Después de un divorcio de mutuo acuerdo con liquidación de gananciales se pide y se gana la rescisión por lesión en mas de la cuarta parte de esa liquidación. Hay que hacer una nueva liquidación pero los cónyuges ya hicieron actos de disposición sobre los bienes que por mutuo acuerdo se adjudicaron, la rescisión se pidió porque el marido no incluyo una cantidad de dinero que era ganancial y que la mujer no sabía que tenía. ¿A pesar de la rescisión, no puedo mantener en la liquidación la misma partición pero añadiendo la mitad de la cantidad no incluida, más los intereses legales, ya que él dispuso durante dos años de todo el dinero?. Mandarme un formulario urgentemente