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Libre establecimiento en Europa de dentistas europeos

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Libre establecimiento en europa de dentistas europeos
12/03/2008 13:11
He ejercido en Italia como dentista desde 1989 hasta 1997 y al momento actual mantengo la inscripción en el Colegio correspondiente. He podido ejercer por tener un Título en Medicina español que en su día convalidé en Italia, ya que inicié los estudios de Medicina en España antes del 28 de Enero de 1980 e Italia contemplaba esta posibilidad. Ahora, considerando la directiva 2005/36/CE, ¿qué tengo que hacer para conseguir colegiarme en España y poder ejercer mi profesión legalmente? A qué organismos españoles debo dirigirme? En 1998 pedí al Ministero della Sanità un certificado que dijera que ejercía en Italia la profesión de Dentista solo con el título de Medicina por ellos convalidado, pero me lo denegaron porque la ley establecía que se daba a las personas que tenían un título italiano y claro, el mio era español pero había sido convalidado y así había tenido los mismos derechos y deberes que los que tenían título italiano. O sea, que "el pez se mordía la cola". No hice recurso porque tuve que regresar a España, pero sí mantuve mi inscripción en el Colegio italiano. En España no he podido ejercer mi profesión. Ahora con esta nueva directiva CEE, ¿puedo hacer algo? Muchas gracias.
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12/03/2008 13:11
He ejercido en Italia como dentista desde 1989 hasta 1997 y al momento actual mantengo la inscripción en el Colegio correspondiente. He podido ejercer por tener un Título en Medicina español que en su día convalidé en Italia, ya que inicié los estudios de Medicina en España antes del 28 de Enero de 1980 e Italia contemplaba esta posibilidad. Ahora, considerando la directiva 2005/36/CE, ¿qué tengo que hacer para conseguir colegiarme en España y poder ejercer mi profesión legalmente? A qué organismos españoles debo dirigirme? En 1998 pedí al Ministero della Sanità un certificado que dijera que ejercía en Italia la profesión de Dentista solo con el título de Medicina por ellos convalidado, pero me lo denegaron porque la ley establecía que se daba a las personas que tenían un título italiano y claro, el mio era español pero había sido convalidado y así había tenido los mismos derechos y deberes que los que tenían título italiano. O sea, que "el pez se mordía la cola". No hice recurso porque tuve que regresar a España, pero sí mantuve mi inscripción en el Colegio italiano. En España no he podido ejercer mi profesión. Ahora con esta nueva directiva CEE, ¿puedo hacer algo? Muchas gracias.