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Ley proteccion de datos

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
10/01/2011 16:31
mongolia, si se lee este post sacará muchas conclusiones.
Ese administrador que tienen ... tiene mucha cara.
La gestión por dar de alta un fichero en la agencia de protección de datos es GRATUITA, y solo lleva unos minutos haciéndolo desde la web de la agencia. http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php
Entiendo que estos "profesionales" cobren hasta por respirar, pero lo del mantenimiento del fichero es un tremendo abuso, qué cambios puede haber, un vecino que vende el piso y lo compra otro?? ese cambio es imperceptible practicamente para los de la agencia.
En cuanto a cambiar ustedes esos cambios, probablemente no puedan porque debe hacerlo el responsable de ese fichero, en este caso el administrador.
La otra opción es que si no están de acuerdo con las gestiones que lleva a cabo ese administrador, pueden convocar junta para cesarlo, ustedes no están obligados a contratarlo de por vida, pueden prescindir de él en cuanto se apruebe en junta, ojo! aprobarlo en junta repito.
saludos.
10/01/2011 20:15
Buenas tardes. Como profesional de la Protección de Datos, me fastidia saber de los abusos que cometen ciertos "expertos".
En primer lugar, esta Ley no afectará a las comunidades, sino que "AFECTA" a las comunidades (desde hace mucho tiempo).
Efectívamente, el dar de alta un fichero en la AEPD se puede hacer de una manera gratuíta. Otra cosa es saber qué ficheros hay que dar de alta, aparte del de PROPIETARIOS (empleados de fincas urbanas, videovigilancia, etc.). Si son mecanizados, manuales o ambos. Informar a los propietarios, empleados, etc. Si hay encargo de tratamiento con el administrador y varias cuestiones más.
Por lo tanto, se puede hacer necesario recurrir a un profesional de LOPD y, ahí, empieza la problemática en cuanto a los servicios/precio.
Desde luego que, el coste anual, no debería de existir.
En cuanto al trabajo a realizar para adaptar una comunidad, no está mal el precio, aunque yo cobro menos.
Saludos
Ley proteccion de datos | PorticoLegal
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10/01/2011 16:31
mongolia, si se lee este post sacará muchas conclusiones.
Ese administrador que tienen ... tiene mucha cara.
La gestión por dar de alta un fichero en la agencia de protección de datos es GRATUITA, y solo lleva unos minutos haciéndolo desde la web de la agencia. http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php
Entiendo que estos "profesionales" cobren hasta por respirar, pero lo del mantenimiento del fichero es un tremendo abuso, qué cambios puede haber, un vecino que vende el piso y lo compra otro?? ese cambio es imperceptible practicamente para los de la agencia.
En cuanto a cambiar ustedes esos cambios, probablemente no puedan porque debe hacerlo el responsable de ese fichero, en este caso el administrador.
La otra opción es que si no están de acuerdo con las gestiones que lleva a cabo ese administrador, pueden convocar junta para cesarlo, ustedes no están obligados a contratarlo de por vida, pueden prescindir de él en cuanto se apruebe en junta, ojo! aprobarlo en junta repito.
saludos.
10/01/2011 20:15
Buenas tardes. Como profesional de la Protección de Datos, me fastidia saber de los abusos que cometen ciertos "expertos".
En primer lugar, esta Ley no afectará a las comunidades, sino que "AFECTA" a las comunidades (desde hace mucho tiempo).
Efectívamente, el dar de alta un fichero en la AEPD se puede hacer de una manera gratuíta. Otra cosa es saber qué ficheros hay que dar de alta, aparte del de PROPIETARIOS (empleados de fincas urbanas, videovigilancia, etc.). Si son mecanizados, manuales o ambos. Informar a los propietarios, empleados, etc. Si hay encargo de tratamiento con el administrador y varias cuestiones más.
Por lo tanto, se puede hacer necesario recurrir a un profesional de LOPD y, ahí, empieza la problemática en cuanto a los servicios/precio.
Desde luego que, el coste anual, no debería de existir.
En cuanto al trabajo a realizar para adaptar una comunidad, no está mal el precio, aunque yo cobro menos.
Saludos