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Local comercial con distintos propietarios

3 Comentarios
 
Local comercial con distintos propietarios
24/07/2014 09:59
En un local comercial en el que existen tres propietarios distintos, uno de ellos que ostenta más del 50 % de titularidad sobre dicho local, sería válido pactar solamente con él una prórroga del contrato por 3 meses? O por el contrario dicho acuerdo debería reunir el beneplácito y conformidad expresa del resto de copropietarios? Todo ello teniendo en cuenta que en el contrato de alquiler no se específica nada sobre este asunto.
Muchas gracias!
Mira en esta misma web lo que se debatió en el 2008:

http://www.porticolegal.com/foro/arrendamientos/423756/puedo alquilar un piso en coopropiedad al 50 sin consentimiento de la otra parte
28/07/2014 09:09
Gracias, veo que la cuestión no es pacífica si bien tengo mi punto de vista personal:

1. Al ser un local titularidad de distintos propietarios, entiendo que se da una COMUNIDAD DE BIENES. Todo ello conforme estipula el artículo 392 del Código Civil.
2.Que estando al artículo 398 del Código Civil, quien tiene el mayor porcentaje de titularidad del local, es a la persona a la que se le pueden hacer esas comunicaciones, sin que requiera que se comunique al resto de partícipes del local en cuestión.

Artículo 398
Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes.
No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad.
Si no resultare mayoría, o el acuerdo de ésta fuere gravemente perjudicial a los interesados en la cosa común, el Juez proveerá, a instancia de parte, lo que corresponda, incluso nombrar un Administrador.
(...)

Todo ello salvo mejor criterio fundado.
28/07/2014 09:17
Si se puede.
Local comercial con distintos propietarios | PorticoLegal
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Local comercial con distintos propietarios
24/07/2014 09:59
En un local comercial en el que existen tres propietarios distintos, uno de ellos que ostenta más del 50 % de titularidad sobre dicho local, sería válido pactar solamente con él una prórroga del contrato por 3 meses? O por el contrario dicho acuerdo debería reunir el beneplácito y conformidad expresa del resto de copropietarios? Todo ello teniendo en cuenta que en el contrato de alquiler no se específica nada sobre este asunto.
Muchas gracias!
Mira en esta misma web lo que se debatió en el 2008:

http://www.porticolegal.com/foro/arrendamientos/423756/puedo alquilar un piso en coopropiedad al 50 sin consentimiento de la otra parte
28/07/2014 09:09
Gracias, veo que la cuestión no es pacífica si bien tengo mi punto de vista personal:

1. Al ser un local titularidad de distintos propietarios, entiendo que se da una COMUNIDAD DE BIENES. Todo ello conforme estipula el artículo 392 del Código Civil.
2.Que estando al artículo 398 del Código Civil, quien tiene el mayor porcentaje de titularidad del local, es a la persona a la que se le pueden hacer esas comunicaciones, sin que requiera que se comunique al resto de partícipes del local en cuestión.

Artículo 398
Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes.
No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad.
Si no resultare mayoría, o el acuerdo de ésta fuere gravemente perjudicial a los interesados en la cosa común, el Juez proveerá, a instancia de parte, lo que corresponda, incluso nombrar un Administrador.
(...)

Todo ello salvo mejor criterio fundado.
28/07/2014 09:17
Si se puede.