Nos demandan por un tema de servidumbre, contestamos y reconvenimos incluyendo al actor y a los propietarios de la finca (nosotros somos los arrendatarios)
La finca se vende. Queremos que el nuevo titular sea llamado al proceso y, por ende, también reconvenido.
Aún no han contestado a la reconvención las otras partes (2 antiguos titulares y el actor)
¿Podría plantearlo antes de la Audiencia Previa? ¿Cómo? Fundamento...
Estaríamos en sede del art. 407 LEC, pero no acabo de ver cómo podría proponerse...