Hola. Tengo mi trabajo fijo y, aparte, doy conferencias o cursos. Se me facturan como rendimiento del trabajo. Existe un límite de esos ingresos anuales extras sin que me dé de alta como autónomo? Muchas gracias.
Opino que no: Fuente informa AEAT: 126372-CURSOS, CONFERENCIAS Y COLOQUIOS Pregunta Calificación de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares. Respuesta Como regla general, los rendimientos derivados de impartir cursos conferencias, coloquios, seminarios y similares, se consideran rendimientos del trabajo. No obstante, cuando estas actividades supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, se calificarán como rendimientos de actividades económicas, lo que habrá de determinarse en cada caso concreto. En general, cabe entender que existe cuando el contribuyente intervenga como organizador de los mismos, ofreciéndolos al publico y concertando con los profesores o conferenciantes su intervención o cuando participe en los resultados que se deriven de ellos. Asimismo cabe entender que existen rendimientos de actividades económicas, aunque estas actividades se realicen de manera accesoria u ocasional, si el contribuyente ya venía ejerciendo actividades económicas y se participa en ellos como si fuera un servicio más de los que se presta a través de esa organización. Normativa/Doctrina ......... www.nbconsultores.com info@nbconsultores.com Un saludo