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locales morosos

1 Comentarios
 
Locales morosos
07/10/2003 22:46
Recientemente cogi la presidencia de la comunidad, en mi bloque hay dos locales con entrada independiente a la de los pisos, en uno de ellos se desarrolla una actividad profesional, el otro permanece en obra desde la construccion del bloque, y fue retenido a la constructora al incumplir ésta la construccion de una piscina comunitaria, dicho local se puso a nombre de dos representantes de la intercomunidad, y creo que todos los propietarios de dicha intercomunidad (unos cientos) tienen una participacion de los mismos, ¿ puedo reclamar el pago de las cuotas de la comunidad a los locales, que nunca pagaron?, ¿quiene debe abonar las cuotas de la comunidad, el inquilino o el propietario del local? ¿deben participar y abonar los gastos extraordinarios de trabajos de mantenimiento del bloque?
08/10/2003 11:13
Para saber la cuota que les corresponde hay que mirar el titulo constitutivo, que es donde figura, y en arreglo a esa cuota pagar arreglos mensualidades etc.
Las cuotas debe abonarlas el propietario del inmueble y no el inquilino.
locales morosos | PorticoLegal
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Locales morosos
07/10/2003 22:46
Recientemente cogi la presidencia de la comunidad, en mi bloque hay dos locales con entrada independiente a la de los pisos, en uno de ellos se desarrolla una actividad profesional, el otro permanece en obra desde la construccion del bloque, y fue retenido a la constructora al incumplir ésta la construccion de una piscina comunitaria, dicho local se puso a nombre de dos representantes de la intercomunidad, y creo que todos los propietarios de dicha intercomunidad (unos cientos) tienen una participacion de los mismos, ¿ puedo reclamar el pago de las cuotas de la comunidad a los locales, que nunca pagaron?, ¿quiene debe abonar las cuotas de la comunidad, el inquilino o el propietario del local? ¿deben participar y abonar los gastos extraordinarios de trabajos de mantenimiento del bloque?
08/10/2003 11:13
Para saber la cuota que les corresponde hay que mirar el titulo constitutivo, que es donde figura, y en arreglo a esa cuota pagar arreglos mensualidades etc.
Las cuotas debe abonarlas el propietario del inmueble y no el inquilino.