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Lesión-Opciones

2 Comentarios
 
Lesión-opciones
27/02/2014 14:52
Buenas tardes
Tengo 30 años y trabajo en atención al cliente en una gran superficie, mi trabajo lo desempeño de pie, el espacio de trabajo es un mostrador a la altura de la cadera, con ordenadores, cajas registradoras y la mayor parte del material que utilizamos a la altura del suelo. Me han diagnosticado hace 3 meses una hernia interdiscal en la zona lumbar, los informes médicos tanto de la mutua del trabajo como de la seguridad social dicen que es debida a realizar movimientos repetitivos y estar en la misma postura que es la única que puedo tener en mi trabajo ya que no nos dejan poner sillas.
Empecé a tener dolores de espalda hace 2 años que fue cuando realizaron una reforma en la que nos pusieron el mostrador en estas condiciones.
He estado de baja y al reincorporarme he solicitado a la empresa un cambio de departamento o, en su defecto, alguna mejora en el mio pero no me hacen caso.
Cada día me duele más y no quiero volver a coger la baja, pero a este paso no me va a quedar mas remedio.
No se cuales son las opciones que tengo ahora mismo.
¿Se puede considerar mi enfermedad como laboral?
¿Hay alguna manera de obligar a la empresa a cumplir unas medidas ergonómicas, o alguna forma de facilitarme el cambio de departamento? Incluso les presenté un informe de la seguridad social solicitándolo.
Llevan casi un mes sin decir nada en claro desde que pedí el cambio.
Muchas gracias
28/02/2014 13:13
Respecto la primera pregunta opino que si la enfermedad que padece ha sido provocada por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo, sí que podria estar clasificada como enfermedad profesional, tal como se detalla en el listado del Real Decreto 1299/2006.
Respecto a si existe alguna manera de obligar a la empresa a cumplir las medidas ergónomicas le debo decir que en el art. 19 del Estatuto de los T. se indica que el trabajador tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e Higiene en el trabajo. De modo que creo que, no bastaria con cambiarle de puesto de trabajo(que estaría bien) sino de modificar, a través de una correcta evaluación de riesgos laborales, las causas que le han provocado el mal, porque si a Vd. lo cambián, seguirian perjudicando a otros.
Por lo tanto, si la empresa no se mueve habrá que dar un toque de aviso a la Inspección de Trabajo, en cuyo cuerpo hay una sector especialista en estos temas, para que se presenten en la empresa y obliguen a rectificar cosas, de acuerdo con la ley
Te deseo suerte.
02/03/2014 23:53
Muchas gracias por toda la información.
Lesión-Opciones | PorticoLegal
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27/02/2014 14:52
Buenas tardes
Tengo 30 años y trabajo en atención al cliente en una gran superficie, mi trabajo lo desempeño de pie, el espacio de trabajo es un mostrador a la altura de la cadera, con ordenadores, cajas registradoras y la mayor parte del material que utilizamos a la altura del suelo. Me han diagnosticado hace 3 meses una hernia interdiscal en la zona lumbar, los informes médicos tanto de la mutua del trabajo como de la seguridad social dicen que es debida a realizar movimientos repetitivos y estar en la misma postura que es la única que puedo tener en mi trabajo ya que no nos dejan poner sillas.
Empecé a tener dolores de espalda hace 2 años que fue cuando realizaron una reforma en la que nos pusieron el mostrador en estas condiciones.
He estado de baja y al reincorporarme he solicitado a la empresa un cambio de departamento o, en su defecto, alguna mejora en el mio pero no me hacen caso.
Cada día me duele más y no quiero volver a coger la baja, pero a este paso no me va a quedar mas remedio.
No se cuales son las opciones que tengo ahora mismo.
¿Se puede considerar mi enfermedad como laboral?
¿Hay alguna manera de obligar a la empresa a cumplir unas medidas ergonómicas, o alguna forma de facilitarme el cambio de departamento? Incluso les presenté un informe de la seguridad social solicitándolo.
Llevan casi un mes sin decir nada en claro desde que pedí el cambio.
Muchas gracias
28/02/2014 13:13
Respecto la primera pregunta opino que si la enfermedad que padece ha sido provocada por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo, sí que podria estar clasificada como enfermedad profesional, tal como se detalla en el listado del Real Decreto 1299/2006.
Respecto a si existe alguna manera de obligar a la empresa a cumplir las medidas ergónomicas le debo decir que en el art. 19 del Estatuto de los T. se indica que el trabajador tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e Higiene en el trabajo. De modo que creo que, no bastaria con cambiarle de puesto de trabajo(que estaría bien) sino de modificar, a través de una correcta evaluación de riesgos laborales, las causas que le han provocado el mal, porque si a Vd. lo cambián, seguirian perjudicando a otros.
Por lo tanto, si la empresa no se mueve habrá que dar un toque de aviso a la Inspección de Trabajo, en cuyo cuerpo hay una sector especialista en estos temas, para que se presenten en la empresa y obliguen a rectificar cosas, de acuerdo con la ley
Te deseo suerte.
02/03/2014 23:53
Muchas gracias por toda la información.