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LIBRO DEL EDIFICIO obligación del promotor

12 Comentarios
 
Libro del edificio obligación del promotor
08/03/2009 23:25
Es obligación de entregar el (libro del edificio)y(el proyecto de obra) por parte del promotor a los compradores de los pisos o no ???? Gracias
09/03/2009 00:31
Sí.
Un saludo
13/02/2013 11:42
Hola, yo pedi el libro del edificio y me dijeron que estaba en el notario en un cd, me lo dieron pero falta lo principal, actas, licencias de obra, garantias etc. mi pregunta es, ya que el promotor no me responde nada, donde puedo solicitar lo que falta y si no, es denunciable ?
18/02/2013 15:25
Es obligatorio entregarlos a los propietarios (comunidad) o bien al administrador de fincas que se encargue -con toda la documentación relacionada- por parte de la constructora o promotora. Las actas a las que ud. se refiere deben ser las de constitución de la comunidad de propietarios.
19/02/2013 10:48
Gracias ainase, las actas de constitución de la comunidad si las tengo, lo que no tenemos son licencia de obras, contrato con los de mantenimiento y suministros, garantias, planos etc, todo eso sale en el libro del edificio como que viene en los siguientes folios, pero luego todo en blanco, me han dicho que pida en el banco el seguro decenal, nose si eso servira de algo.
07/03/2013 18:28
Hay administrador de su comunidad? si es así, la constructora o gestora del edificio debió entregarle la documentación. No aclaras si hay administrador o no. Si lo hay, vete a su oficina y dile que mientras no te muestre toda esa documentación no te mueves de allí. Lleva una autorización del presidente o un acta firmada por el pte secretario en la que en el orden del día se acuerde solicitar esa documentacion al admin. y muestrasela. Si no quiere mostrarte la documentación, dile que no pase más cuotas, que vais a cambiar de administrador por no cumplir éste con sus obligaciones ( tendreis que hacer una reunión para acordar esto ) y llevate una autorización de los vecinos y presidente SOLICITANDO la BAJA de sus servicios, y verás como le cambia el semblante... Por cierto; el banco no tiene la obligación de darte la póliza del seguro. El administrador, SÍ.
30/10/2013 14:17
Es mi primer mensaje, no será si será en este foro, es relativo al libro del edificio, pero mi pregunta es ¿a que me obliga a mi como vecino el libro de edificio? ¿Son obligaciones o RECOMENDACIONES los trabajos que dice el constructor que hay que realizar en ese libro? ¿A cargo del vecino en todos los casos?
Muchas gracias
05/11/2013 15:18
Hombre, obligar, lo que se dice obligar, a menos que sea a punta de pistola... a lo que se suele referir, es sobretodo, a la conveniencia de realizar el "mantenimiento" de las instalaciones y renovación de los contratos de mantenimiento de las mismas, pues es algo que se deja de hacer habitualmente y luego surgen los problemas por no haberse hecho el correcto mantenimiento y nadie quiere hacerse cargo.
06/11/2013 13:16
Vamos a ver si me sé explicar: el administrador de mi finca alegando que el libro del edificio lo indica, nos obliga a realizar unos trabajos de peritaje de las baldosas de la fachada ¿eso es legal? Otra cosa es la conveniencia, el sentido común y el civismo, pero ¿obliga? Gracias
06/11/2013 15:01
Hombre, sí es un elemento que está roto, sería conveniente repararlo.
Otra cosa sería que el Ayuntamiento os obligara a la rehabilitación o reparación de la fachada -por ejemplo- pero para eso deberíais tener una notificación oficial del mismo ayuntamiento....
El hecho de "obligaros" suena un poco a coacción.... No será que ese "señor" tiene un "amigo" que hace reparaciones y quiere sacarse una comisión ? Es como si se rompe -qué se yo.. cualquier otro elemento ( una puerta, un buzón... ) y ese "señor" dice que ESTAIS OBLIGADOS a reponerlo....Si es LEGAL obligaros?. pues no.
Pero sí que es conveniente ( si a alguien se le cae una baldosa rota en la cabeza, sí que vais a tener problemas "legales" ) Los administradores proponen y administran, pero en ningun caso "obligan". Si este os "obliga" dile la proxima vez que te diga qué ley obliga ( según el, en el libro del Edificio ) a reparar esas baldosas.. A ver qué se inventa...
07/11/2013 08:58
Primero que nada, muchas gracias. Eso es exactamente lo que he hice, preguntarle qué ley me "obligaba" y he obtenido la callada por respuesta. No se si he actuado bien, de la liquidación trimestral, he descontado la parte proporcional que corresponde a esta "obligacion" y he liquidado el resto. Y si, si me parece que tiene un "amigo" ya que vino a la reunión con un presupuesto.
07/11/2013 09:00
Añadir que si las formas hubiesen sido otras, yo soy el primero que hubiese dicho que si a la reparación, por supuesto, ya que paso por ese edificio varias veces al dia, y encima es que yo no vivo ahi, en esa finca solo tengo la plaza de garaje con trastero. Pues lo dicho muchas gracias me ha servido de mucho
22/01/2015 15:20
pd.
a lo que "obliga" el libro del edificio es a conservar en buen estado la edificacion mediante un adecuado uso y mantenimiento, a usar de forma adecuada el edificio, sus instalaciones y espacios, a llevar a termino el "plan de mantenimiento" del edificio, a las inspecciones reglamentarias establecidas, a conservar la correspondiente documentacion y a documentar todas las intervenciones de reparacion, reforma o rehabilitacion, reflejandolas en el libro. (todo esto, segun la Ley 38/1999 RD 314/2006 ) Esto es algo diferente a la manera como este sr. "expuso" la " obligación" ( peritaje de las baldosas de la fachada"). En el Libro, efectivamente, existe la obligación de conservar las instalaciones adecuadamente, ahora bien... el grado de "buen o mal estado" es discutible.
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08/03/2009 23:25
Es obligación de entregar el (libro del edificio)y(el proyecto de obra) por parte del promotor a los compradores de los pisos o no ???? Gracias
09/03/2009 00:31
Sí.
Un saludo
13/02/2013 11:42
Hola, yo pedi el libro del edificio y me dijeron que estaba en el notario en un cd, me lo dieron pero falta lo principal, actas, licencias de obra, garantias etc. mi pregunta es, ya que el promotor no me responde nada, donde puedo solicitar lo que falta y si no, es denunciable ?
18/02/2013 15:25
Es obligatorio entregarlos a los propietarios (comunidad) o bien al administrador de fincas que se encargue -con toda la documentación relacionada- por parte de la constructora o promotora. Las actas a las que ud. se refiere deben ser las de constitución de la comunidad de propietarios.
19/02/2013 10:48
Gracias ainase, las actas de constitución de la comunidad si las tengo, lo que no tenemos son licencia de obras, contrato con los de mantenimiento y suministros, garantias, planos etc, todo eso sale en el libro del edificio como que viene en los siguientes folios, pero luego todo en blanco, me han dicho que pida en el banco el seguro decenal, nose si eso servira de algo.
07/03/2013 18:28
Hay administrador de su comunidad? si es así, la constructora o gestora del edificio debió entregarle la documentación. No aclaras si hay administrador o no. Si lo hay, vete a su oficina y dile que mientras no te muestre toda esa documentación no te mueves de allí. Lleva una autorización del presidente o un acta firmada por el pte secretario en la que en el orden del día se acuerde solicitar esa documentacion al admin. y muestrasela. Si no quiere mostrarte la documentación, dile que no pase más cuotas, que vais a cambiar de administrador por no cumplir éste con sus obligaciones ( tendreis que hacer una reunión para acordar esto ) y llevate una autorización de los vecinos y presidente SOLICITANDO la BAJA de sus servicios, y verás como le cambia el semblante... Por cierto; el banco no tiene la obligación de darte la póliza del seguro. El administrador, SÍ.
30/10/2013 14:17
Es mi primer mensaje, no será si será en este foro, es relativo al libro del edificio, pero mi pregunta es ¿a que me obliga a mi como vecino el libro de edificio? ¿Son obligaciones o RECOMENDACIONES los trabajos que dice el constructor que hay que realizar en ese libro? ¿A cargo del vecino en todos los casos?
Muchas gracias
05/11/2013 15:18
Hombre, obligar, lo que se dice obligar, a menos que sea a punta de pistola... a lo que se suele referir, es sobretodo, a la conveniencia de realizar el "mantenimiento" de las instalaciones y renovación de los contratos de mantenimiento de las mismas, pues es algo que se deja de hacer habitualmente y luego surgen los problemas por no haberse hecho el correcto mantenimiento y nadie quiere hacerse cargo.
06/11/2013 13:16
Vamos a ver si me sé explicar: el administrador de mi finca alegando que el libro del edificio lo indica, nos obliga a realizar unos trabajos de peritaje de las baldosas de la fachada ¿eso es legal? Otra cosa es la conveniencia, el sentido común y el civismo, pero ¿obliga? Gracias
06/11/2013 15:01
Hombre, sí es un elemento que está roto, sería conveniente repararlo.
Otra cosa sería que el Ayuntamiento os obligara a la rehabilitación o reparación de la fachada -por ejemplo- pero para eso deberíais tener una notificación oficial del mismo ayuntamiento....
El hecho de "obligaros" suena un poco a coacción.... No será que ese "señor" tiene un "amigo" que hace reparaciones y quiere sacarse una comisión ? Es como si se rompe -qué se yo.. cualquier otro elemento ( una puerta, un buzón... ) y ese "señor" dice que ESTAIS OBLIGADOS a reponerlo....Si es LEGAL obligaros?. pues no.
Pero sí que es conveniente ( si a alguien se le cae una baldosa rota en la cabeza, sí que vais a tener problemas "legales" ) Los administradores proponen y administran, pero en ningun caso "obligan". Si este os "obliga" dile la proxima vez que te diga qué ley obliga ( según el, en el libro del Edificio ) a reparar esas baldosas.. A ver qué se inventa...
07/11/2013 08:58
Primero que nada, muchas gracias. Eso es exactamente lo que he hice, preguntarle qué ley me "obligaba" y he obtenido la callada por respuesta. No se si he actuado bien, de la liquidación trimestral, he descontado la parte proporcional que corresponde a esta "obligacion" y he liquidado el resto. Y si, si me parece que tiene un "amigo" ya que vino a la reunión con un presupuesto.
07/11/2013 09:00
Añadir que si las formas hubiesen sido otras, yo soy el primero que hubiese dicho que si a la reparación, por supuesto, ya que paso por ese edificio varias veces al dia, y encima es que yo no vivo ahi, en esa finca solo tengo la plaza de garaje con trastero. Pues lo dicho muchas gracias me ha servido de mucho
22/01/2015 15:20
pd.
a lo que "obliga" el libro del edificio es a conservar en buen estado la edificacion mediante un adecuado uso y mantenimiento, a usar de forma adecuada el edificio, sus instalaciones y espacios, a llevar a termino el "plan de mantenimiento" del edificio, a las inspecciones reglamentarias establecidas, a conservar la correspondiente documentacion y a documentar todas las intervenciones de reparacion, reforma o rehabilitacion, reflejandolas en el libro. (todo esto, segun la Ley 38/1999 RD 314/2006 ) Esto es algo diferente a la manera como este sr. "expuso" la " obligación" ( peritaje de las baldosas de la fachada"). En el Libro, efectivamente, existe la obligación de conservar las instalaciones adecuadamente, ahora bien... el grado de "buen o mal estado" es discutible.