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Liquidacion de bienes gananciales

4 Comentarios
 
19/01/2007 20:56
El domicilio familiar se adjudicó a partes iguales.
19/01/2007 20:53
No, preguntaba si en la liquidación de gananciales, la vivienda que fuera domicilio familiar se adjudicó a uno o bien a ambos a partes iguales.

La condena en costas no tiene que ver con la inclusión o no del bien, sino en si se perdió el recurso (supongo que me hablas de las costas de la apelación) o se presentó éste temerariamente. Cosa distinta es que si no cabe duda de que el bien es privativo, la audiencia provincial haya metido la pata en su resolución y por tanto en la imposición de costas.
Si se aprecian motivo suficiente, se puede recurrir al Supremo, pero valora que pueden imponerte las costas si pierdes, y que quizás, sea mejor acudir a un procedimiento declarativo para que se declare que ese bien es privativo y no debe incluirse en la liquidación. Habla con tu abogado.
Un saludo.
19/01/2007 20:47
¿Si ha sido incluido ese bien erróneamente, el juez esta en su derecho de condenar en tasas a la recurrente?

En la sentencia de separación, el juez declaro que el uso y disfrute de la casa seria de la madre y la hija hasta que esta ultima cumpliese los 26 o hasta que percibiese salario.
19/01/2007 20:40
Las sentencias judiciales de los procedimientos de liquidación no tienen efectos de cosa juzgada, así que se puede acudir a un declarativo en cuanto al bien privativo que ha sido incluído erróneamente. En cuanto a que la vivienda se atribuyó a la madre y a la hija y han echado a ésta última tras obtener el uso, supongo que se refiere Vd. a una mayor de edad, con lo cual se puede instar la modificación de medidas solicitando que se temporalice el uso del cónyuge que se ha quedado. En fin, ¿a quién le correspondió la vivienda familiar a ambos o a uno solo de Vds.?
Un saludo.
Liquidacion de bienes gananciales
19/01/2007 20:27
Hola,
Mi caso es el siguiente, después de haber dictado sentencia en primera instancia sobre la liquidación de bienes, en la que se incluía una finca privativa en el activo de los fundamentos de derecho. Esto es que el juez aprobó todo lo expuesto en los fundamentos de derecho (donde se incluía la finca) como parte de la liquidación. Además de la vivienda familiar, la cual fue asignada a la hija y a la madre para vivir, por consiguiente echando a la hija de vivir de la casa. Se recurrió ante la audiencia provincial, la cual desestimo mi recurso de apelación. En el cual fallo alegando que no procedía recurso debido a que no se citaba como parte de la repartición de bienes en el pasivo de la sentencia en 1º instancia, condenando a costas a la parte recurrente. ¿Que he de hacer? Hay pruebas presentadas de todo y aun así hacen caso omiso de ellas.
Liquidacion de bienes gananciales | PorticoLegal
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19/01/2007 20:56
El domicilio familiar se adjudicó a partes iguales.
19/01/2007 20:53
No, preguntaba si en la liquidación de gananciales, la vivienda que fuera domicilio familiar se adjudicó a uno o bien a ambos a partes iguales.

La condena en costas no tiene que ver con la inclusión o no del bien, sino en si se perdió el recurso (supongo que me hablas de las costas de la apelación) o se presentó éste temerariamente. Cosa distinta es que si no cabe duda de que el bien es privativo, la audiencia provincial haya metido la pata en su resolución y por tanto en la imposición de costas.
Si se aprecian motivo suficiente, se puede recurrir al Supremo, pero valora que pueden imponerte las costas si pierdes, y que quizás, sea mejor acudir a un procedimiento declarativo para que se declare que ese bien es privativo y no debe incluirse en la liquidación. Habla con tu abogado.
Un saludo.
19/01/2007 20:47
¿Si ha sido incluido ese bien erróneamente, el juez esta en su derecho de condenar en tasas a la recurrente?

En la sentencia de separación, el juez declaro que el uso y disfrute de la casa seria de la madre y la hija hasta que esta ultima cumpliese los 26 o hasta que percibiese salario.
19/01/2007 20:40
Las sentencias judiciales de los procedimientos de liquidación no tienen efectos de cosa juzgada, así que se puede acudir a un declarativo en cuanto al bien privativo que ha sido incluído erróneamente. En cuanto a que la vivienda se atribuyó a la madre y a la hija y han echado a ésta última tras obtener el uso, supongo que se refiere Vd. a una mayor de edad, con lo cual se puede instar la modificación de medidas solicitando que se temporalice el uso del cónyuge que se ha quedado. En fin, ¿a quién le correspondió la vivienda familiar a ambos o a uno solo de Vds.?
Un saludo.
Liquidacion de bienes gananciales
19/01/2007 20:27
Hola,
Mi caso es el siguiente, después de haber dictado sentencia en primera instancia sobre la liquidación de bienes, en la que se incluía una finca privativa en el activo de los fundamentos de derecho. Esto es que el juez aprobó todo lo expuesto en los fundamentos de derecho (donde se incluía la finca) como parte de la liquidación. Además de la vivienda familiar, la cual fue asignada a la hija y a la madre para vivir, por consiguiente echando a la hija de vivir de la casa. Se recurrió ante la audiencia provincial, la cual desestimo mi recurso de apelación. En el cual fallo alegando que no procedía recurso debido a que no se citaba como parte de la repartición de bienes en el pasivo de la sentencia en 1º instancia, condenando a costas a la parte recurrente. ¿Que he de hacer? Hay pruebas presentadas de todo y aun así hacen caso omiso de ellas.