La A. Primero se descuenta la aportación privativa (el crédito de la sociedad de gananciales), y lo que queda es lo que es a repartir al 50%. La B no tiene pero ni remotamente, ni pies ni cabeza. Es como si te adelanto el dinero para una comida a medias, o para comprar una casa, o lo pongo de bote para un viaje y luego me lo tienes que pagar tú entero lo que puse: lo ha pagado todo el otro, entonces, y no nada.
hola.... Tengo una duda que supongo que para vosotros será muy sencilla....
ejemplo:
en el activo de la sociedad de gananciales hay 30.000 euros. en el pasivo hay un dinero privativo aportado por uno de los conyuges que asciende a 10.000eur.
Como se haría la liquidación ? tengo dos opciones: liquidación A De los 30.000 se entregan 10.000 al conyuge que aportó dinero privativo y el resto se reparte...con lo cual un conyuge se lleva 20.000 y el otro 10.000
liquidación B Primero se reparten los 30.000 (15.000 a cada uno) y al conyuge que aportó 10.000 privativos el otro conyuge le tiene que abonar 10.000; con lo cual el reparto sería de 25.000 un conyuge y el otro se llevaría 5.000
cual sería la liquidación de gananciales correcta....??? no se si me he explicado bien. gracias.