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Limite de edad para entrar en prision

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Limite de edad para entrar en prision
13/05/2012 13:00
Hola, quisiera saber cual es el límite de edad para que una persona ingrese en prisión. Tengo un amigo que está a punto de cumplir 70 años y tiene pendiente una condena de 2 años y medio por un delito económico. Es diabético y no presenta buen aspecto de salud.
13/05/2012 17:08
En España, las fuentes (principio de reserva de ley) son la Constitución española de 1978, el Código Penal, la Ley General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario.

Caso de septuagenarios - 70 años- y de enfermos graves con padecimientos incurables (art. 92 modificado por la LO 15/2003) respecto de la libertad condicional

Que pueden acceder a la libertad condicional sin necesidad de tener cumplido un periodo mínimo de la condena, y tanto si ingresaron en la cárcel siendo ya mayores de 70 años, como si cumplen dicha edad dentro del centro penitenciario. En todo caso, es preciso que estén clasificados en tercer grado, que cuenten con un pronóstico favorable de reinserción social, y que hayan satisfecho o prometan satisfacer las responsabilidades civiles derivadas del delito objeto de la condena. "El mismo criterio se aplicará cuando, según informe médico, se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables" (art. 92.1 CP).
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Limite de edad para entrar en prision
13/05/2012 13:00
Hola, quisiera saber cual es el límite de edad para que una persona ingrese en prisión. Tengo un amigo que está a punto de cumplir 70 años y tiene pendiente una condena de 2 años y medio por un delito económico. Es diabético y no presenta buen aspecto de salud.
13/05/2012 17:08
En España, las fuentes (principio de reserva de ley) son la Constitución española de 1978, el Código Penal, la Ley General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario.

Caso de septuagenarios - 70 años- y de enfermos graves con padecimientos incurables (art. 92 modificado por la LO 15/2003) respecto de la libertad condicional

Que pueden acceder a la libertad condicional sin necesidad de tener cumplido un periodo mínimo de la condena, y tanto si ingresaron en la cárcel siendo ya mayores de 70 años, como si cumplen dicha edad dentro del centro penitenciario. En todo caso, es preciso que estén clasificados en tercer grado, que cuenten con un pronóstico favorable de reinserción social, y que hayan satisfecho o prometan satisfacer las responsabilidades civiles derivadas del delito objeto de la condena. "El mismo criterio se aplicará cuando, según informe médico, se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables" (art. 92.1 CP).
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