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Liquidación de vivienda.

6 Comentarios
 
18/11/2020 19:35
paquito xocolatero
De la vivienda no salen ni con agua caliente. Mi divorcio fue de los clásicos, te marchas de tu casa y lo dejas todo pensando en bien de tus hijos. Hay sentencias donde al entrar una persona ajena a la familia en la vivienda, se podría solicitar la liquidación (no va a ser el caso).
Yo no seo ningún inconveniente en solicitar la liquidación, aunque ponga el convenio a los 40 años del hijo. Tampoco tengo que estar yo necesitado viviendo en la calle para tener mi parte.
El 50 %, da para comprar otra casa perfectamente y te sobra para amueblar. Eso sí, veo a la parte contraria con el victimismo de siempre y poniendo trávas para aguantar toda la vida dentro.
15/10/2020 09:03
Tomasico
Puedes intentar la modificación de sentencia si se da algún motivo, pero no otra cosa, ya que ahora mismo tiene la vivienda atribuida por sentencia hasta que cumpla los 25 años, por lo cual no es cuestión de que pienses que sea o no perjudicial para él, sino que hay una sentencia que hay que cumplir, que le da el derecho de uso, por lo que no puedes (en realidad puedes, pero no te interesa en absoluto) liquidar o vender esa vivienda (la atribución de uso seguiría en vigor por lo que no te darían el precio que realmente tendría sin esa atribución).
Él podría vivir en otro sitio, y la madre también, pero si no se van porque ellos quieran, teniendo ese derecho de uso, no puedes obligarles. Sería cuestión de convencerlos, si es que puedes, pero no tendrías de momento el derecho de tu lado.
13/10/2020 09:27
Trampolino
Gracias por su respuesta. Aún así, la venta de la vivienda, siendo mayor de edad, estudiando o trabajando no le afecta para nada ni pienso que sea perjudicial. Pienso que es justa la liquidación a la mayoría de edad, haga mi hijo lo que haga. Su madre puede perfectamente vivir en otra vivienda con él como hasta ahora y yo por fin poder tener la parte que me corresponde. Gracias.
29/09/2020 20:48
Tomasico
En principio rige el Convenio estipulado en sentencia de divorcio pero (rebus sic stantibus -ante cambio de circunstancias) si su hijo tiene pareja estable, están inscritos como pareja de hecho, tienen dos sueldos y pueden formar vida independiente sería viable una actio comuni dividundo o división de la cosa común (liquidación de la vivienda), atribuyendo a cada cónyuge la mitad del valor de la misma. Respecto a su hijo podría decidir seguir conviviendo con la madre, con usted o establecer domicilio independiente con su pareja. Para nosotros la clave de este asunto, al margen de la buena predisposición de las partes que se presume, sería focalizar los ingresos que genera su hijo y el nivel de vinculación que tiene con su pareja para establecer domicilio propio con 19 años, edad muy prematura a tales fines en las circunstancias socio-económicas en las que actualmente vivimos. En cualquier caso debe primar la situación del hijo que, aún mayor de edad, es la parte más vulnerable en caso de una liquidación del bien que ahora constituye todavía su domicilio.- Mucha salud y suerte.- TOMAS WILSON.
29/09/2020 12:53
Int
Gracias por la respuesta. Mi convenio pone hasta los 25 años. Pero también ponía otras cosas y ya se han modificado, como gastos extraordinarios, régimen de visitas, etc. Se podría solicitar sin perjuicio de nadie la liquidación pues la mitad de la vivienda da para poder comprar otra muy decente y no me sentiría yo, un expropiado. A mi hijo ya mayor de edad, que lo entiende perfectamente, no le faltaría de nada en absoluto ni sufriría ningún cambio en su vida.
26/09/2020 22:03
Según lo que ponga en tu convenio y las circunstancias de tu hijo.
Liquidación de vivienda.
25/09/2020 14:44
Han pasado ya 14 años desde mi divorcio. Mi hijo mayor de edad (19 años), reside en la vivienda con mi ex.
¿Puedo solicitar la liquidación de la vivienda, ya que el 50 % del valor da para la compra de una vivienda digna?.
Liquidación de vivienda. | PorticoLegal
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18/11/2020 19:35
paquito xocolatero
De la vivienda no salen ni con agua caliente. Mi divorcio fue de los clásicos, te marchas de tu casa y lo dejas todo pensando en bien de tus hijos. Hay sentencias donde al entrar una persona ajena a la familia en la vivienda, se podría solicitar la liquidación (no va a ser el caso).
Yo no seo ningún inconveniente en solicitar la liquidación, aunque ponga el convenio a los 40 años del hijo. Tampoco tengo que estar yo necesitado viviendo en la calle para tener mi parte.
El 50 %, da para comprar otra casa perfectamente y te sobra para amueblar. Eso sí, veo a la parte contraria con el victimismo de siempre y poniendo trávas para aguantar toda la vida dentro.
15/10/2020 09:03
Tomasico
Puedes intentar la modificación de sentencia si se da algún motivo, pero no otra cosa, ya que ahora mismo tiene la vivienda atribuida por sentencia hasta que cumpla los 25 años, por lo cual no es cuestión de que pienses que sea o no perjudicial para él, sino que hay una sentencia que hay que cumplir, que le da el derecho de uso, por lo que no puedes (en realidad puedes, pero no te interesa en absoluto) liquidar o vender esa vivienda (la atribución de uso seguiría en vigor por lo que no te darían el precio que realmente tendría sin esa atribución).
Él podría vivir en otro sitio, y la madre también, pero si no se van porque ellos quieran, teniendo ese derecho de uso, no puedes obligarles. Sería cuestión de convencerlos, si es que puedes, pero no tendrías de momento el derecho de tu lado.
13/10/2020 09:27
Trampolino
Gracias por su respuesta. Aún así, la venta de la vivienda, siendo mayor de edad, estudiando o trabajando no le afecta para nada ni pienso que sea perjudicial. Pienso que es justa la liquidación a la mayoría de edad, haga mi hijo lo que haga. Su madre puede perfectamente vivir en otra vivienda con él como hasta ahora y yo por fin poder tener la parte que me corresponde. Gracias.
29/09/2020 20:48
Tomasico
En principio rige el Convenio estipulado en sentencia de divorcio pero (rebus sic stantibus -ante cambio de circunstancias) si su hijo tiene pareja estable, están inscritos como pareja de hecho, tienen dos sueldos y pueden formar vida independiente sería viable una actio comuni dividundo o división de la cosa común (liquidación de la vivienda), atribuyendo a cada cónyuge la mitad del valor de la misma. Respecto a su hijo podría decidir seguir conviviendo con la madre, con usted o establecer domicilio independiente con su pareja. Para nosotros la clave de este asunto, al margen de la buena predisposición de las partes que se presume, sería focalizar los ingresos que genera su hijo y el nivel de vinculación que tiene con su pareja para establecer domicilio propio con 19 años, edad muy prematura a tales fines en las circunstancias socio-económicas en las que actualmente vivimos. En cualquier caso debe primar la situación del hijo que, aún mayor de edad, es la parte más vulnerable en caso de una liquidación del bien que ahora constituye todavía su domicilio.- Mucha salud y suerte.- TOMAS WILSON.
29/09/2020 12:53
Int
Gracias por la respuesta. Mi convenio pone hasta los 25 años. Pero también ponía otras cosas y ya se han modificado, como gastos extraordinarios, régimen de visitas, etc. Se podría solicitar sin perjuicio de nadie la liquidación pues la mitad de la vivienda da para poder comprar otra muy decente y no me sentiría yo, un expropiado. A mi hijo ya mayor de edad, que lo entiende perfectamente, no le faltaría de nada en absoluto ni sufriría ningún cambio en su vida.
26/09/2020 22:03
Según lo que ponga en tu convenio y las circunstancias de tu hijo.
Liquidación de vivienda.
25/09/2020 14:44
Han pasado ya 14 años desde mi divorcio. Mi hijo mayor de edad (19 años), reside en la vivienda con mi ex.
¿Puedo solicitar la liquidación de la vivienda, ya que el 50 % del valor da para la compra de una vivienda digna?.