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llaves portal

7 Comentarios
 
Llaves portal
30/12/2010 00:17
mi pregunta es la siguiente, soy presidente de una comunidad q tiene un local q es un bar y dentro de la comunidad se encuentra el contador del gas agua y luz. el local no necesita del portal para acceder a el. Es obligatario q el propietario del local tenga llave del portal y en consecuencia el inquilino del bar tenga llave del portal? Por ley tiene derecho a tener la llave del portal??
Buenos dias:
El local forma parte de una comunidad y estará pagando sus cuotas como todos los demas vecinos, tiene derecho a tener llaves del portal si lo necesita para acceder a los contadores. Si ustedes consideran que tiene obligación de contribuir a los gastos de la comunidad ¿porque no tiene derecho a acceder a los contadores?
Felices fiestas

En Optimizo nuestro trabajo es tu descanso
www.optimizo.es
administracion@optimizo.es
914254481/626764724
30/12/2010 10:10
administrador: chusan en ningun momento dice que el local contribuye a los gastos de mantenimiento de portal (limpieza, luz), si se rompe alguna cerradura, ¿contribuye?.
Si no es así y sólo ga laartee seguro y la administración, no tiene porque tener llave, nle una llave y digalé que en los próximos presupuestos, contribuirá al pago de esos gastos.
Ya verá como no quiere la llave
30/12/2010 11:36
Jalisco, al igual que no dice que contribuya, tampoco dice que tal vez los estatutos le eximen de esa contribución por ser un local con acceso directo a calle. Son cosas que chusan tendrá que aclarar. Lo que está claro, es que en principio como dice Administrador de fincas, al pertenecer a la comunidad tiene derecho a tener llave.
30/12/2010 12:58
participa en gastos pero en los minimos ya q no pisa por el portal por lo tanto solo los de administracion, y alguno mas q no sobria decirte, pero el pago q hace es minimo ademas la llave se la tendria q entregar el propietario del local al inquilino no yo como presidente no?
30/12/2010 13:11
Lo correcto es que se la entregue el propietario. Si el propietario no tiene, se la puede pedir a Ud, pagándola, y que él se la entregue al inquilino.
30/12/2010 15:51
Conribuya o no a los gastos del portal resulta indiferente. Ese inquilino ha de tener acceso a sus contadores por razones de seguridad.
En función del Art. 3 LPH no se le puede negar disfrutar libremente de su derecho.
La llave debe entregarsela al propietario no al inquilino.
En cuanto a las aportaciones que haga serán las establecidas en división horizontal o estatutos, si no estan de acuerdo con la distribucion tendrian que someterlo a votación y que haya unanimidad cosa dificil porque el dueño del local se negará, otra opción mas complicada es acudir a los tribunales.
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Buenos dias:
El local forma parte de una comunidad y estará pagando sus cuotas como todos los demas vecinos, tiene derecho a tener llaves del portal si lo necesita para acceder a los contadores. Si ustedes consideran que tiene obligación de contribuir a los gastos de la comunidad ¿porque no tiene derecho a acceder a los contadores?
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Si no es así y sólo ga laartee seguro y la administración, no tiene porque tener llave, nle una llave y digalé que en los próximos presupuestos, contribuirá al pago de esos gastos.
Ya verá como no quiere la llave
30/12/2010 11:36
Jalisco, al igual que no dice que contribuya, tampoco dice que tal vez los estatutos le eximen de esa contribución por ser un local con acceso directo a calle. Son cosas que chusan tendrá que aclarar. Lo que está claro, es que en principio como dice Administrador de fincas, al pertenecer a la comunidad tiene derecho a tener llave.
30/12/2010 12:58
participa en gastos pero en los minimos ya q no pisa por el portal por lo tanto solo los de administracion, y alguno mas q no sobria decirte, pero el pago q hace es minimo ademas la llave se la tendria q entregar el propietario del local al inquilino no yo como presidente no?
30/12/2010 13:11
Lo correcto es que se la entregue el propietario. Si el propietario no tiene, se la puede pedir a Ud, pagándola, y que él se la entregue al inquilino.
30/12/2010 15:51
Conribuya o no a los gastos del portal resulta indiferente. Ese inquilino ha de tener acceso a sus contadores por razones de seguridad.
En función del Art. 3 LPH no se le puede negar disfrutar libremente de su derecho.
La llave debe entregarsela al propietario no al inquilino.
En cuanto a las aportaciones que haga serán las establecidas en división horizontal o estatutos, si no estan de acuerdo con la distribucion tendrian que someterlo a votación y que haya unanimidad cosa dificil porque el dueño del local se negará, otra opción mas complicada es acudir a los tribunales.
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