Desde hace muchos años tenemos un contrato que se rige por la ley de aprovechamiento por turno en el que podemos disponer de los días 1-15 de julio de un apartamento en concreto que aparece debidamente especificado en nuestra escritura.este año hemos llegado en vez del día 1 el 10 de julio y nos han asignado un apartamento distinto y no sabemos si tenemos derecho a reclamar el uso del que tenemos escriturado.