En la empresa en la que trabajo quieren poner limites a las actividades personales de los trabajadores, por ejemplo recoger en el contrato que no pueden hacer paracaidismo o puenting por el riesgo a que sufran un accidente y caigan en IT.
Evidentemente esto no lo pueden hacer, pero me gustaria encontrar alguna normativa o sentencia que hable al respecto.
En el contrato se puede incluir todo lo que las partes deseen, pero unilateralmente (por parte del empresario) no.
Creo que Fernando Alonso, tiene cláusulas que le impide realizar deportes extremos, si bien, se le indemniza por ello (ya que claramente coarta las libertades de uno).
Verdaderamente debemos ser responsables y no buscarnos riesgos,( bastantes tiene la vida sin buscar más) pero los jefes se pasan, yo tuve uno que nos decia... "ojo con lo que comeis, si os poneis malos por tomar grasas, o fumar o haber bebido, teneis los dias contados" Así que aunque tuvieramos vómitos disimulabamos, no se fuera a creer que estabamos empachados de comer o habiamos tomado una cerveza la noche anterior"... Al final cerró la empresa, él tuvo infarto Y nosotros preguntamos si no sería de fumar o comer cosas inadecuadas.