, pero continúa siendo titular del vehículo en tráfico?
Y de acuerdo con lo anterior, las compañías ofrecen una cobertura jurídica en caso de demandar, si el tomador del seguro posee la legitimación activa tiene derecho a dicha cobertura, pero, en caso de que la legitimación activa la tenga el propietario, ¿tiene derecho al abono de los gastos de abogado, aun no siendo tomador del seguro? Esta segunda pregunta es sólo para el caso de que no esté legitimado el tomador del seguro y conductor habitual.