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Litigio resp. civil extracontractual

1 Comentarios
 
18/12/2022 13:27
LouisP
Hola. ¿ Dónde tuviste el accidente para saber si se aplica la legislación española o la francesa?.
Si hubiese sido en España, la seguridad social reclamará a la aseguradora todos los gastos médicos que haya ocasionado el accidente.
Por tu parte, podrías reclamar los demás gastos que hayas pagado tú, justificando dichos gastos.
Saludos
Litigio resp. civil extracontractual
12/12/2022 18:14
Buenos días,

Tengo una duda. Al ser extranjero, donde los gastos médicos como víctima de un accidente están cubiertos en un 60 % por la Seguridad social (cotización) y el resto por el seguro privado, es muy común que en Francia intervenga el Seguro social de salud (SS) como tercero con interés en el proceso (para poder reclamar luego los gastos sobrevenidos al responsable del accidente). ¿Esto ocurre en España?

Por ejemplo, ¿se puede dar el caso en que después de haber ido a rehabilitación y haber sido hospitalizado (cubierto por la SS), la misma SS reclame los gastos médicos al responsable como en Francia? Si me los cubre la Seguridad social, ¿tengo derecho a reclamar dichos gastos médicos al demandado o solo si estos derivan de un servicio de atención privado? (fisio, médico privado, rehabilitación, etc.).

Gracias de antemano y perdonen la obviedad de la pregunta.
Atte.
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1 Comentarios
 
18/12/2022 13:27
LouisP
Hola. ¿ Dónde tuviste el accidente para saber si se aplica la legislación española o la francesa?.
Si hubiese sido en España, la seguridad social reclamará a la aseguradora todos los gastos médicos que haya ocasionado el accidente.
Por tu parte, podrías reclamar los demás gastos que hayas pagado tú, justificando dichos gastos.
Saludos
Litigio resp. civil extracontractual
12/12/2022 18:14
Buenos días,

Tengo una duda. Al ser extranjero, donde los gastos médicos como víctima de un accidente están cubiertos en un 60 % por la Seguridad social (cotización) y el resto por el seguro privado, es muy común que en Francia intervenga el Seguro social de salud (SS) como tercero con interés en el proceso (para poder reclamar luego los gastos sobrevenidos al responsable del accidente). ¿Esto ocurre en España?

Por ejemplo, ¿se puede dar el caso en que después de haber ido a rehabilitación y haber sido hospitalizado (cubierto por la SS), la misma SS reclame los gastos médicos al responsable como en Francia? Si me los cubre la Seguridad social, ¿tengo derecho a reclamar dichos gastos médicos al demandado o solo si estos derivan de un servicio de atención privado? (fisio, médico privado, rehabilitación, etc.).

Gracias de antemano y perdonen la obviedad de la pregunta.
Atte.