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liquidacion patrimonio pareja de hecho

2 Comentarios
 
11/02/2007 14:59
gracias patricia,
en esta cuestión no hay duda, los recibos de luz , agua , contribucion y el seguro del inmueble están a mi nombre y se cargan en mi cuenta bancaria desde qu se acabó la rehabilitación en el año 97, pero nunca declaré la propiedad porque hasta ahora no estaba registrada (fue lo primero que me mandó hacer mi abogada, claro)

El tema de la demanda ya es algo más complicado pues yo de esto no entiendo gran cosa pero intentaré resumirlo:
se pretendía deshaucio por situación de precario, ya que la convivencia more uxorio no concede titulo de propiedad, etc etc, y yo aportaba el titulo de compraventa y la hipoteca así como los recibos de los que hablamos
el demandado primero alegó inadecuacion de procedimiento por cuestión compleja y como no se admitió, alegó situacion de convivencia que implicó comunidad de bienes desde el principio extensivo al inmueble en litigio que fué rehabilitado y al que aportó tanto su patrimonio como su esfuerzo personal, etc etc,
presentaba una cuenta corriente indistinta a nombre de los dos ( del año 2004!, donde solo se veían movimientos de él??) unas facturas y albaranes, unas fotografías de la cuadra antes y despues de la rehabilitacion y testigos de que había trabajado allí
La sentencia fué que,"....en aquellos supuestos en que la parte demandada invoque la existencia de título legitimador de su posesión, y que la parte invocada presente verosimilitud haciendo cuando menos dudoso el titulo esgrimido por la actora ..., procederá desestimar la acción de deshaucio y remitir a las partes a dirimir sus diferencias el proceso correspondiente, etc (SAP, sección 6ª de 14 junio de 2004)"
que"... se pone de relieve la existencia de conflicto derivado de las aportaciones realizadas por el demandado...,lo que nos lleva a considerar que la cuestión debatida excede del estricto ambito posesorio en que se mueve el juicio de desahucio,para centrarse en la posible existencia de relaciones jurídicas entre las partes que justifiquen la ocupación de la finca por parte del demandado, derivadas de la posible existencia de una inicial voluntad común de poner dinero, bienes o industria para correr en común ciertos riesgos, con el objetivo de restaurar,etc etc"
"...y puesto que lo que se discute es la propiedad en exclusiva o no de la finca misma, procede la desestimacion de la presente demanda sin perjuicio de que las partes puedan dirimir el conflicto en el juicio declarativo correspondiene...en definitiva no se trata de desconocer los derechos que la actora tiene sobre el inmueble sino que la cuestión planteada excededel ambito del presente procedimiento,presentando serias dudas la procedencia del inmediato reintegro posesorio y consiguiente lanzamiento del demandado al no resultar acreditada su condición de precarista,etc"

En cuanto a las facturas y alvaranes la mayoría o no están a su nombre (estaban a nombre de un estudio de construccion, que llevaba un hermano mío), o no consta el proveedor o consta otro domicilio o simplemente puso él mismo!!!!! su nombre encima, por eso digo, que las correctas son cinco y que suman 150 euros ¿tiene esto relevancia en el caso?

Ahora bien, la principal duda que tengo es si aunque yo pudiera demostrar que él tenía motivos sobrados para ayudarme (a fin de cuentas la disfrutó muchos años sin pagar merced ), por el hecho de aportar su trabajo ya se puede constituir una comunida de bienes

perdona, creo que me extendí demasiado
11/02/2007 12:47
Francamente, en Asturias, con algunos jueces y magistrados que tenemos puede pasar cualquier cosa, hasta que la nombren fallera mayor. Yo entiendo que la copropiedad en base a dos facturas de materiales, teniendo en contra las escrituras, y la hipoteca a su nombre, y pudiendo además probar bancariamente que los pagos los hizo Vd. está difícil de conseguir, pero si puede reclamar las cantidades que pagó actualizadas y con intereses.
Yo no me atrevo a indicarle cuál de las opciones es la más correcta (no me fio un pelo de las apelaciones según la sección en la que se sustancien), sin ver la documentación y cómo se plantearon la demanda y la contestación.
¿Quién paga los recibos de luz, agua, contribución, etc.? ¿Declara Vd. la propiedad? Todo eso, son pruebas si constan a su nombre y puede probar que se cargan en su cuenta bancaria, o tiene Vd. los recibos de pago en efectivo.
Mucha suerte.
Liquidacion patrimonio pareja de hecho
11/02/2007 11:30
hola,
Vivo en asturias. Hace algo menos de tres años que me separé de mi expareja Durante la convivencia cada uno disponía de su salario, creo que nunca hubo comunidad de bienes. tampoco tuvimos hijos
Durante este tiempo adquirí a título personal una finca rústica en estado ruinoso,luego solicité un crédito para hacer una primera rehabilitación, también a mi nombre, y unos años despues me concedieron una hipoteca a mi nombre, con la que acabé de rehabilitarla

Mi expareja siempre tuvo una situación laboral precaria por lo que no contribuyó, digamos economicamente pero me ayudó de forma entusiasta desde el primer momento
Desde que nos separamos no he vuelto a poder disfrutar de la finca ya que cambió la cerradura dejando todas mis cosas dentro

Ahora me reclama en un juicio de deshaucio por precario la copropiedad de la cabaña en base a unas facturas de cemento y arenon que estan a su nombre (unos 150 euros) y a su esfuerzo personal
Por el momento el juez de primera estancia no admitió la situación de precario para su deshaucio y me cargó en costas. ¿convendria apelar o simplemente ir al declarativo.

si voy a un juicio declarativo ¿QuÉ posibilidades creen que tiene de conseguir
la copropiedad?

muchas gracias por su ayuda
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2 Comentarios
 
11/02/2007 14:59
gracias patricia,
en esta cuestión no hay duda, los recibos de luz , agua , contribucion y el seguro del inmueble están a mi nombre y se cargan en mi cuenta bancaria desde qu se acabó la rehabilitación en el año 97, pero nunca declaré la propiedad porque hasta ahora no estaba registrada (fue lo primero que me mandó hacer mi abogada, claro)

El tema de la demanda ya es algo más complicado pues yo de esto no entiendo gran cosa pero intentaré resumirlo:
se pretendía deshaucio por situación de precario, ya que la convivencia more uxorio no concede titulo de propiedad, etc etc, y yo aportaba el titulo de compraventa y la hipoteca así como los recibos de los que hablamos
el demandado primero alegó inadecuacion de procedimiento por cuestión compleja y como no se admitió, alegó situacion de convivencia que implicó comunidad de bienes desde el principio extensivo al inmueble en litigio que fué rehabilitado y al que aportó tanto su patrimonio como su esfuerzo personal, etc etc,
presentaba una cuenta corriente indistinta a nombre de los dos ( del año 2004!, donde solo se veían movimientos de él??) unas facturas y albaranes, unas fotografías de la cuadra antes y despues de la rehabilitacion y testigos de que había trabajado allí
La sentencia fué que,"....en aquellos supuestos en que la parte demandada invoque la existencia de título legitimador de su posesión, y que la parte invocada presente verosimilitud haciendo cuando menos dudoso el titulo esgrimido por la actora ..., procederá desestimar la acción de deshaucio y remitir a las partes a dirimir sus diferencias el proceso correspondiente, etc (SAP, sección 6ª de 14 junio de 2004)"
que"... se pone de relieve la existencia de conflicto derivado de las aportaciones realizadas por el demandado...,lo que nos lleva a considerar que la cuestión debatida excede del estricto ambito posesorio en que se mueve el juicio de desahucio,para centrarse en la posible existencia de relaciones jurídicas entre las partes que justifiquen la ocupación de la finca por parte del demandado, derivadas de la posible existencia de una inicial voluntad común de poner dinero, bienes o industria para correr en común ciertos riesgos, con el objetivo de restaurar,etc etc"
"...y puesto que lo que se discute es la propiedad en exclusiva o no de la finca misma, procede la desestimacion de la presente demanda sin perjuicio de que las partes puedan dirimir el conflicto en el juicio declarativo correspondiene...en definitiva no se trata de desconocer los derechos que la actora tiene sobre el inmueble sino que la cuestión planteada excededel ambito del presente procedimiento,presentando serias dudas la procedencia del inmediato reintegro posesorio y consiguiente lanzamiento del demandado al no resultar acreditada su condición de precarista,etc"

En cuanto a las facturas y alvaranes la mayoría o no están a su nombre (estaban a nombre de un estudio de construccion, que llevaba un hermano mío), o no consta el proveedor o consta otro domicilio o simplemente puso él mismo!!!!! su nombre encima, por eso digo, que las correctas son cinco y que suman 150 euros ¿tiene esto relevancia en el caso?

Ahora bien, la principal duda que tengo es si aunque yo pudiera demostrar que él tenía motivos sobrados para ayudarme (a fin de cuentas la disfrutó muchos años sin pagar merced ), por el hecho de aportar su trabajo ya se puede constituir una comunida de bienes

perdona, creo que me extendí demasiado
11/02/2007 12:47
Francamente, en Asturias, con algunos jueces y magistrados que tenemos puede pasar cualquier cosa, hasta que la nombren fallera mayor. Yo entiendo que la copropiedad en base a dos facturas de materiales, teniendo en contra las escrituras, y la hipoteca a su nombre, y pudiendo además probar bancariamente que los pagos los hizo Vd. está difícil de conseguir, pero si puede reclamar las cantidades que pagó actualizadas y con intereses.
Yo no me atrevo a indicarle cuál de las opciones es la más correcta (no me fio un pelo de las apelaciones según la sección en la que se sustancien), sin ver la documentación y cómo se plantearon la demanda y la contestación.
¿Quién paga los recibos de luz, agua, contribución, etc.? ¿Declara Vd. la propiedad? Todo eso, son pruebas si constan a su nombre y puede probar que se cargan en su cuenta bancaria, o tiene Vd. los recibos de pago en efectivo.
Mucha suerte.
Liquidacion patrimonio pareja de hecho
11/02/2007 11:30
hola,
Vivo en asturias. Hace algo menos de tres años que me separé de mi expareja Durante la convivencia cada uno disponía de su salario, creo que nunca hubo comunidad de bienes. tampoco tuvimos hijos
Durante este tiempo adquirí a título personal una finca rústica en estado ruinoso,luego solicité un crédito para hacer una primera rehabilitación, también a mi nombre, y unos años despues me concedieron una hipoteca a mi nombre, con la que acabé de rehabilitarla

Mi expareja siempre tuvo una situación laboral precaria por lo que no contribuyó, digamos economicamente pero me ayudó de forma entusiasta desde el primer momento
Desde que nos separamos no he vuelto a poder disfrutar de la finca ya que cambió la cerradura dejando todas mis cosas dentro

Ahora me reclama en un juicio de deshaucio por precario la copropiedad de la cabaña en base a unas facturas de cemento y arenon que estan a su nombre (unos 150 euros) y a su esfuerzo personal
Por el momento el juez de primera estancia no admitió la situación de precario para su deshaucio y me cargó en costas. ¿convendria apelar o simplemente ir al declarativo.

si voy a un juicio declarativo ¿QuÉ posibilidades creen que tiene de conseguir
la copropiedad?

muchas gracias por su ayuda