Hola, os contaré el caso de divorcio contencioso de mi madre: a fecha de hoy el proceso se encuentra en fase de formación de inventario, en 1ª instancia la sra.juez determinó un activo donde excluyó unas cantidades cobradas por la parte contraria,segun la sra.juez no incluyó lo que solicitaba mi madre por no demostrar feacientemente las cuantias exactas y cuando las cobró.Pues recurrimos,y está en la audiencia provincial.La demanda se presentó en 2009 y la resolución del regimen económico fue en octube de 2010.Mi madre y yo estamos cansados de "perseguir",llamar y solicitarle al abogado que actue,que pida certificados de esas facturas cobradas a ayuntmientos.Nos da largas y no hace lo que le pedimos,el 31 octubre de 2017 nos dice en la cita en su despacho que: "el email de la audiencia con la resolución, es spam y no lo ha visto antes,fecha sentencía: 11/10/2016 fecha nos lo comunica: 31/10/2017.1 año ¡¡¡ proximado para comunicar una sentencía.¿qué opinais?,¿incompetencía?¿mala praxis?¿es denunciable?,ayuda, por favor.