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¿Llamadas en frio a negocios legal?

3 Comentarios
 
¿llamadas en frio a negocios legal?
16/10/2020 19:24
Hola, tengo una duda.

Puedo llamar un negocio para ofrecer mi servicio de forma legal en España o me pueden denunciar?

Gracias!
16/10/2020 22:32
Desde 2017 no está permitido en base a la ley 18/2017 de comercio servicios y ferias.

Artículo 28.1 No se pueden ofrecer ni vender productos o servicios a través de llamadas o mensajes telefónicos, tanto fijos como móviles y con independencia del lugar desde donde se realiza la llamada, o mediante visitas a domicilio que no hayan sido aceptados por los destinatarios. La persona o entidad responsable de la comunicación publicitaria o el vendedor o proveedor del producto o servicio están obligados a acreditar dicha aceptación.
16/10/2020 23:33
Johnwick
Gracias por tu repuesta!

En el BOE 18/2017 dice
Departamento: Comunidad Autónoma de Cataluña

Aplica tambien para el resto de España?
17/10/2020 10:55
No he encontrado aplicación general para el territorio nacional, aunque si puede sentar base legal para una reclamación.

Ahora en la práctica también digo que por recibir una llamada telefónica nadie se va a meter en un proceso judicial, otra cosa es que llame repetidas veces a los mismos comercios.
¿Llamadas en frio a negocios legal? | PorticoLegal
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¿Llamadas en frio a negocios legal?

3 Comentarios
 
¿llamadas en frio a negocios legal?
16/10/2020 19:24
Hola, tengo una duda.

Puedo llamar un negocio para ofrecer mi servicio de forma legal en España o me pueden denunciar?

Gracias!
16/10/2020 22:32
Desde 2017 no está permitido en base a la ley 18/2017 de comercio servicios y ferias.

Artículo 28.1 No se pueden ofrecer ni vender productos o servicios a través de llamadas o mensajes telefónicos, tanto fijos como móviles y con independencia del lugar desde donde se realiza la llamada, o mediante visitas a domicilio que no hayan sido aceptados por los destinatarios. La persona o entidad responsable de la comunicación publicitaria o el vendedor o proveedor del producto o servicio están obligados a acreditar dicha aceptación.
16/10/2020 23:33
Johnwick
Gracias por tu repuesta!

En el BOE 18/2017 dice
Departamento: Comunidad Autónoma de Cataluña

Aplica tambien para el resto de España?
17/10/2020 10:55
No he encontrado aplicación general para el territorio nacional, aunque si puede sentar base legal para una reclamación.

Ahora en la práctica también digo que por recibir una llamada telefónica nadie se va a meter en un proceso judicial, otra cosa es que llame repetidas veces a los mismos comercios.