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Liquidación cambio contrato obra y servicio por otro

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Liquidación cambio contrato obra y servicio por otro
05/05/2020 14:16
Tengo un contrato de obra y servicio para un proyecto concreto desde el 01/10/18. El caso es que este proyecto se ha cancelado y paso a otro. Mis dudas son sobre la liquidación del contrato actual:
- Días devengados del mes en curso: entiendo que me los meterán en la liquidación y en la próxima nómina cobraré los días que resten de mes.
- Pagas extras devengadas no cobradas de 2018 y 2019: entiendo que lo tienen que meter en la liquidación. Esta diferencia viene de que en esta empresa las pagas extras devengan respecto del año anterior así que los dos primeros años no los cobras "completos".
- Prorrateo pagas extras 2020 devengadas no cobradas: entiendo que también lo tienen que incluir.
- Vacaciones devengadas no disfrutadas: ¿las tienen que pagar sí o sí o puedo disfrutarlas lo que queda de año?
- Indemnización: me han dicho que son 12 días por año trabajado. ¿Aplica en este caso?

Por último me gustaría saber cómo afecta esta situación de encadenar contratos a efectos de antigüedad, conversión a indefinidos, etc.

¡Muchas gracias!
Liquidación cambio contrato obra y servicio por otro | PorticoLegal
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Liquidación cambio contrato obra y servicio por otro
05/05/2020 14:16
Tengo un contrato de obra y servicio para un proyecto concreto desde el 01/10/18. El caso es que este proyecto se ha cancelado y paso a otro. Mis dudas son sobre la liquidación del contrato actual:
- Días devengados del mes en curso: entiendo que me los meterán en la liquidación y en la próxima nómina cobraré los días que resten de mes.
- Pagas extras devengadas no cobradas de 2018 y 2019: entiendo que lo tienen que meter en la liquidación. Esta diferencia viene de que en esta empresa las pagas extras devengan respecto del año anterior así que los dos primeros años no los cobras "completos".
- Prorrateo pagas extras 2020 devengadas no cobradas: entiendo que también lo tienen que incluir.
- Vacaciones devengadas no disfrutadas: ¿las tienen que pagar sí o sí o puedo disfrutarlas lo que queda de año?
- Indemnización: me han dicho que son 12 días por año trabajado. ¿Aplica en este caso?

Por último me gustaría saber cómo afecta esta situación de encadenar contratos a efectos de antigüedad, conversión a indefinidos, etc.

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