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Liquidación de gananciales

4 Comentarios
 
Liquidación de gananciales
08/05/2019 09:02
hola en la formación del inventario, tienes que incluir el pago de hipoteca sufragado por uno de los cónyuges como deuda de la sociedad a favor del mismo. O por el contrario la deuda de la sociedad a favor de uno de los cónyuges si incluye en la liquidación?. Si no lo has incluido en la formación del inventario puedes especificar la deuda en la vista?.
08/05/2019 09:47
judhit
¿Se ha pagado con dinero privativo o ganancial? Lo habitual es que sea ganancial, en cuyo caso no habría que incluir nada. Si la vivienda es ganancial es todo ganancial, tanto la vivienda como el pago de la misma; si la vivienda es privativa la parte pagada en gananciales será ganancial.
08/05/2019 10:02
paquito xocolatero
gracias. La cuestión es que se adquirió con préstamo hipotecario de forma privativa, posteriormente contrajeron matrimonio y se abonaron cuotas con los gananciales, y tras el divorcio continuo abonando las cuotas solo uno de ellos. No se puede acreditar que dicho inmueble haya constituido vivienda habitual, creo que eso es importante para incluirla como ganancial?.
un saludo
08/05/2019 13:03
judhit
Sí, correcto, si no es vivienda habitual no pasa a ser ganancial, sino que se mantiene como privativa. En este caso se tratará de una deuda del dueño de ese bien privativo hacia la sociedad de gananciales (más que al revés; la sociedad de gananciales será la acreedora, no la deudora, pues la que ha "prestado" el dinero a uno de ellos), y se computará de forma análoga a cuando hay una mejora ganancial de un bien privativo (obras de mejora sobre una casa heredada por uno de los dos, por ejemplo).
09/05/2019 11:01
paquito xocolatero
gracias. No obstante, a tenor de lo dispuesto en el art 1354 se podría entender como ganancial. (los bienes adquiridos mediante precio en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso a la sociedad de gananciales).
En la sentencia de divorcio el juez se refiere a los bienes como gananciales.
Liquidación de gananciales | PorticoLegal
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Liquidación de gananciales
08/05/2019 09:02
hola en la formación del inventario, tienes que incluir el pago de hipoteca sufragado por uno de los cónyuges como deuda de la sociedad a favor del mismo. O por el contrario la deuda de la sociedad a favor de uno de los cónyuges si incluye en la liquidación?. Si no lo has incluido en la formación del inventario puedes especificar la deuda en la vista?.
08/05/2019 09:47
judhit
¿Se ha pagado con dinero privativo o ganancial? Lo habitual es que sea ganancial, en cuyo caso no habría que incluir nada. Si la vivienda es ganancial es todo ganancial, tanto la vivienda como el pago de la misma; si la vivienda es privativa la parte pagada en gananciales será ganancial.
08/05/2019 10:02
paquito xocolatero
gracias. La cuestión es que se adquirió con préstamo hipotecario de forma privativa, posteriormente contrajeron matrimonio y se abonaron cuotas con los gananciales, y tras el divorcio continuo abonando las cuotas solo uno de ellos. No se puede acreditar que dicho inmueble haya constituido vivienda habitual, creo que eso es importante para incluirla como ganancial?.
un saludo
08/05/2019 13:03
judhit
Sí, correcto, si no es vivienda habitual no pasa a ser ganancial, sino que se mantiene como privativa. En este caso se tratará de una deuda del dueño de ese bien privativo hacia la sociedad de gananciales (más que al revés; la sociedad de gananciales será la acreedora, no la deudora, pues la que ha "prestado" el dinero a uno de ellos), y se computará de forma análoga a cuando hay una mejora ganancial de un bien privativo (obras de mejora sobre una casa heredada por uno de los dos, por ejemplo).
09/05/2019 11:01
paquito xocolatero
gracias. No obstante, a tenor de lo dispuesto en el art 1354 se podría entender como ganancial. (los bienes adquiridos mediante precio en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso a la sociedad de gananciales).
En la sentencia de divorcio el juez se refiere a los bienes como gananciales.