Perfecto y agradecido, Canal. Si no me queda mas remedio y es mas practico por el procedimiento el no pagar que el denunciar, para poder depositar la cuota de la comunidad en el juzgado, ¿ tengo que esperar a que la otra parte me denuncie por impago? o se puede depositar en cualquier momento.El no pagar es la única alternativa que tenemos( somos mas de uno ). Un saludo.
Para que un documento se considere público, debe pasar por un notario, los libros de la comunidad únicamente pasan por el registro, para sellar todas sus hojas y registrar que hay un libro sin contenido. Posteriormente se trascriben las actas, en libro documento privado. Si a un vecino se le pierde o extraviara el libro, no tiene, mas que denunciarlo, y diligenciar otro, en el registro figura esa circunstancia, (extraviado libro 1 diligenciado libro 2 y fecha) Si posteriormente a la fecha del 2º libro, hay anotaciones en el libro 1º, estas no tienen ningún valor.
Tienen los libros de comunidad la condición de documento publico, en que situación jurídica queda una persona que los coje del suelo y se los lleva a su casa