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legitimacion presidente y obras

4 Comentarios
 
08/02/2009 18:59
Voy a intentar centrar el problema.
Con los datos que aporto (mismo presidente, una sola comunidad en titulo constitutivo,dos comunidades independientes a efectos practicos con distintitos difm contabilidad 12 propietarios de viviendas, y estos mismos doce mas cinco disitintos porpietarios de cocheras)

Reunion de la comunidad en la que los que habilitan al presidente para ejercer acciones y designar abogado y proc son solo los propietarios de viviendas. No se les notifica a los ausentes.
La promotora excepcion falta de legitimacion activa del presidente porque no concurre bien a nombre de todo el edificio porque faltan los propietarios de cocheras (una sola comunidad) yla comunidad de cocheras en el caso de que existierna dos.
Gracias.
07/02/2009 01:03
Gracias a todos.
En primer lugar como os decía en el titulo constitutivo se establece una sola comnunidad.
La comunidad acuerda en reunión que existan dos comunidades (distinto cif) pero no se notifica a los propietarios ausentes.
El presidente es el mismo para ambas comunidades.

El acuerdo de iniciar acciones legales lo toman solo los propietarios de viviendas que a su vez son los doce de cocheras.
Los propietarios de viviendas son 12 y los de cocheras 17 (los mimos 12 propietarios de viviendas y 5 que solo son propietarios de cocheras.

Presentada la demanda, la promotora dice que el acuerdo se tomo sin la asistencia de todos los propietarios (cocheras) o que no se convoco a la otra comunidad.
¿Estaría legitimado el presidente aunque no se le notifique nunca el acuerdo a los propietarios ausentes?
Gracias.
06/02/2009 18:47
Sería interesante que nos dijera la cantidad de viviendas y de plazas de garajes (cocheras). Lo digo porque podría afectar a la doble mayoría necesaria para tomar acuerdos en Junta.
06/02/2009 18:23
En principio veo una contrariedad ya que se exija una comunidad cuando actualmente ya hay dos desde el momento de estar repartida por el Cif y su contabilidad que entiendo que es como debería ser, dos comunidades y no una ya que los problemas de los coches no siempre van en la misma tendencia que las viviendas. Si hay dos comunidades debería haber dos presidentes pero veo que no, que solo hay uno. Esto es la contrariedad. Para poder modificar el título constitutivo se necesita la unanimidad (cosa muy difícil, ya que poner a todo el mundo de acuerdo es una tarea difícil, le recuerdo que vivimos en España, creo).
El presidente por si solo no tiene legitimidad de iniciar un procedimiento judicial, deben darle ese poder en junta de propietario los miembros de la comunidad, aunque sea por mayoría pero debe constar en acta.
Usted debe saber que las votaciones en una reunión son nominativas, es decir, con nombre apellido y coeficiente de participación, hay que mojarse. Si se alcanza la mayoría el proceso se lo debe llevar un abogado y un procurador, y eso cuesta dinero que los propietarios debe de financiar.
Como ve es un poco engorroso, y más, cuando la comunidad no está bien definida desde mi punto de vista.
Legitimacion presidente y obras
05/02/2009 21:31
Una comunidad de propietarios en el titulo constitutivo de la misma establece la existencia de una sola comunidad de propietarios integrada por propietarios de viviendas y cocheras.

en la practica funcionan como dos comunidades independientes con cif, contabilidades y nº de cuenta diferentes
Todos los propietarios de viviendas tienen cocheras pero existen algunos propietarios de cocheras que no tienen vivienda.

Los propietarios quieren han iniciado acciones legales contra la promotora porque siguen con luz de obra un monton de tiempo, pero este acuerdo lo toman exclusivamente los propietarios de las viviendas.

Mis preguntas son:
¿Estaría legitimado el presidente para ejercer acciones legales por toda la comunidad?
¿Y por la vía del artículo 13 en cuanto a beneficio de la comunidad?
Entiendo que el acuerdo estaria aprobado con o sin asistencia de los propietarios de cocheras puesto que al tener que ser este por mayoria estaria igualmente aprobado?
En el caso de que se adoptara el acuerdo como afectaria a los propietarios que no audieron?

Gracias.
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4 Comentarios
 
08/02/2009 18:59
Voy a intentar centrar el problema.
Con los datos que aporto (mismo presidente, una sola comunidad en titulo constitutivo,dos comunidades independientes a efectos practicos con distintitos difm contabilidad 12 propietarios de viviendas, y estos mismos doce mas cinco disitintos porpietarios de cocheras)

Reunion de la comunidad en la que los que habilitan al presidente para ejercer acciones y designar abogado y proc son solo los propietarios de viviendas. No se les notifica a los ausentes.
La promotora excepcion falta de legitimacion activa del presidente porque no concurre bien a nombre de todo el edificio porque faltan los propietarios de cocheras (una sola comunidad) yla comunidad de cocheras en el caso de que existierna dos.
Gracias.
07/02/2009 01:03
Gracias a todos.
En primer lugar como os decía en el titulo constitutivo se establece una sola comnunidad.
La comunidad acuerda en reunión que existan dos comunidades (distinto cif) pero no se notifica a los propietarios ausentes.
El presidente es el mismo para ambas comunidades.

El acuerdo de iniciar acciones legales lo toman solo los propietarios de viviendas que a su vez son los doce de cocheras.
Los propietarios de viviendas son 12 y los de cocheras 17 (los mimos 12 propietarios de viviendas y 5 que solo son propietarios de cocheras.

Presentada la demanda, la promotora dice que el acuerdo se tomo sin la asistencia de todos los propietarios (cocheras) o que no se convoco a la otra comunidad.
¿Estaría legitimado el presidente aunque no se le notifique nunca el acuerdo a los propietarios ausentes?
Gracias.
06/02/2009 18:47
Sería interesante que nos dijera la cantidad de viviendas y de plazas de garajes (cocheras). Lo digo porque podría afectar a la doble mayoría necesaria para tomar acuerdos en Junta.
06/02/2009 18:23
En principio veo una contrariedad ya que se exija una comunidad cuando actualmente ya hay dos desde el momento de estar repartida por el Cif y su contabilidad que entiendo que es como debería ser, dos comunidades y no una ya que los problemas de los coches no siempre van en la misma tendencia que las viviendas. Si hay dos comunidades debería haber dos presidentes pero veo que no, que solo hay uno. Esto es la contrariedad. Para poder modificar el título constitutivo se necesita la unanimidad (cosa muy difícil, ya que poner a todo el mundo de acuerdo es una tarea difícil, le recuerdo que vivimos en España, creo).
El presidente por si solo no tiene legitimidad de iniciar un procedimiento judicial, deben darle ese poder en junta de propietario los miembros de la comunidad, aunque sea por mayoría pero debe constar en acta.
Usted debe saber que las votaciones en una reunión son nominativas, es decir, con nombre apellido y coeficiente de participación, hay que mojarse. Si se alcanza la mayoría el proceso se lo debe llevar un abogado y un procurador, y eso cuesta dinero que los propietarios debe de financiar.
Como ve es un poco engorroso, y más, cuando la comunidad no está bien definida desde mi punto de vista.
Legitimacion presidente y obras
05/02/2009 21:31
Una comunidad de propietarios en el titulo constitutivo de la misma establece la existencia de una sola comunidad de propietarios integrada por propietarios de viviendas y cocheras.

en la practica funcionan como dos comunidades independientes con cif, contabilidades y nº de cuenta diferentes
Todos los propietarios de viviendas tienen cocheras pero existen algunos propietarios de cocheras que no tienen vivienda.

Los propietarios quieren han iniciado acciones legales contra la promotora porque siguen con luz de obra un monton de tiempo, pero este acuerdo lo toman exclusivamente los propietarios de las viviendas.

Mis preguntas son:
¿Estaría legitimado el presidente para ejercer acciones legales por toda la comunidad?
¿Y por la vía del artículo 13 en cuanto a beneficio de la comunidad?
Entiendo que el acuerdo estaria aprobado con o sin asistencia de los propietarios de cocheras puesto que al tener que ser este por mayoria estaria igualmente aprobado?
En el caso de que se adoptara el acuerdo como afectaria a los propietarios que no audieron?

Gracias.