Buenos días, a ver si damos luz a un asunto. Todos sabemos que la economía sumergida es muy elevada entre las empleadas de hogar, y los particulares que contratan a una de estas personas tienen muchos problemas, con seguridad social, aeat,... y sobre todo cuando la trabajadora pide vacaciones, pues se quedan colgados.
Un cliente mio, a montado una empresa que realiza las labores de una empleada de hogar, limpia las casas, plancha, ..., y el propietario únicamente paga una factura a final de mes.
El problema es: 1.- la empresa puede dar de alta a sus trabajadores como empleados de hogar o en régimen general? 2.- Convenio colectivo para este trabajo no hay, pero los sindicatos quieren que a estos trabajadores se les aplique un convenio de Limpieza de Portales, y oficinas (con unos salario inasumibles por la empresa. ¿Cómo se puede evitar que se aplique ese convenio?