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Los hombres con dos o más hijos también deben cobrar el complemento a la pensión de invalidez

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Los hombres con dos o más hijos también deben cobrar el complemento a la pensión de invalidez
15/12/2019 00:13
Hasta ahora se concedía solo a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez. Los jueces europeos remarcan que así, la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que el complemento de pensión que se concede en España a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez que tengan dos o más hijos debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica.
La Justicia europea ha respondido así a un juzgado de Girona que elevó una pregunta al tribunal de Luxemburgo sobre un asunto que enfrenta a un trabajador y al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). A este trabajador se le concedió una pensión de incapacidad permanente por un importe de 1.603,43 euros y pidió al INSS que se le reconociera el derecho a percibir un complemento del 5% por ser padre de dos hijas. La Seguridad Social, sin embargo, rechazó la solicitud aduciendo que el complemento es en concepto de maternidad y se concede exclusivamente a las mujeres.
En su sentencia, el TUE declara que la directiva sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres se opone a la normativa española, puesto que establece que "los hombres que se encuentren en una situación idéntica a la de las mujeres que perciben el complemento de pensión controvertido no tienen derecho a él".
La Justicia europea ve ilegal que España excluya del cálculo de la jubilación anticipada la pensión adquirida en otro país comunitario.
Los jueces europeos remarcan que la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres
Los jueces europeos remarcan que la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados", algo que "constituye una discriminación directa por razón de sexo".
El TUE argumenta después que, "dado que la aportación de los hombres a la demografía es tan necesaria como la de las mujeres, la aportación demográfica a la Seguridad Social no puede justificar por sí sola que los hombres y las mujeres no se encuentren en una situación comparable en lo que respecta a la concesión del complemento".
Las autoridades españolas argumentaron que el complemento fue concebido como una medida destinada a reducir la brecha de género entre pensiones de hombres y mujeres cuyas carrreras profesionales se vieron acortadas o interrumpidas por haber tenido hijos.
Sobre esta cuestión, el tribunal de Luxemburgo señala que la existencia de datos estadísticos que muestren "diferencias estructurales" entre las pensiones de las mujeres y los hombres "no es suficiente para llegar a la conclusión de que las mujeres y los hombres no se encuentran en una situación comparable en su condición de progenitores en relación con el complemento".
17/12/2019 10:48
Sebas1975
Ahora faltará ver si tiene que salir algo más para que empiece a aplicarse de oficio, o si se lo van a pasar por el f........... o si habrá que solicitalo expresamente. La noticia dice que "le han dado una colleja" a España por este trato discriminatorio, pero no dice que se vaya a obligar a pagarlo. Supongo que tendrán que salir más noticias al respecto. Habrá que estar atentos.
Los hombres con dos o más hijos también deben cobrar el complemento a la pensión de invalidez | PorticoLegal
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Los hombres con dos o más hijos también deben cobrar el complemento a la pensión de invalidez
15/12/2019 00:13
Hasta ahora se concedía solo a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez. Los jueces europeos remarcan que así, la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que el complemento de pensión que se concede en España a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez que tengan dos o más hijos debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica.
La Justicia europea ha respondido así a un juzgado de Girona que elevó una pregunta al tribunal de Luxemburgo sobre un asunto que enfrenta a un trabajador y al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). A este trabajador se le concedió una pensión de incapacidad permanente por un importe de 1.603,43 euros y pidió al INSS que se le reconociera el derecho a percibir un complemento del 5% por ser padre de dos hijas. La Seguridad Social, sin embargo, rechazó la solicitud aduciendo que el complemento es en concepto de maternidad y se concede exclusivamente a las mujeres.
En su sentencia, el TUE declara que la directiva sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres se opone a la normativa española, puesto que establece que "los hombres que se encuentren en una situación idéntica a la de las mujeres que perciben el complemento de pensión controvertido no tienen derecho a él".
La Justicia europea ve ilegal que España excluya del cálculo de la jubilación anticipada la pensión adquirida en otro país comunitario.
Los jueces europeos remarcan que la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres
Los jueces europeos remarcan que la legislación española "concede un trato menos favorable a los hombres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados", algo que "constituye una discriminación directa por razón de sexo".
El TUE argumenta después que, "dado que la aportación de los hombres a la demografía es tan necesaria como la de las mujeres, la aportación demográfica a la Seguridad Social no puede justificar por sí sola que los hombres y las mujeres no se encuentren en una situación comparable en lo que respecta a la concesión del complemento".
Las autoridades españolas argumentaron que el complemento fue concebido como una medida destinada a reducir la brecha de género entre pensiones de hombres y mujeres cuyas carrreras profesionales se vieron acortadas o interrumpidas por haber tenido hijos.
Sobre esta cuestión, el tribunal de Luxemburgo señala que la existencia de datos estadísticos que muestren "diferencias estructurales" entre las pensiones de las mujeres y los hombres "no es suficiente para llegar a la conclusión de que las mujeres y los hombres no se encuentran en una situación comparable en su condición de progenitores en relación con el complemento".
17/12/2019 10:48
Sebas1975
Ahora faltará ver si tiene que salir algo más para que empiece a aplicarse de oficio, o si se lo van a pasar por el f........... o si habrá que solicitalo expresamente. La noticia dice que "le han dado una colleja" a España por este trato discriminatorio, pero no dice que se vaya a obligar a pagarlo. Supongo que tendrán que salir más noticias al respecto. Habrá que estar atentos.