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locales registrados como comerciales que no lo son

4 Comentarios
 
13/02/2007 16:37
para jade: por favor si consejogratis te pide opinión sobre el tema yo te estaria muy agradecida que la expresaras con la mayor claridad posible. gracias de antemano
13/02/2007 15:43
Como muy bien dice Ignacio, denuncia diaria en el ayuntamiento, por escrito y pidiendo responsabilidad al Ayuntamiento. (dpto. Sanidad).
Levante acta notarial, de como es la situación.
Y creo que un buen abogado podría demandar a los propietarios de los locales.
Jade: ¿prosperaría esta demanda, por el artículo 7 de la LPH?
Artículo 7.2 de la LPH,"Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los Estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra Él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este Artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario. (Nueva redacción según L. 1/2000)

Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la afectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local de negocio por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento."
13/02/2007 12:37
Insistiría en el Ayuntamiento, creo que se están haciendo los "locos".

Siguiendo la teoría municipal, supongo que no cobraran licencias de apertura a los locales, ni contribución a los pisos, ya que lo vuestro más que una calle privada parece un país independiente.

En mi ciudad la Policia local ya hubiera intervenido, y luego urbanismo y sanidad...Y todo ello por muy privada que sea la calle, que además será de uso público.

Lo del asfalto ya es más dificil de solucionar, salvo que cerreis la calle, cosa que el Ayuntamiento no permitirá.
13/02/2007 11:42
Esta situación dura 30 años y los anteriores presidentes "pasaban" del tema. ahora queremos vivir en pisos y barrio "decentes" y luchamos por solucionar los temas pendientes y atrasados que son muchos pero tropezamos con muros de piedra incluidos 2 abogados que nos cobraron 120 euros cada uno, "en prevision de fondos" enviaros 2 burofax, cada uno a propietario e inquilinos delos locales y luego contestan "que no se puede hacer mas".Estamos un poquito deseperados ya ante la impotencia que sentimos. darnos ideas por favor.
Locales registrados como comerciales que no lo son
13/02/2007 11:36
para consejogratis,jade y demas foreros: tenemos en los bajos unos 550 mts. de locales en su dia registrados como 2 locales "comerciales" . hace años de hizo una subdivisión y pasaron a ser 4 locales. Para tal división y las siguientes que pudieran venir no tienen que pedir permiso a la comunidad ya que asi consta en la nota simple del registro y en los estatutos.Ahora los dos locales más pequeños estan alquilados como almacen de muebles y a un señor que tiene una tienda de pianos el otro.La realidad de esos locales es que son un basurero de maderas y productos inflamables con cables sueltos por el suelo, bombillas"peladas" en el techo que por cierto tiene al aire las bovedillas y el resto de los locales son un nido de ratas y porqueria, con las persianas rotas, entran vagabundos ,cocinan duermen hacen sus necesidades"que pena que una rata no les muerda en sus ....." y no sabemos que hacer. Hoy estuve en el registro y me contestan que ellos no pueden hacer nada ya que todo es legal por su parte y yo pregunto: Donde nos pueden ayudar? que podemos hacer para conseguir que se arreglen las puertas? que se limpien los locales? que se aislen definitivamente? que los camiones que entran y salen "es calle privada" y nos dejan el asfalto hecho un volcán de agujeros dejen de hacerlo o lo paguen ellos? se admiten sugerencias e ideas, ya fuimos a sanidad la respuesta" en calle privada no pueden entrar" en medio ambiente, respuesta" en calle privada no pueden entrar, ayuntamiento igual,la solución que nos dan es que si hubiera"fuego" o una rata "mordiera a alguien" podrian actuar pero mientras no haya delito no pueden hacer nada. Alguien nos puede ayudar? gracias.
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para jade: por favor si consejogratis te pide opinión sobre el tema yo te estaria muy agradecida que la expresaras con la mayor claridad posible. gracias de antemano
13/02/2007 15:43
Como muy bien dice Ignacio, denuncia diaria en el ayuntamiento, por escrito y pidiendo responsabilidad al Ayuntamiento. (dpto. Sanidad).
Levante acta notarial, de como es la situación.
Y creo que un buen abogado podría demandar a los propietarios de los locales.
Jade: ¿prosperaría esta demanda, por el artículo 7 de la LPH?
Artículo 7.2 de la LPH,"Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los Estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra Él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este Artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario. (Nueva redacción según L. 1/2000)

Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la afectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local de negocio por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento."
13/02/2007 12:37
Insistiría en el Ayuntamiento, creo que se están haciendo los "locos".

Siguiendo la teoría municipal, supongo que no cobraran licencias de apertura a los locales, ni contribución a los pisos, ya que lo vuestro más que una calle privada parece un país independiente.

En mi ciudad la Policia local ya hubiera intervenido, y luego urbanismo y sanidad...Y todo ello por muy privada que sea la calle, que además será de uso público.

Lo del asfalto ya es más dificil de solucionar, salvo que cerreis la calle, cosa que el Ayuntamiento no permitirá.
13/02/2007 11:42
Esta situación dura 30 años y los anteriores presidentes "pasaban" del tema. ahora queremos vivir en pisos y barrio "decentes" y luchamos por solucionar los temas pendientes y atrasados que son muchos pero tropezamos con muros de piedra incluidos 2 abogados que nos cobraron 120 euros cada uno, "en prevision de fondos" enviaros 2 burofax, cada uno a propietario e inquilinos delos locales y luego contestan "que no se puede hacer mas".Estamos un poquito deseperados ya ante la impotencia que sentimos. darnos ideas por favor.
Locales registrados como comerciales que no lo son
13/02/2007 11:36
para consejogratis,jade y demas foreros: tenemos en los bajos unos 550 mts. de locales en su dia registrados como 2 locales "comerciales" . hace años de hizo una subdivisión y pasaron a ser 4 locales. Para tal división y las siguientes que pudieran venir no tienen que pedir permiso a la comunidad ya que asi consta en la nota simple del registro y en los estatutos.Ahora los dos locales más pequeños estan alquilados como almacen de muebles y a un señor que tiene una tienda de pianos el otro.La realidad de esos locales es que son un basurero de maderas y productos inflamables con cables sueltos por el suelo, bombillas"peladas" en el techo que por cierto tiene al aire las bovedillas y el resto de los locales son un nido de ratas y porqueria, con las persianas rotas, entran vagabundos ,cocinan duermen hacen sus necesidades"que pena que una rata no les muerda en sus ....." y no sabemos que hacer. Hoy estuve en el registro y me contestan que ellos no pueden hacer nada ya que todo es legal por su parte y yo pregunto: Donde nos pueden ayudar? que podemos hacer para conseguir que se arreglen las puertas? que se limpien los locales? que se aislen definitivamente? que los camiones que entran y salen "es calle privada" y nos dejan el asfalto hecho un volcán de agujeros dejen de hacerlo o lo paguen ellos? se admiten sugerencias e ideas, ya fuimos a sanidad la respuesta" en calle privada no pueden entrar" en medio ambiente, respuesta" en calle privada no pueden entrar, ayuntamiento igual,la solución que nos dan es que si hubiera"fuego" o una rata "mordiera a alguien" podrian actuar pero mientras no haya delito no pueden hacer nada. Alguien nos puede ayudar? gracias.