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Licencia primera ocupación.

1 Comentarios
 
Licencia primera ocupación.
30/01/2007 15:09
Resulta que en fecha 22.12.06 compramos un piso de obra nueva, en Villalba (Madrid), del que hasta el día de la fecha no podemos hacer uso. En principio, todo en regla ... escrituramos, nos dan la copia simple de las escrituras y copia de la licencia de primera ocupación, así como unos teóricos contratos de los distintos suministros (agua, luz y gas). Nuestra sorpresa, cuando llamamos a la compañía del agua y nos dicen que no podemos contratar el agua porque es necesario condenar la acometida de obra y ampliar el canal, cuando llamamos a la compañía de electricidad, nos dicen que no podemos tampoco contratarla porque la constructora/promotora no ha contratado los servicios generales para ese edificio. Para colmo, la promotora/constructora que es la encargada de reunir a los nuevos vecinos para constituir la comunidad, de momento pasa del tema, ya que así suponemos que se ahorrarán un dinero por los pisos que aún no han escriturado. Como consecuencia de esto, aunque consiguieramos la luz y el agua individual, no podríamos contratar la luz y el agua comunitaria, por lo que tendríamos que subir a nuestra vivienda (2º piso) sin poder hacer uso del ascensor y por las escaleras a oscuras con el riesgo que ello entrañaría. Tampoco podríamos hacer uso de nuestro parking. Por cierto, no nos dejan hacer uso de la luz y agua de obra.
¿Cómo da un Ayuntamiento una Licencia de primera ocupación en estas circunstancias? ¿Qué requisitos piden para dar esta licencia? ¿Qué podemos hacer?, llevamos poco mas de un mes pagando una hipoteca de un piso que no podemos disfrutar y parece que va para largo. Muchas gracias de antemano.
03/02/2007 12:24
La licencia de primera ocupación constata que la obra está acabada y que se ha ejecutado conforme con la licencia de obras. Es previa a la contratación de los suministros (agua, electricidad, gas, etc.), ya que las respectivas compañias deben pedirla como requisito para contratar.
Licencia primera ocupación. | PorticoLegal
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30/01/2007 15:09
Resulta que en fecha 22.12.06 compramos un piso de obra nueva, en Villalba (Madrid), del que hasta el día de la fecha no podemos hacer uso. En principio, todo en regla ... escrituramos, nos dan la copia simple de las escrituras y copia de la licencia de primera ocupación, así como unos teóricos contratos de los distintos suministros (agua, luz y gas). Nuestra sorpresa, cuando llamamos a la compañía del agua y nos dicen que no podemos contratar el agua porque es necesario condenar la acometida de obra y ampliar el canal, cuando llamamos a la compañía de electricidad, nos dicen que no podemos tampoco contratarla porque la constructora/promotora no ha contratado los servicios generales para ese edificio. Para colmo, la promotora/constructora que es la encargada de reunir a los nuevos vecinos para constituir la comunidad, de momento pasa del tema, ya que así suponemos que se ahorrarán un dinero por los pisos que aún no han escriturado. Como consecuencia de esto, aunque consiguieramos la luz y el agua individual, no podríamos contratar la luz y el agua comunitaria, por lo que tendríamos que subir a nuestra vivienda (2º piso) sin poder hacer uso del ascensor y por las escaleras a oscuras con el riesgo que ello entrañaría. Tampoco podríamos hacer uso de nuestro parking. Por cierto, no nos dejan hacer uso de la luz y agua de obra.
¿Cómo da un Ayuntamiento una Licencia de primera ocupación en estas circunstancias? ¿Qué requisitos piden para dar esta licencia? ¿Qué podemos hacer?, llevamos poco mas de un mes pagando una hipoteca de un piso que no podemos disfrutar y parece que va para largo. Muchas gracias de antemano.
03/02/2007 12:24
La licencia de primera ocupación constata que la obra está acabada y que se ha ejecutado conforme con la licencia de obras. Es previa a la contratación de los suministros (agua, electricidad, gas, etc.), ya que las respectivas compañias deben pedirla como requisito para contratar.