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Madre incumple preaviso de 1 mes periodo vacaciones

5 Comentarios
 
Madre incumple preaviso de 1 mes periodo vacaciones
03/06/2019 09:47
Buenos días, en el convenio con mi ex mujer tenemos una cláusula que indica que debemos avisarnos con un mínimo de 1 mes de antelación para escoger que periodo de vacaciones de verano queremos (años impares ella, años pares yo), pero no indica explicitamente las consecuencias del incumplimiento.
¿Si una de las partes incumple el preaviso puede la otra parte escoger periodos a pesar de no estar especificadas literalmente las consecuencias del incumplimiento?

Me preocupa que de no ser así tanto yo como ella podemos sistemáticamente incumplir el preaviso y esperar al día 30 de junio para escoger vacaciones, destrozando las posibilidades al otro de planificar nada.
03/06/2019 10:20
Joseramon
Se puede entender por ejemplo que en caso de no cumplirse el preaviso se repetirá el reparto del año anterior, pero es una interpretación, puedes ir por jurisdicción voluntaria para que se aclare este punto, o por modificación a causa del incumplimiento por no notificarlo y que se incluya en el convenio algo así (o se inviertan los periodos del año anterior, o como veáis).
Es un acuerdo entre partes, no una ley, y el juzgado solo lo ratifica y en caso de no ser suficiente se interpretará o se modificará según convenga. Pero en principio es algo a decidir entre vosotros, o lo haga el juez si no.
03/06/2019 10:32
Joseramon
Yo entiendo que, si se incumple, se puede solicitar ejecucion de sentencia. No veo mucho la jurisdiccion voluntaria para este caso, la verdad, no considero que haya discrepancias en el ejercicio de la patria potestad, ni tampoco comparto que sea un acuerdo entre partes. Si figura en convenio, es de obligado cumplimiento y es susceptible de ejecucion de sentencia.
Claro que, en la practica, la ejecucion no va a solucionar mucho (o si... como lo logico seria imponer costas a la parte incumplidora, igual se espabila y para otra vez es mas diligente)

Desde luego, lo mas practico seria prever las consecuencias del incumplimiento, tipo "si el progenitor no avisa con el tiempo establecido, se entendera que elige el primer periodo"... o el segundo, vamos, es a modo de ejemplo
03/06/2019 10:55
Joseramon
El convenio es un acuerdo entre partes de obligado cumplimiento. No veo la contradicción entre una cosa y otra.
03/06/2019 11:00
Joseramon
¿Entonces se entiende que puedo elegir yo periodo este año?¿O tengo que meterme a juicios y demandas de ejecución de sentencia mientras siguen pasando los días y no puedo planificar vacaciones?
03/06/2019 12:56
Joseramon
No, no se entiende que puedas elegir tu porque ella no ha cumplido el plazo, a menos que asi se especificara en el convenio (y por lo que dices no es asi).

Tendras que requerirle de forma fehaciente que te comunique que periodo/s elige y, si aun asi no te los comunica, habla con tu abogado a ver que te aconseja. Se que es un problema que tendria que resolverse antes del inicio de las vacaciones, pero es lo que hay, y por eso muchos progenitores "chinchan" al otro, porque la unica forma de hacer las cosas es por via judicial, y es lenta.
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03/06/2019 09:47
Buenos días, en el convenio con mi ex mujer tenemos una cláusula que indica que debemos avisarnos con un mínimo de 1 mes de antelación para escoger que periodo de vacaciones de verano queremos (años impares ella, años pares yo), pero no indica explicitamente las consecuencias del incumplimiento.
¿Si una de las partes incumple el preaviso puede la otra parte escoger periodos a pesar de no estar especificadas literalmente las consecuencias del incumplimiento?

Me preocupa que de no ser así tanto yo como ella podemos sistemáticamente incumplir el preaviso y esperar al día 30 de junio para escoger vacaciones, destrozando las posibilidades al otro de planificar nada.
03/06/2019 10:20
Joseramon
Se puede entender por ejemplo que en caso de no cumplirse el preaviso se repetirá el reparto del año anterior, pero es una interpretación, puedes ir por jurisdicción voluntaria para que se aclare este punto, o por modificación a causa del incumplimiento por no notificarlo y que se incluya en el convenio algo así (o se inviertan los periodos del año anterior, o como veáis).
Es un acuerdo entre partes, no una ley, y el juzgado solo lo ratifica y en caso de no ser suficiente se interpretará o se modificará según convenga. Pero en principio es algo a decidir entre vosotros, o lo haga el juez si no.
03/06/2019 10:32
Joseramon
Yo entiendo que, si se incumple, se puede solicitar ejecucion de sentencia. No veo mucho la jurisdiccion voluntaria para este caso, la verdad, no considero que haya discrepancias en el ejercicio de la patria potestad, ni tampoco comparto que sea un acuerdo entre partes. Si figura en convenio, es de obligado cumplimiento y es susceptible de ejecucion de sentencia.
Claro que, en la practica, la ejecucion no va a solucionar mucho (o si... como lo logico seria imponer costas a la parte incumplidora, igual se espabila y para otra vez es mas diligente)

Desde luego, lo mas practico seria prever las consecuencias del incumplimiento, tipo "si el progenitor no avisa con el tiempo establecido, se entendera que elige el primer periodo"... o el segundo, vamos, es a modo de ejemplo
03/06/2019 10:55
Joseramon
El convenio es un acuerdo entre partes de obligado cumplimiento. No veo la contradicción entre una cosa y otra.
03/06/2019 11:00
Joseramon
¿Entonces se entiende que puedo elegir yo periodo este año?¿O tengo que meterme a juicios y demandas de ejecución de sentencia mientras siguen pasando los días y no puedo planificar vacaciones?
03/06/2019 12:56
Joseramon
No, no se entiende que puedas elegir tu porque ella no ha cumplido el plazo, a menos que asi se especificara en el convenio (y por lo que dices no es asi).

Tendras que requerirle de forma fehaciente que te comunique que periodo/s elige y, si aun asi no te los comunica, habla con tu abogado a ver que te aconseja. Se que es un problema que tendria que resolverse antes del inicio de las vacaciones, pero es lo que hay, y por eso muchos progenitores "chinchan" al otro, porque la unica forma de hacer las cosas es por via judicial, y es lenta.