Gracias mlag0053, pero en realidad esas provincias eran ejemplos. De hecho las provincias reales son Valencia en lugar de huelva y almeria en lugar de sevilla. Esto es, centro de trabajo en el contrato: valencia e itinerantes y móviles, lugar real de prestacion de servicios: almeria. Supongo que ahora entenderás mejor mi cuestión.
Se estipula el de huelva pero tambien se estipula que la empresa utiliza centros de trabajo itinerantes o móviles. Nunca ha pisado el centro de huelva.
Ha de proceder ante la jurisdicción pertinente a efectos del centro de trabajo estipulado en el contrato de trabajo. ¿Qué centro de trabajo se estipula en éste?
Buenas tardes a todos, Mi duda es la siguiente: tengo que presentar papeleta de conciliación y supongo que después demanda por despido de un trabajador (comercial) que según el contrato de trabajo su centro de trabajo está en una provincia, por ejemplo Huelva, pero realmente presta los servicios en Sevilla, lugar éste donde la empresa no tiene presencia (las funciones comerciales visitando clientes y las administrativas desde su casa en Sevilla). ¿debo demandar en ante la jurisdicción de Huelva o ante la de Sevilla? No tengo muchas pruebas de esto, salvo algunos e-mails y que le entregaron la carta de despido en un despacho de un compañero en Sevilla. Gracias y saludos.