respecto lo que cuestionas en el post, te informo que sólo puedes tener el derecho de exclusiva sobre una marca y en un territorio si la registras para ese ámbito geográfico, esta es la regla general. Aunque existen casos en los que un marca goza de los derechos de protección sin haber estado registrada siempre que se trate de una marca notoria o renombrada.
De todos modos nadie puede registrar una marca de mala fe, en su caso conviene oponerse a la solicitud de la marca y acudir vía contencioso administrativa a los tribunales para que resuelvan.
Desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados en cualquiera de estos dos teléfonos: tel 93 393 93 80
No dejes de consultar www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para asuntos relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
La duda es la siguiente: Si alguien ha estado utilizando un logotipo sin registrarlo ( logotipo que ya existía pero que no estaba registrado y se ha vuelto a diseñar ya que el original se perdio en los 80s) se lo copian y lo registran a su nombre es denunciable?? o el que primero lo registra se lo queda.