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Madre con demencia y pensión compensatoria.

7 Comentarios
 
Madre con demencia y pensión compensatoria.
18/02/2018 19:53
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: la madre de mi pareja ha dependido económicamente de su marido, ocupándose de los hijos y de la casa. Hace un año aproximadamente su marido, que cobra una pensión por jubilación de 1500€, las actitudes machistas que el siempre ha mostrado, se acentuaron hasta el punto en que la madre de mi pareja cayó en una depresión. Hay que aladir que él hace un consumo diario abusivo de alcohol.Este comienzo de depresión coincide con la rotura de cadera de la esposa, momento en que el marido se desentiende llegando a tener que llevarsela uno de los hijos a su casa. Han pasado 6 meses y progresivamente la mujer ha comenzado con demencia. La cuestión es que hay que buscar un recurso para que puedan atenderla y su marido se niega a aportar ninguna cantidad alegando que ella se fue de casa. Pero ni ella se fue voluntariamente, puesto que no se podía mover, ni psicológicamente estaba en condiciones, añadiendo los desprecios y aislamiento de su marido. ¿Cómo deben proceder para que se pueda separar legalmente, los hijos asuman la tutela de la madre y el marido la compense económicamente además y/o al margen de que se busque un.recurso para ella y que el marido.no aproveche la circunstancia para eludir sus obligaciones con su mujer?no sabemos muy bien por dónde empezar...Muchas gracias.
18/02/2018 22:18
Alma1
Si se separa legalmente no hay obligación legal de compensación. Bajo qué motivo debería compensarse la separación?
18/02/2018 22:44
Alma1
Disculpe, no había leido bien. La madre ha cotizado en algún momento en el mercado laboral?

Puede acceder a pensión compensatoria y además esta debería ser vitalicia ya que es imposible que supere el desequilibrio económico que le supondría a nivel de ingresos la separación.
18/02/2018 23:05
Wolframio85
Muchas gracias por la respuesta. La esposa no ha cotizado nunca a la seguridad social y ha dependido económicamente de su marido. Es un matrimonio mayor (ella tiene 87 años) y su marido alude que ni se va a hacer cargo de ella ni le va a ayudar económicamente. Obviamente, piensan los hijos, que en.algo tendrá que compensarla de ahí mi exposición. Por otro lado le rodean el resto de circunstancias comentadas y es que no está capacitada para tomar decisiones.
18/02/2018 23:30
Alma1
Consulten con un abogado e inicien un proceso de divorcio con pensión compensatoria. Al no haber cotizado nunca ppor ser ama de casa y cuidar de los hijos, el juez probablemente no fije temporalidad en la pensión.
19/02/2018 10:15
Alma1
Si la demencia de su suegra no es demasiado avanzada, y no está inhabilitada, podría solicitar ella el divorcio y a buen seguro que le quedaría una pensión compensatoria de por vida. Si no la cosa se complica, y lo razonable ahí sería acudir a servicios sociales para que estos ratificaran el abandono en la práctica por parte del marido y legitimaran o acompañaran a las demandas de los tutores legales que se establecieran.
19/02/2018 10:59
paquito xocolatero
Muchas gracias por las aportaciones. En este sentido, el marido ya ha acudido a un abogado que le ha aegurado (siempre teniendo en cuenta que son palabras del interesado) que esté tranquilo que su mujer «no podrá tocar nada de su jubilación »ni tendrá que compensarla ...puesto que lo que ha hecho se considera «abandono de hogar». Sin embargo, como apunté, ella no se fue sino que por necesidades físicas y psicológicas hubo que llevársela de allí. Tomo nota de lo que me traslada. Muchas gracias de nuevo.
19/02/2018 11:59
Alma1
Es completamente absurdo lo que dice, para mí que se lo ha inventado.
El abandono de hogar (de familia) es un delito cuando se abandona a una persona dependiente, si no no, pero irse de una vivienda (y más por necesidad para ser atendido, y cuando son tus hijos los que se te llevan) no supone abandonar nada. Incluso aunque se hubiera ido por simple voluntad, irse de casa como paso previo a una separación no es abandono de nada ni supone renuncia ni a la vivienda, ni a pensión compensatoria ni a ninguna circunstancia que pudiera ser de aplicación por la separación.
Que se invente otra cosa que esa no va a colar.
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18/02/2018 19:53
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: la madre de mi pareja ha dependido económicamente de su marido, ocupándose de los hijos y de la casa. Hace un año aproximadamente su marido, que cobra una pensión por jubilación de 1500€, las actitudes machistas que el siempre ha mostrado, se acentuaron hasta el punto en que la madre de mi pareja cayó en una depresión. Hay que aladir que él hace un consumo diario abusivo de alcohol.Este comienzo de depresión coincide con la rotura de cadera de la esposa, momento en que el marido se desentiende llegando a tener que llevarsela uno de los hijos a su casa. Han pasado 6 meses y progresivamente la mujer ha comenzado con demencia. La cuestión es que hay que buscar un recurso para que puedan atenderla y su marido se niega a aportar ninguna cantidad alegando que ella se fue de casa. Pero ni ella se fue voluntariamente, puesto que no se podía mover, ni psicológicamente estaba en condiciones, añadiendo los desprecios y aislamiento de su marido. ¿Cómo deben proceder para que se pueda separar legalmente, los hijos asuman la tutela de la madre y el marido la compense económicamente además y/o al margen de que se busque un.recurso para ella y que el marido.no aproveche la circunstancia para eludir sus obligaciones con su mujer?no sabemos muy bien por dónde empezar...Muchas gracias.
18/02/2018 22:18
Alma1
Si se separa legalmente no hay obligación legal de compensación. Bajo qué motivo debería compensarse la separación?
18/02/2018 22:44
Alma1
Disculpe, no había leido bien. La madre ha cotizado en algún momento en el mercado laboral?

Puede acceder a pensión compensatoria y además esta debería ser vitalicia ya que es imposible que supere el desequilibrio económico que le supondría a nivel de ingresos la separación.
18/02/2018 23:05
Wolframio85
Muchas gracias por la respuesta. La esposa no ha cotizado nunca a la seguridad social y ha dependido económicamente de su marido. Es un matrimonio mayor (ella tiene 87 años) y su marido alude que ni se va a hacer cargo de ella ni le va a ayudar económicamente. Obviamente, piensan los hijos, que en.algo tendrá que compensarla de ahí mi exposición. Por otro lado le rodean el resto de circunstancias comentadas y es que no está capacitada para tomar decisiones.
18/02/2018 23:30
Alma1
Consulten con un abogado e inicien un proceso de divorcio con pensión compensatoria. Al no haber cotizado nunca ppor ser ama de casa y cuidar de los hijos, el juez probablemente no fije temporalidad en la pensión.
19/02/2018 10:15
Alma1
Si la demencia de su suegra no es demasiado avanzada, y no está inhabilitada, podría solicitar ella el divorcio y a buen seguro que le quedaría una pensión compensatoria de por vida. Si no la cosa se complica, y lo razonable ahí sería acudir a servicios sociales para que estos ratificaran el abandono en la práctica por parte del marido y legitimaran o acompañaran a las demandas de los tutores legales que se establecieran.
19/02/2018 10:59
paquito xocolatero
Muchas gracias por las aportaciones. En este sentido, el marido ya ha acudido a un abogado que le ha aegurado (siempre teniendo en cuenta que son palabras del interesado) que esté tranquilo que su mujer «no podrá tocar nada de su jubilación »ni tendrá que compensarla ...puesto que lo que ha hecho se considera «abandono de hogar». Sin embargo, como apunté, ella no se fue sino que por necesidades físicas y psicológicas hubo que llevársela de allí. Tomo nota de lo que me traslada. Muchas gracias de nuevo.
19/02/2018 11:59
Alma1
Es completamente absurdo lo que dice, para mí que se lo ha inventado.
El abandono de hogar (de familia) es un delito cuando se abandona a una persona dependiente, si no no, pero irse de una vivienda (y más por necesidad para ser atendido, y cuando son tus hijos los que se te llevan) no supone abandonar nada. Incluso aunque se hubiera ido por simple voluntad, irse de casa como paso previo a una separación no es abandono de nada ni supone renuncia ni a la vivienda, ni a pensión compensatoria ni a ninguna circunstancia que pudiera ser de aplicación por la separación.
Que se invente otra cosa que esa no va a colar.