Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Liquidar gananciales

9 Comentarios
 
Liquidar gananciales
12/05/2019 18:24
Tengo dudas a este respecto. Si no se hace contencioso quién paga los gastos, el que lo solicita o los dos? Igualmente si es contencioso quería saber. También cuánto suele tardar desde que se solicita en ambos casos.
13/05/2019 12:38
Antoniosanr
Si no es contencioso es de mutuo acuerdo, y entra dentro de ese mutuo acuerdo quién pague estos gastos, es algo que lo pueden decidir libremente. Si no cada uno se pagará los suyos.
El tiempo por desgracia es algo que no se puede nunca prever ni menos asegurar, depende de juzgados, aunque no es largo en caso de mutuo acuerdo (depende de juzgado, que varía muchísimo de unos a otros, pero ¿un mes, dos?), y si es contencioso puede alargarse y alargarse en función de las partes, de la carga del juzgado, de si hay recursos a sentencias y nuevos recursos a los recursos, etc.
13/05/2019 15:31
Antoniosanr
Disuelta la sociedad de gananciales (en virtud de sentencia o decreto judicial o escritura pública, en su caso), bastará con comparecer ante Notario para otorgar escritura de liquidación de sociedad de gananciales.


En este caso debe existir acuerdo entre los cónyuges, ya que en caso contrario solo podrá aprobar la liquidación el Juez competente. En el supuesto de ir al Notario no es preceptiva la intervención de abogado y procurador.


Si no hay acuerdo de los cónyuges sobre la liquidación de gananciales, ésta deberá realizarse mediante un procedimiento más costoso regulado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil: el procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial.


Este procedimiento posee dos fases:


Fase de formación de inventario: Se determinarán los bienes y derechos que integran el activo (inmuebles, terrenos, dinero…), y el pasivo (préstamos y demás deudas de la sociedad de gananciales). En esta fase no se efectúa valoración alguna, simplemente la determinación o inclusión de "partidas" es decir de bienes y derechos que deben ser incluidos en el activo y pasivo.


Cuando se discuta sobre la inclusión o no de alguna de ellas, es decir, si tienen el carácter de ganancial o privativo, o si deben ser incluidas partidas de cantidades actualizadas de bienes privativos gastados en provecho ganancial "se citará a los interesados a una vista" continuándose con arreglo a las reglas del juicio verbal en el que el Juez dictará la sentencia que estime procedente.





Fase de liquidación: Aprobado el inventario, se procederá al pago de las deudas de la sociedad. El remanente constituye el haber de la sociedad de gananciales, que se adjudicará por mitad entre los cónyuges.


Debo apuntar que la fase de liquidación (que es larga y costosa) debe ser instada por alguna de las partes, no se abre de oficio por el Juzgado y a dicha solicitud deberá de acompañarse una propuesta de liquidación aportando un borrador de cuaderno particional, efectuando las adjudicaciones a los cónyuges tanto de bienes, como de indemnizaciones, reintegros o derechos de preferencia a los que tuvieran derecho conforme a las normas del Código civil (1406 y 1407 Código civil).


Es en este momento en el que a la vista de la propuesta de cuaderno particional, ambas partes harán alegaciones y efectuarán las valoraciones que estimen pertinentes sobre los bienes y derechos que integran la sociedad de gananciales, debiendo aportar informes periciales sobre valoraciones, o en su caso esperarse a una fase posterior del procedimiento para nombrar peritos.


En esta fase serán citados los cónyuges a celebrar una comparecencia, y el Juez les invitará a llegar a un acuerdo. Es posible que los informes periciales les ayuden a llegar a dicho acuerdo.

También se citará, en su caso, a los los acreedores que tengan su derecho documentado en un título ejecutivo.



Caso de no alcanzarse un acuerdo, se acordará la designación de un solo contador partidor y un perito por cada una de las clases de bienes que hayan de ser valorados, cuyo coste correrá de cuenta de los litigantes.


Elegidos el contador y los peritos, en su caso, previa aceptación, se entregarán los autos al primero y se pondrán a disposición de éste y de los peritos cuantos objetos, documentos y papeles necesiten para practicar el inventario, cuando éste no hubiere sido hecho, y el avalúo, la liquidación y la división del patrimonio ganancial.



De las operaciones divisorias se dará traslado a las partes, emplazándolas por diez días para que formulen oposición.


Si ninguna de las partes formulara oposición en dicho plazo, el tribunal llamará los autos a la vista y dictará auto aprobando las operaciones divisorias, mandando protocolizarlas.


Cuando en tiempo hábil se hubiere formalizado la oposición a las operaciones divisorias, el tribunal mandará convocar al contador y a las partes a una comparecencia, que se celebrará dentro de los diez días siguientes.


La sentencia que recaiga no tendrá eficacia de cosa juzgada, pudiendo los interesados hacer valer los derechos que crean corresponderles sobre los bienes adjudicados en el juicio ordinario que corresponda (más gastos).


No obstante ello no quiere decir que se suspenda el proceso, pues aún cuando se acuda al declarativo, se seguirá adelante con la adjudicación y entrega e bienes en la forma prevista en la LEC, y se procederá a entregar a cada uno de los interesados lo que en ellas le haya sido adjudicado y los títulos de propiedad, poniéndose previamente en éstos por el actuario notas expresivas de la adjudicación.


En este procedimiento contencioso, es necesaria la intervención de abogado y procurador.


¿Tiempo? Si se dedican a recurrir, unos cinco años
13/05/2019 16:40
DickTurpin
Tengo varias dudas al respecto. . Si dentro de este proceso contencioso de liquidaciòn, la pareja llega a una reconciliaciòn, ¿què pasaria, se pararia todo el proceso? ¿los gastos ocasionados, seria los mismos que si se llega al final del proceso?¿y a cuanto pueden ascender los gastos de liquidacion de un inventario de 1500000 eur aproximadamnete?Pregunto esto porque yo estoy inmerso en un procedimiento de este tipo, y mu mujer no tiene ni la menor idea de los gastos que conlleva , que supongo que son elevados.Mi mujer por mas que el pregunta a su abogada por los gastos,, se le va por los cerros de Ubeda y lo unico que el dice es "no te peocupes por eso, que te quedarà dinero suficente, ademas tienes la pension compensatoria",Me imagino que se lo oculta para que no de "marcha atràs,y cuando le presente la factuira , tendrà que tragar.en el proceso de divorcio, ya le hizo algo parecido.Le diò un presupuesto de 2000 eur aprox. y ya le va pidiendo provisione spor 32000 eur, y eso que todavia no le ha presentado la liquidacion final Vmos que la tal abogada ha encontrado el caso de su vida.A esto hay que añadir que la tal abogada tiene muchisima prosa en liquidar la sociedad de gananciales,dado que existen muchas posibilidades de reconciliacion .Reconciliaciòn a la que la abogada se opone con toda serie de trabas, como por ejemplo evitar por todos los medios que haya contacto entre la pareja, etc.. Estas actitudes de la abogada me llevan a pensar que el "pellizco que se piensa llevar puede ser de òrdago,y por eso pregunto a cuanto pueden ascender los gastos en el peor de lso casos
13/05/2019 21:28
Antoniosanr
1º.- Si llegan a un acuerdo, así lo manifestarán y se dictará resolución en dicho sentido. De hecho, el Juez les conminará a llegar a un acuerdo.


2º.- Las costas y gastos procesales dependerán de la fase en la que se encuentren. Si el contador ha redactado el cuaderno particional, habrán de pagarlo (usualmente se paga antes de redactar el mismo). Lo mismo ocurre con la intervención de algún perito judicial y con los demás profesionales intervinientes en el proceso.


En cuanto a las costas con una base de cálculo de UN MILLÓN Y MEDIO DE EUROS (1.500.000,00 €) (es lo que usted ha escrito, pueden rondar un total de 60.000,00 € más IVA de Letrado, más procurador, más Contador Partidor, más Perito (un pico) -Depende del Colegio Profesional de que se trate-. Si no llegaran a la propuesta de inventario, los honorarios serían la mitad de lo que le he dicho y no tendrían que pagar contador ni perito.
14/05/2019 01:51
DickTurpin
no me ha quedado claro lo del coste total. Los 60000 euroa iva es el coste total o ademàs hay que sumarle procurador , contador, partidor mas peritos mas su iva..
En cuanto a lo de que hay que adelantar el dinero,¿se pude dar el caso de que la abogada no se lo pida a mi ex, , temiendo que de marcha atras en el proceso?, ya que està segura de que dinero hay y que va a cobrar.? Si le dice el coste a mi ex, la dice al momento que pare todo el proceso, y la abogada no està dispuesta a renunciar a la minuta de su vida.. Alguien me podria dar una pista de como hacerle ver a mi ex los costes de este proceso, pero sorteando a la abogada ,que ya se ha encargado de aislarme bajo amenza de acoso, si intento hablar con mi ella para explicarselo.
Otra duda donde Vd. dice "la fase de liquidaciòn debe de ser instada por alguna de las partes", en este caso no caBE DUDA LA VA A INSTAR LA ABOGADA DE MI ES Y A TODA PRISA, ¿sE HACE CARGO DE LOS GASTOS la parte que lal insta? Porque a mi personalmente no me interesa ni inventariar ni liquidar la sociedad de gananciales, por si hay reconciliacion en un futuro. Por ùltimo el montante de gastos se refiere a la sunma de las dos partes?
14/05/2019 02:39
Arcade
Y si al final , no queda mas remedio que hacerlo, , a travès de Notario ,que gastos totales estimados tendria, porque supongo que serà sustancialmente mas barato.Ademas no es preceptivo los servicios de abogado ni procurador. La abogada se va a negar en redondo.Ademàs recuerdo que mi ex le ha dado unos poderes totales y absolutos, , hasta el punto de que creo que puede hacer todo la abogada sin personarse mi mujer para nada. Al inicio de todo el proceso le hizo firmar cantidad de papeles que mi mujer ni entendia, Le ha podido hacer firmar que se compromete a que la lleve el caso hasta la liquidacion , ¿podria ser? y si lo ha hecho serìa legal?.La abogada est`a claro que no obra de buena fe, porque la primera medida que ha tomado es aislarla , y decirla QUE NO HABLE CON NADIE.Varios interlocutores que he tenido , incluida policia, a todos les dice la misma frase "Yo no hablo con nadie, hablar con mi abogada". a mi parecer las actitudes de esta abogada rayan la ilegalidad, pero no se como recoger pruebas y si esto es denunciable..Està claro que la abogada se ah encontrado con el caso de su vida y no està dispuesta a solta la presa bajo ningùn concepto.Todavia recuerdo desde hace 15 meses mis primeras palabras con ella. No la conocia , se me presento en el Juzgado y me dice textualmente "Soy xxxxxx, la abogada de tu mujer, ten claro que XXXXXXX, se divorcia, y no intentes nada" " si quieres os lo llevo yo a los dos y os saldrà mas barato", no se que quiso decir con lo de "se divorcias no intentes nada".Aquì ya me dio a entender que no pensaba soltar la presa de hecho no he podido hablar con mi mujer en 15 meses, hasta me enterado por terceras personas que ha tenido 5 ingresso hospitalarios por problemas coronarios y en dos ocasiones con peligro serio de muerte, con instrucciones de que a su entonces marido, no se le comunique nada.¿esto no incurre en delito?.La obligò a denunciar falsamente por violencia de gènero, cuando siempre la he adorado. Palabras textuales del policia que recogiola denuncia " tu mujer no querìa denunciar ni firmar , fuè la abogada la que le ha "EMPUJADO" a firmar ,recuero hasta la palabra que utilizò el policia.Agente especialista en violencia de gènero, que en el seguimiento protocolario , intentò hacerla recapacitar, pero tal como èl me dijo "su abogada no me gustò nada , la tiene totalmente abducida" me puso el ejemplo de las sectas "ves que te la llevan pero no puedes hacer nada , es mayor de edad". Aparte del tema de la liquidacion ¿puedo ejercer alguna accion contra esta abogada?
14/05/2019 19:00
Arcade
Perdone pero no he podido resistirme a decirle que habla usted de su EX mujer como si fuera una deficiente mental... dice que la abogada le ha hecho firmar... será que ella ha querido firmar por que le conviene.
También parece que es usted quién no suelta la presa, no la abogada, qué al fin y al cabo representa a quien alguien que desea ser representada por ella.
Si su EX mujer quiere gastarse lo que sea en esta abogada está en su derecho.
Por cierto, leí en algún otro post suyo que se quejaba de que no le quedaba apenas dinero después de alquilar y ahora habla de un patrimonio elevadísimo, en que quedamos?
Le aconsejo que deje en paz su EX mujer pues como cualquier persona en este mundo tiene derecho a divorciarse e incluso si quiere a regalar todo lo suyo a quien quiera, que no tiene por que ser a usted.
14/05/2019 23:14
Antoniosanr
como es lògico yo no estaba presente en el momento de la denuncia Falsa. Fuè el propio policia quien me lo dijo. Se vio presionada a firmar. Està claro que no la pusieron una pistola en la cabeza, pero si la abogada la dice que la denuncia es requisito indispensable para tramitar el divorcio ¿què va a hacer ella?, pues firmar. He omitido que ademas de la abogada le acompañaba una prima muy actrivista de los movimientos feministas y batasuneros,Las dos la obligaron, pero tiene Vd. razon el responsable es el que firma.Yo me persone en la misma comisaria para denunciar a la abogada y a la prima feminista por denuncia falsa y el propio policiame dijo que la condenada va a ser mi mujer que esquie a firmado y que dado que la denuncia estaa demostrado que era falsa de libro, le podian caer de 1 a tres años de carcel por lo que desisti, ya que yo a mi ex no la guardo rencor, y la policia me aconsejo que denuncia a la abogada y la feminista por falso testimonio, como asi lo hice y espero que las condenen porque se ha aportado la gravacion de la denuncia, donde se ve claramente como la obligan.en cuanto a las cantidades que le esta "robando" la abogada estoy de acuerdo tambièn que si pag ae sporque quiere, pero no , ya ha tenido varios intentos de cortar con ella, pero de todas todas la convence para que siga adelante..La ultima vez con argumentos como "despuès de haber gastado 32000 euros vas a dar marcha atràs"?.Quiere desvincularse de la abogada , pero no la suelta. Es una autèntica estafadora, por cierto està denunciada como integrsantde de red de denuncias falsas d violencia de gènero.Parece ser que toda mujer que pasa por su despacho para separaciones o divorcios tiene que denunciar previamente., por sistema
14/05/2019 23:59
Antoniosanr
Lo qué está claro es que su EX mujer de quien quiere desvincularse es de usted y que es usted quién no lo acepta. De la misma manera si quisiera desvincularse de la su abogada lo haria. A usted lo que le duele es que influya más en ella la abogada que usted, y es que tanto la abogada como usted se mueven con ella por interés económico. Si ella prefiere estar inducida como dice usted por la abogada y no por usted pues es lo que hay. Como si mañana prefiere enamorarse de quien sea, ,hacerle caso en todo y regalarle todo es su derecho.
Lo que no es normal es que usted la trate como a una deficiente mental, es normal que no quiera saber nada de usted por ello. En la abogada habrá visto a alguien que la trata con respeto y como a un adulto con capacidad y le ha dado su confianza.
Liquidar gananciales | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Liquidar gananciales

9 Comentarios
 
Liquidar gananciales
12/05/2019 18:24
Tengo dudas a este respecto. Si no se hace contencioso quién paga los gastos, el que lo solicita o los dos? Igualmente si es contencioso quería saber. También cuánto suele tardar desde que se solicita en ambos casos.
13/05/2019 12:38
Antoniosanr
Si no es contencioso es de mutuo acuerdo, y entra dentro de ese mutuo acuerdo quién pague estos gastos, es algo que lo pueden decidir libremente. Si no cada uno se pagará los suyos.
El tiempo por desgracia es algo que no se puede nunca prever ni menos asegurar, depende de juzgados, aunque no es largo en caso de mutuo acuerdo (depende de juzgado, que varía muchísimo de unos a otros, pero ¿un mes, dos?), y si es contencioso puede alargarse y alargarse en función de las partes, de la carga del juzgado, de si hay recursos a sentencias y nuevos recursos a los recursos, etc.
13/05/2019 15:31
Antoniosanr
Disuelta la sociedad de gananciales (en virtud de sentencia o decreto judicial o escritura pública, en su caso), bastará con comparecer ante Notario para otorgar escritura de liquidación de sociedad de gananciales.


En este caso debe existir acuerdo entre los cónyuges, ya que en caso contrario solo podrá aprobar la liquidación el Juez competente. En el supuesto de ir al Notario no es preceptiva la intervención de abogado y procurador.


Si no hay acuerdo de los cónyuges sobre la liquidación de gananciales, ésta deberá realizarse mediante un procedimiento más costoso regulado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil: el procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial.


Este procedimiento posee dos fases:


Fase de formación de inventario: Se determinarán los bienes y derechos que integran el activo (inmuebles, terrenos, dinero…), y el pasivo (préstamos y demás deudas de la sociedad de gananciales). En esta fase no se efectúa valoración alguna, simplemente la determinación o inclusión de "partidas" es decir de bienes y derechos que deben ser incluidos en el activo y pasivo.


Cuando se discuta sobre la inclusión o no de alguna de ellas, es decir, si tienen el carácter de ganancial o privativo, o si deben ser incluidas partidas de cantidades actualizadas de bienes privativos gastados en provecho ganancial "se citará a los interesados a una vista" continuándose con arreglo a las reglas del juicio verbal en el que el Juez dictará la sentencia que estime procedente.





Fase de liquidación: Aprobado el inventario, se procederá al pago de las deudas de la sociedad. El remanente constituye el haber de la sociedad de gananciales, que se adjudicará por mitad entre los cónyuges.


Debo apuntar que la fase de liquidación (que es larga y costosa) debe ser instada por alguna de las partes, no se abre de oficio por el Juzgado y a dicha solicitud deberá de acompañarse una propuesta de liquidación aportando un borrador de cuaderno particional, efectuando las adjudicaciones a los cónyuges tanto de bienes, como de indemnizaciones, reintegros o derechos de preferencia a los que tuvieran derecho conforme a las normas del Código civil (1406 y 1407 Código civil).


Es en este momento en el que a la vista de la propuesta de cuaderno particional, ambas partes harán alegaciones y efectuarán las valoraciones que estimen pertinentes sobre los bienes y derechos que integran la sociedad de gananciales, debiendo aportar informes periciales sobre valoraciones, o en su caso esperarse a una fase posterior del procedimiento para nombrar peritos.


En esta fase serán citados los cónyuges a celebrar una comparecencia, y el Juez les invitará a llegar a un acuerdo. Es posible que los informes periciales les ayuden a llegar a dicho acuerdo.

También se citará, en su caso, a los los acreedores que tengan su derecho documentado en un título ejecutivo.



Caso de no alcanzarse un acuerdo, se acordará la designación de un solo contador partidor y un perito por cada una de las clases de bienes que hayan de ser valorados, cuyo coste correrá de cuenta de los litigantes.


Elegidos el contador y los peritos, en su caso, previa aceptación, se entregarán los autos al primero y se pondrán a disposición de éste y de los peritos cuantos objetos, documentos y papeles necesiten para practicar el inventario, cuando éste no hubiere sido hecho, y el avalúo, la liquidación y la división del patrimonio ganancial.



De las operaciones divisorias se dará traslado a las partes, emplazándolas por diez días para que formulen oposición.


Si ninguna de las partes formulara oposición en dicho plazo, el tribunal llamará los autos a la vista y dictará auto aprobando las operaciones divisorias, mandando protocolizarlas.


Cuando en tiempo hábil se hubiere formalizado la oposición a las operaciones divisorias, el tribunal mandará convocar al contador y a las partes a una comparecencia, que se celebrará dentro de los diez días siguientes.


La sentencia que recaiga no tendrá eficacia de cosa juzgada, pudiendo los interesados hacer valer los derechos que crean corresponderles sobre los bienes adjudicados en el juicio ordinario que corresponda (más gastos).


No obstante ello no quiere decir que se suspenda el proceso, pues aún cuando se acuda al declarativo, se seguirá adelante con la adjudicación y entrega e bienes en la forma prevista en la LEC, y se procederá a entregar a cada uno de los interesados lo que en ellas le haya sido adjudicado y los títulos de propiedad, poniéndose previamente en éstos por el actuario notas expresivas de la adjudicación.


En este procedimiento contencioso, es necesaria la intervención de abogado y procurador.


¿Tiempo? Si se dedican a recurrir, unos cinco años
13/05/2019 16:40
DickTurpin
Tengo varias dudas al respecto. . Si dentro de este proceso contencioso de liquidaciòn, la pareja llega a una reconciliaciòn, ¿què pasaria, se pararia todo el proceso? ¿los gastos ocasionados, seria los mismos que si se llega al final del proceso?¿y a cuanto pueden ascender los gastos de liquidacion de un inventario de 1500000 eur aproximadamnete?Pregunto esto porque yo estoy inmerso en un procedimiento de este tipo, y mu mujer no tiene ni la menor idea de los gastos que conlleva , que supongo que son elevados.Mi mujer por mas que el pregunta a su abogada por los gastos,, se le va por los cerros de Ubeda y lo unico que el dice es "no te peocupes por eso, que te quedarà dinero suficente, ademas tienes la pension compensatoria",Me imagino que se lo oculta para que no de "marcha atràs,y cuando le presente la factuira , tendrà que tragar.en el proceso de divorcio, ya le hizo algo parecido.Le diò un presupuesto de 2000 eur aprox. y ya le va pidiendo provisione spor 32000 eur, y eso que todavia no le ha presentado la liquidacion final Vmos que la tal abogada ha encontrado el caso de su vida.A esto hay que añadir que la tal abogada tiene muchisima prosa en liquidar la sociedad de gananciales,dado que existen muchas posibilidades de reconciliacion .Reconciliaciòn a la que la abogada se opone con toda serie de trabas, como por ejemplo evitar por todos los medios que haya contacto entre la pareja, etc.. Estas actitudes de la abogada me llevan a pensar que el "pellizco que se piensa llevar puede ser de òrdago,y por eso pregunto a cuanto pueden ascender los gastos en el peor de lso casos
13/05/2019 21:28
Antoniosanr
1º.- Si llegan a un acuerdo, así lo manifestarán y se dictará resolución en dicho sentido. De hecho, el Juez les conminará a llegar a un acuerdo.


2º.- Las costas y gastos procesales dependerán de la fase en la que se encuentren. Si el contador ha redactado el cuaderno particional, habrán de pagarlo (usualmente se paga antes de redactar el mismo). Lo mismo ocurre con la intervención de algún perito judicial y con los demás profesionales intervinientes en el proceso.


En cuanto a las costas con una base de cálculo de UN MILLÓN Y MEDIO DE EUROS (1.500.000,00 €) (es lo que usted ha escrito, pueden rondar un total de 60.000,00 € más IVA de Letrado, más procurador, más Contador Partidor, más Perito (un pico) -Depende del Colegio Profesional de que se trate-. Si no llegaran a la propuesta de inventario, los honorarios serían la mitad de lo que le he dicho y no tendrían que pagar contador ni perito.
14/05/2019 01:51
DickTurpin
no me ha quedado claro lo del coste total. Los 60000 euroa iva es el coste total o ademàs hay que sumarle procurador , contador, partidor mas peritos mas su iva..
En cuanto a lo de que hay que adelantar el dinero,¿se pude dar el caso de que la abogada no se lo pida a mi ex, , temiendo que de marcha atras en el proceso?, ya que està segura de que dinero hay y que va a cobrar.? Si le dice el coste a mi ex, la dice al momento que pare todo el proceso, y la abogada no està dispuesta a renunciar a la minuta de su vida.. Alguien me podria dar una pista de como hacerle ver a mi ex los costes de este proceso, pero sorteando a la abogada ,que ya se ha encargado de aislarme bajo amenza de acoso, si intento hablar con mi ella para explicarselo.
Otra duda donde Vd. dice "la fase de liquidaciòn debe de ser instada por alguna de las partes", en este caso no caBE DUDA LA VA A INSTAR LA ABOGADA DE MI ES Y A TODA PRISA, ¿sE HACE CARGO DE LOS GASTOS la parte que lal insta? Porque a mi personalmente no me interesa ni inventariar ni liquidar la sociedad de gananciales, por si hay reconciliacion en un futuro. Por ùltimo el montante de gastos se refiere a la sunma de las dos partes?
14/05/2019 02:39
Arcade
Y si al final , no queda mas remedio que hacerlo, , a travès de Notario ,que gastos totales estimados tendria, porque supongo que serà sustancialmente mas barato.Ademas no es preceptivo los servicios de abogado ni procurador. La abogada se va a negar en redondo.Ademàs recuerdo que mi ex le ha dado unos poderes totales y absolutos, , hasta el punto de que creo que puede hacer todo la abogada sin personarse mi mujer para nada. Al inicio de todo el proceso le hizo firmar cantidad de papeles que mi mujer ni entendia, Le ha podido hacer firmar que se compromete a que la lleve el caso hasta la liquidacion , ¿podria ser? y si lo ha hecho serìa legal?.La abogada est`a claro que no obra de buena fe, porque la primera medida que ha tomado es aislarla , y decirla QUE NO HABLE CON NADIE.Varios interlocutores que he tenido , incluida policia, a todos les dice la misma frase "Yo no hablo con nadie, hablar con mi abogada". a mi parecer las actitudes de esta abogada rayan la ilegalidad, pero no se como recoger pruebas y si esto es denunciable..Està claro que la abogada se ah encontrado con el caso de su vida y no està dispuesta a solta la presa bajo ningùn concepto.Todavia recuerdo desde hace 15 meses mis primeras palabras con ella. No la conocia , se me presento en el Juzgado y me dice textualmente "Soy xxxxxx, la abogada de tu mujer, ten claro que XXXXXXX, se divorcia, y no intentes nada" " si quieres os lo llevo yo a los dos y os saldrà mas barato", no se que quiso decir con lo de "se divorcias no intentes nada".Aquì ya me dio a entender que no pensaba soltar la presa de hecho no he podido hablar con mi mujer en 15 meses, hasta me enterado por terceras personas que ha tenido 5 ingresso hospitalarios por problemas coronarios y en dos ocasiones con peligro serio de muerte, con instrucciones de que a su entonces marido, no se le comunique nada.¿esto no incurre en delito?.La obligò a denunciar falsamente por violencia de gènero, cuando siempre la he adorado. Palabras textuales del policia que recogiola denuncia " tu mujer no querìa denunciar ni firmar , fuè la abogada la que le ha "EMPUJADO" a firmar ,recuero hasta la palabra que utilizò el policia.Agente especialista en violencia de gènero, que en el seguimiento protocolario , intentò hacerla recapacitar, pero tal como èl me dijo "su abogada no me gustò nada , la tiene totalmente abducida" me puso el ejemplo de las sectas "ves que te la llevan pero no puedes hacer nada , es mayor de edad". Aparte del tema de la liquidacion ¿puedo ejercer alguna accion contra esta abogada?
14/05/2019 19:00
Arcade
Perdone pero no he podido resistirme a decirle que habla usted de su EX mujer como si fuera una deficiente mental... dice que la abogada le ha hecho firmar... será que ella ha querido firmar por que le conviene.
También parece que es usted quién no suelta la presa, no la abogada, qué al fin y al cabo representa a quien alguien que desea ser representada por ella.
Si su EX mujer quiere gastarse lo que sea en esta abogada está en su derecho.
Por cierto, leí en algún otro post suyo que se quejaba de que no le quedaba apenas dinero después de alquilar y ahora habla de un patrimonio elevadísimo, en que quedamos?
Le aconsejo que deje en paz su EX mujer pues como cualquier persona en este mundo tiene derecho a divorciarse e incluso si quiere a regalar todo lo suyo a quien quiera, que no tiene por que ser a usted.
14/05/2019 23:14
Antoniosanr
como es lògico yo no estaba presente en el momento de la denuncia Falsa. Fuè el propio policia quien me lo dijo. Se vio presionada a firmar. Està claro que no la pusieron una pistola en la cabeza, pero si la abogada la dice que la denuncia es requisito indispensable para tramitar el divorcio ¿què va a hacer ella?, pues firmar. He omitido que ademas de la abogada le acompañaba una prima muy actrivista de los movimientos feministas y batasuneros,Las dos la obligaron, pero tiene Vd. razon el responsable es el que firma.Yo me persone en la misma comisaria para denunciar a la abogada y a la prima feminista por denuncia falsa y el propio policiame dijo que la condenada va a ser mi mujer que esquie a firmado y que dado que la denuncia estaa demostrado que era falsa de libro, le podian caer de 1 a tres años de carcel por lo que desisti, ya que yo a mi ex no la guardo rencor, y la policia me aconsejo que denuncia a la abogada y la feminista por falso testimonio, como asi lo hice y espero que las condenen porque se ha aportado la gravacion de la denuncia, donde se ve claramente como la obligan.en cuanto a las cantidades que le esta "robando" la abogada estoy de acuerdo tambièn que si pag ae sporque quiere, pero no , ya ha tenido varios intentos de cortar con ella, pero de todas todas la convence para que siga adelante..La ultima vez con argumentos como "despuès de haber gastado 32000 euros vas a dar marcha atràs"?.Quiere desvincularse de la abogada , pero no la suelta. Es una autèntica estafadora, por cierto està denunciada como integrsantde de red de denuncias falsas d violencia de gènero.Parece ser que toda mujer que pasa por su despacho para separaciones o divorcios tiene que denunciar previamente., por sistema
14/05/2019 23:59
Antoniosanr
Lo qué está claro es que su EX mujer de quien quiere desvincularse es de usted y que es usted quién no lo acepta. De la misma manera si quisiera desvincularse de la su abogada lo haria. A usted lo que le duele es que influya más en ella la abogada que usted, y es que tanto la abogada como usted se mueven con ella por interés económico. Si ella prefiere estar inducida como dice usted por la abogada y no por usted pues es lo que hay. Como si mañana prefiere enamorarse de quien sea, ,hacerle caso en todo y regalarle todo es su derecho.
Lo que no es normal es que usted la trate como a una deficiente mental, es normal que no quiera saber nada de usted por ello. En la abogada habrá visto a alguien que la trata con respeto y como a un adulto con capacidad y le ha dado su confianza.