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Manutención. Ejecución forzosa abusiva y denunciar por haber sido estafado.

7 Comentarios
 
05/02/2018 10:08
Juan_pedro
hola paquito xocolatero.
he encontrado información sobre LCJI en vigor desde agosto de 2015, según cual para admisión de exequatur y ejecución forzosa de sentencia extranjera en España el derecho caduca a los 5 años porque la deuda prescribe a los 5 años según 1966 C.C español, contados desde que la sentencia extranjera es firme, o se estará al plazo del país de origen de la sentencia si este es mas breve. en este caso la sentencia es de Rumania donde a los 3 años prescriben las deudas y caduca el derecho a ejecutar. que siempre se debe tener en cuenta el plazo mas favorable al demandado. Que la caducidad conforme al plazo mas favorable puede ser causa de denegación de exequatur o de oposición a la ejecución.
Esto tambien ae aplicaba antes de entrada en vigor de la LCJI, agosto de 2015? que art. de que ley regulaba esto antes de la entrada en vigor de la LCJI en agosto de 2015?
en mi caso creo que no se aplica LCJI porque la sentencia es firme en septiembre de 2011, se pide y se admite exequatur en agosto de 2012, (dentro del plazo legal mas favorable al demandado, el de 3 años de Rumania), pero la demanda de ejecución se registra y se ejecuta fuera de este plazo de 3 años, en marzo de 2015.
el plazo de 10 días para oponerse a esta ejecución aun esta suspendido. aun no se le ha notificado al demandado cuando caduca (quedarian 8 días disponibles). Solo se le ha notificado la denegación de la justicia gratuita.
02/02/2018 19:29
paquito xocolatero
Buenos dias.
Agradezco mucho tu interes y sigo en el hilo a ver si puedo aclarar este complejo enredo que ha montado mi ex.
1. estas seguro? Yo habia entendido que la ejecucion se debe hacer según los terminos de las leyes españoles y en España se puede reclamar en demanda ejecucion o en denuncia/querella penal solo lo supuestamente impagado en los ultimos 5 años. Es asi?
2. Realmente en Rumania se puede reclamar en demanda de ejecucion solo lo supuestamente impagado en los ultimos 3 años. Lo supuestamente impagado anterior a 3 años prescribe y no se puede reclamar.
3. La sentencia de 2010 de Rumania ordena el pago retroactivo desde 2005, de 25% de mi salario neto obtenido en base a un contrato ya extinto en 2007. Como ya explique, la justicia rumana se niega tener en cuenta mis certificados de la Seg. Social y Hacienda española. Me requiere que pruebe con un certificado emitido por el ex empleador la extincion del contrato de trabajo. Hecho imposible porque la empresa cerro en 2007 y en 2010 el hombre ni queria oir de algo asi. Me mando a la Seg. Social. Luego en 2010 la justicia rumana me pide certificado de ingresos emitido por el nuevo empleador. Tampoco es posible porque desde 2008 trabajo como autonomo no como empleado.
4. En 2017 es la justicia española quien despacha ejecucion y yo debo oponerme en civil o denunciar estafa procesal.
5. Igual que en 2012, en 2017 la demandante coge una vieja nomina mia de 2004 ve que mi salario neto en 2004 era de 1.000€ y la utiliza como prueba de mis supuestos ingresos y procede a demandar ejecucion.
Divide los 1.000€ por 25% y sale una pension mensual de 250€. Luego multiplica 250€ por 150 (meses pasados desde 2005) y le sale 37.500€. De esto descuenta lo que alega haber percibido, 15.500€ y luego reclama la diferencia de 22.000€. Se despacha ejecucion por 22.000€ mas costas mas intereses.
6. Como puedo probar legalmente ante la justicia española que la demandante solo puede reclamar lo supuestamente impagado en los ultimos 3 años? Si es que tu tienes razon y se aplica el plazo de 3 años de Rumania y no el plazo español de 5 años.
7. Puedo probar:
A.-que en el auto de la Aud. Provin. que anula la ejecucion de 2012 los jueces españoles indican que para nueva ejecucion no vale probar con la nomina de 2004. que se debe probar la vigencia del contrato desde 2005 y mi salario neto cada mes de 2005.
B.-que la demandante no cumple lo indicado por la Aud. Prov.
C.-que la demandante ya sabe que dicho contrato esta extinto desde 2007, que desde entonces no percibo salario, que estuve en paro, que desde 2008 obtengo ingresos como autonomo. Que todo esto consta en el juicio y la apelacion de Rumania y por tanto ella concoce la situacion real.
D.-Puedo alegar que la demandante prueba solo la pension recibida en los ultimos 3 años. Como determina que ha percibido solo 15.500€ durante 12 años es un misterio.
E.-Tambien puedo probar que he pagado pension cada mes desde 2005, pero que he pagado 25% de mis ingresos mensuales en cada mes solo puedo probar los ultimos 5 años. He pedido certificados de mis rentas para cada año desde 2008 pero me han denegado la solicitud. Me han mandado solo las ultimas 5 declaraciones IRPF, eso es de 2012 a 2016 y me han dicho que los anteriores de 2005 a 2011 han prescrito y por tanto no pueden satisfacer mi solcitud.
01/02/2018 17:20
Juan_pedro
1.-Sí, porque la obligación se adquiere en Rumanía, y se aplican las leyes rumanas, y un país no interfiere en la independencia de otro. Lo único que hay son acuerdos recíprocos y mediante normativa de la UE para poder embargar en otro país, no se juzga nunca lo juzgado en otro país. Lo cual es lógico sobre todo en un mercado común: si a ti te estafa una empresa alemana aquí en España, tienes derecho a que se aplique la ley española, no la alemana (en la cual a lo mejor no es delito, lo que significaría si no que las empresas alemanas no deben cumplir las leyes españolas en España). Pero si un juzgado español condena a esa empresa aquí no vale decir que está en Alemania para no pagar, ni lo va a juzgar un juzgado alemán según las leyes alemanas. Se condena aquí, se embarga en cualquier país. Lo mismo que ocurre en EEUU o donde sea, cada estado tiene sus leyes pero si te embargan ya puedes irte del país, no te vale cambiar de estado. E incluso aquí entre comunidades, donde también hay leyes distintas: si te vas a otra comunidad no te van a juzgar otra vez, pero el embargo o la sentencia sirve para cualquier propiedad en todo el territorio. Si estabas casado en Rumanía, rige la ley rumana y si allí son 50 años y no 5 de prescripción, pues son 50. No vas a tener obligaciones/derechos diferentes de otra persona que viva en Rumanía solo por ser español o irte a tiempo de allí.
Sobre leyes rumanas ya te digo que no tengo ni idea, si sería procedente lo de los 3 años que dices o no. Preguntalo en un foro de derecho rumano.
2.-La sentencia será la misma pero la demanda de ejecución es distinta, aunque la redacción sea la misma. Si me debes un dinero y te lo pido dos veces, aunque la fórmula usada sea la misma, hay dos peticiones de reintegro.
3.-No, porque ni siquiera tiene por qué ser acorde a las leyes españolas para ser ejecutable, ya que tú vivías y te divorciaste en Rumanía.
Imagínate que eres de un pueblo sin zona azul o verde y te vas a Madrid o a Barcelona, y allí te multan. ¿Te vale de algo decir que en tu pueblo las ordenanzas o leyes no son así, y no se puede multar por eso? No, pero te embargará tu ayuntamiento si no pagas aquello que tengas en tu pueblo.
01/02/2018 17:05
paquito xocolatero
1.-porque depende de la ley rumana si se tiene que executar en España??? Si una sentencia rumana dice que se tiene que pagar pension desde hace 50 años atrás, en España se admite reclamación tal cual, exigiendo lo impagado desde hace 50 años o se limita a 5 años atras???
En Rumania para poner en ejecucion son 3 años desde que sentencia es definitiva. Se puede reclamar solo los ultimos 3 años desde la reclamacion.
2.-Estas equivocado. En la demanda de ejecucion de 2017 no ha cambia nada, Solo ha actualizado los importes que quiere percibir. Es copia de la de demanda de 2012 cuando el despacho fue anulado por la Aud. Prov. Es decir la demanda de 2017 incumple la ley española igual que la de 2012. Pide diferencia de pension desde 2005 hasta 2017 calculada en base a una nomina de 2004.
3.-Me referia a si es conforme a la ley española.... Si el juzgado español que admite la demanda tiene la obligacion de comprobar si es conforme a leyes españoles .... Desde luego que no lo es. Pienso en estafa procesal porque la primera vez ella ya ha sido atencionada por la Aud. Prov. que para nueva demanda debe probar:
la vigencia de mi contrato de trabajo,
mis ingresos salariales cada mes desde 2005
lo que ella ha percibido realmente cada mes desde 2005.
Y no lo hace. Igual que en la demanda de 2012 alega:
Que desde 2005 yo trabajo en base a contrato de trabajo ….. No puede probar vigencia de este contrato porque trabaje en base a este contrato hasta 2007 y desde 2007 hasta hoy como autonomo, cosa que en el juicio de 2010 de Rumania no se quiso tener en cuenta. Ignoraron mis certificados de la Seg. Social española y dieron por hecho lo que ella decia, que sigo trabajando en base a este contrato. Para aceptar que yo no trabajo por cuenta ajena me pidieron certificado emitido, firmado y sellado por el empleador español como que ya no trabajo para el. Cosa imposible porque la empresa dejo de ser activa en 2007 el administrador y dueño se jubilo.
Que mi salario neto desde 2005 es de 1000€. Para probar esto utiliza mi nomina de 2004. La Aud. Provin. ya le dijo en 2012 que esto no vale.
Que 25% de esta nomina son 250€
Que han pasado 144 meses por tanto deberia haberle abonado 36.000€
Que ha percibido unos 14.000€ (prueba haber percibido solo unos 9.000€)
Que le adeudo 22.000€ (36.000-14.000) intereses legales costas
El mismo juzgado espanol que admitio la demanda de 2012, luego anulada por Aud.Prov., ha admitido la de 2017 y ya ha trabado embargo sobre mis bienes. Que opinais? Es estafa procesal?
30/01/2018 12:13
Juan_pedro
1.-Depende de la ley rumana, no de la española. Aquí son 5 años desde la reclamación, no desde la sentencia. Allí en Rumanía a saber cómo es.
2.-La demandante (como ha hecho después en 2017).
3.-No deben ni pueden comprobar si es conforme a la ley rumana, y en base a la sentencia se puede dictar la orden de embargo, pero el procedimiento de embargo en España sí obedece a leyes españolas. Es decir, no pueden determinar si el embargo es o no justo (ni las cantidades adeudadas sobre las base de lo que supuestamente ganas según ellos), solo qué te pueden o no embargar aquí.
No veo estafa procesal, lo que te han dicho que comentas aquí es sobre lo primero, en lo que te dieron la razón en el anterior recurso es sobre lo segundo. No te pueden embargar una nómina que no tienes, pero no pueden valorar la justicia de la cantidad solicitada a cubrir mediante embargo.
29/01/2018 18:58
paquito xocolatero
Gracias por atender mi peticion! Solo necesito aclarar 3 dudas mas. Que sirva tambien para orientar a otros/otras que pueden estar en situaciones parecidas.

1.Aunque sentencia de 2010 de Rumania ordene el pago retroactivo desde 2005 en España ella tiene derecho a obtener en ejecución mas de 5 años, contando para atrás desde la fecha de 2017 cuando insta esta nueva ejecución???

2.Se me olvido mencionar algo importante: despues que la sentencia de 2010 de Rumania es definitiva, en 2012 ella me ejecuta por primera vez, utilizando como base mi nomina de 2004 (la que utilizo en el juicio tambien). Se emitio despacho de ejecucion, yo recurri y en 2013 la Audiencia Provincial anulo la ejecución e indico que se puede instar nueva ejecucion con el requisito de probar validez y duración de mi contrato de trabajo, desde 2005 hasta la fecha cuando se instara nueva ejecución, asi como el salario neto que percibi cada mes desde 2005.
Que alguien pruebe lo que requiere la Audiencia Provincial es imposible dado que yo no percibo salario alguno desde 2007. Desde 2007 obtengo ingresos como autonomo y pago pension de 25% de los ingresos obtenidos como autonomo.
En esta nueva demanda de ejecución quien tiene la obligacion de probar lo que requiere la Audencia Provincial??? la demandante??? yo??? el juzgado???

3.Tal como describi en mi primer mensaje, en 2017 ella vuelve a demandar nueva ejecucion utilizando como base la misma nomina de 2004. Por esto me quede sorprendido. El mismo juzgado de 2012 a vuelto a admitir la misma demanda de ejecucion formulada exactamente igual como en 2012. En el juzgado me dijeron que ellos solo tiene la obligacion de comprobar si es conforme a lo que ordena la sentencia de Rumania!!! Que no deben comprobar si el probatorio de la demandante es conforme a la ley!!! Yo pienso que ha engañado el juzgado español, tal como lo conseguio en 2012 pero para mi suerte entonces la Auden. Provin anulo el despacho en de ejecucion. Por esto ahora pregunto por lo de denunciar por estafa procesal.
Que opinais???
29/01/2018 09:54
Juan_pedro
Efectivamente en España no pueden juzgar el fondo de un asunto juzgado en otro país. Desconozco por qué en Rumanía no te han admitido como prueba los ingresos que realmente tienes, pero si hay sentencia que indica que tienes que pagar tanto al mes y no lo haces, en España van a hacer caso a la sentencia, y te podrán embargar lo que solicitan. El asunto de que te cobren más de lo que deberían pertenece a la justicia rumana, no a la española, y es allí (desconozco cómo) donde debería resolverse el asunto, recurriendo hasta el Supremo de allí si hace falta y tras eso al TJUE, supongo. Pero en España tienes muy poco que poder hacer. Lo siento.
Manutención. ejecución forzosa abusiva y denunciar por haber sido estafado.
29/01/2018 00:28
Hola. Me case con una ciudadana rumana y tuve un hijo con ella. En 2004 dejo España y voy a Rumania donde no trabajo. Inmediatamente ella se divorcia de mi. El juicio se celebra en Rumania en 2004 y la sentencia de divorcio me obliga a pagar manutencion de 25% del salario minimo de Rumania por no tener trabajo, hasta que nuestro hijo cumpla 18 años. Pago religiosamente.
Inmediatamente yo vuelvo a España y vuelvo a trabajar en el mismo sitio. Sigo pagando 25% del salario minimo de Rumania. Sin que yo lo sepa, en 2005 en Rumania ella me demanda pidiendo modificacion de manutencion. Utiliza una nomina mia de España, de 2004 de antes que me vaya a Rumania como prueba que soy asalariado en España y obtiene una sentencia que me obliga a pagar 25% del salario neto que percibo en España a partir de la fecha de la demanda. Nunca se me notifica esta sentencia y de manutencion sigo pagando 25% del salario minimo de Rumania pero ademas periodicamente le mando dinero extra y ella me deja en paz.
En 2009 se entera que iba rehacer mi vida y me exige que le mande 500€ mensual. La rechazo y entonces me comunica que debo pagar manutencion de 25% de mi salario neto porque asi me obliga una sentencia de modificacion de medidas de 2005. Que si no lo hago ella me denuncia e ire a la carcel. Asi averiguo que hay una sentencia de modificacion.
En Rumania recurro motivando que no me fue notificada. Se admite el recurso, el juicio se declara nulo y la sentencia de 2005 se anula. Se devuelve el expediente para que se juzgue de nuevo. Sigo pagando religiosamente 25% del salario minimo de Rumania.
En 2010 se repite el juicio de 2005 en el cual ella insiste en percibir 25% de mi salario neto en España a pesar de que yo pruebo con certificado Seg. Social que desde 2007 trabajo como autonomo y con certificado IRPF los ingresos netos que obtengo trabajador autonomo. El Juzgado rumano no tiene en cuenta mis pruebas y me obliga a pagar 25% del Salario Neto, a partir de la fecha de la demanda de 2005.
Como desde 2007 ya no percibo aquel salario, no me queda otra y a partir de la fecha de la demanda de 2010 empiezo a pagar 25% de mis ingresos netos como autonomo.
Ademas considero 2010 como fecha de modificacion de medidas impuestas en sentencia de divorcio de 2004 ya que el juicio de modificacion de 2005 ha sido declarado nulo
Recurro la sentencia de 2010 pidiendo de nuevo que se me obligue a pagar 25% de mis ingresos netos. Pruebo de nuevo con certificados de la Seg. Social y Hacienda que no trabajo como asalariado y que obtengo ingresos como autonomo. El Tribunal tampoco tiene en cuenta los certificados españoles y en 2013 dicta sentencia que rechaza mi Recurso y mantiene la Sentencia de 2010 que me obliga a pagar 25% de los ingresos netos percibidos como asalariado, a partir de 2005 y hasta la mayoria de edad (año 2019) del niño. Hoy sigo pagando 25% de lo que obtengo como autonomo.
Hace poco mi ex esposa ha instado ejecucion forzosa en España pidiendo trabar embargo sobre mi vivienda. Pide para 2005-2017 la diferencia mensual entre lo que yo le pague y 25% del salario neto que percibo. Como base para sus calculos utiliza los ingresos netos que yo percibia como asalariado y que aparecen en la nomina de 2004. Multiplica por 150 meses (2005-2017) mi salario neto que yo obtenia en 2004 y del importe total obtenido quita el total ya percibio en los 150 meses. La diferencia resultante es altisima y para mi estupor la demanda ha sido admitida tal cual y se ha ordenado embargo sobre mi vivienda. El plazo para oponerse ha pasado. En el juzgado me dicen que según los acuerdos europeos la justicia española no puede entrar en el fondo de las sentencias extranjeras que se deben ejecutar en España.

Puedo denunciar a mi ex por estafa, para parar el embargo y en la instrucción aportar mis pruebas?
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05/02/2018 10:08
Juan_pedro
hola paquito xocolatero.
he encontrado información sobre LCJI en vigor desde agosto de 2015, según cual para admisión de exequatur y ejecución forzosa de sentencia extranjera en España el derecho caduca a los 5 años porque la deuda prescribe a los 5 años según 1966 C.C español, contados desde que la sentencia extranjera es firme, o se estará al plazo del país de origen de la sentencia si este es mas breve. en este caso la sentencia es de Rumania donde a los 3 años prescriben las deudas y caduca el derecho a ejecutar. que siempre se debe tener en cuenta el plazo mas favorable al demandado. Que la caducidad conforme al plazo mas favorable puede ser causa de denegación de exequatur o de oposición a la ejecución.
Esto tambien ae aplicaba antes de entrada en vigor de la LCJI, agosto de 2015? que art. de que ley regulaba esto antes de la entrada en vigor de la LCJI en agosto de 2015?
en mi caso creo que no se aplica LCJI porque la sentencia es firme en septiembre de 2011, se pide y se admite exequatur en agosto de 2012, (dentro del plazo legal mas favorable al demandado, el de 3 años de Rumania), pero la demanda de ejecución se registra y se ejecuta fuera de este plazo de 3 años, en marzo de 2015.
el plazo de 10 días para oponerse a esta ejecución aun esta suspendido. aun no se le ha notificado al demandado cuando caduca (quedarian 8 días disponibles). Solo se le ha notificado la denegación de la justicia gratuita.
02/02/2018 19:29
paquito xocolatero
Buenos dias.
Agradezco mucho tu interes y sigo en el hilo a ver si puedo aclarar este complejo enredo que ha montado mi ex.
1. estas seguro? Yo habia entendido que la ejecucion se debe hacer según los terminos de las leyes españoles y en España se puede reclamar en demanda ejecucion o en denuncia/querella penal solo lo supuestamente impagado en los ultimos 5 años. Es asi?
2. Realmente en Rumania se puede reclamar en demanda de ejecucion solo lo supuestamente impagado en los ultimos 3 años. Lo supuestamente impagado anterior a 3 años prescribe y no se puede reclamar.
3. La sentencia de 2010 de Rumania ordena el pago retroactivo desde 2005, de 25% de mi salario neto obtenido en base a un contrato ya extinto en 2007. Como ya explique, la justicia rumana se niega tener en cuenta mis certificados de la Seg. Social y Hacienda española. Me requiere que pruebe con un certificado emitido por el ex empleador la extincion del contrato de trabajo. Hecho imposible porque la empresa cerro en 2007 y en 2010 el hombre ni queria oir de algo asi. Me mando a la Seg. Social. Luego en 2010 la justicia rumana me pide certificado de ingresos emitido por el nuevo empleador. Tampoco es posible porque desde 2008 trabajo como autonomo no como empleado.
4. En 2017 es la justicia española quien despacha ejecucion y yo debo oponerme en civil o denunciar estafa procesal.
5. Igual que en 2012, en 2017 la demandante coge una vieja nomina mia de 2004 ve que mi salario neto en 2004 era de 1.000€ y la utiliza como prueba de mis supuestos ingresos y procede a demandar ejecucion.
Divide los 1.000€ por 25% y sale una pension mensual de 250€. Luego multiplica 250€ por 150 (meses pasados desde 2005) y le sale 37.500€. De esto descuenta lo que alega haber percibido, 15.500€ y luego reclama la diferencia de 22.000€. Se despacha ejecucion por 22.000€ mas costas mas intereses.
6. Como puedo probar legalmente ante la justicia española que la demandante solo puede reclamar lo supuestamente impagado en los ultimos 3 años? Si es que tu tienes razon y se aplica el plazo de 3 años de Rumania y no el plazo español de 5 años.
7. Puedo probar:
A.-que en el auto de la Aud. Provin. que anula la ejecucion de 2012 los jueces españoles indican que para nueva ejecucion no vale probar con la nomina de 2004. que se debe probar la vigencia del contrato desde 2005 y mi salario neto cada mes de 2005.
B.-que la demandante no cumple lo indicado por la Aud. Prov.
C.-que la demandante ya sabe que dicho contrato esta extinto desde 2007, que desde entonces no percibo salario, que estuve en paro, que desde 2008 obtengo ingresos como autonomo. Que todo esto consta en el juicio y la apelacion de Rumania y por tanto ella concoce la situacion real.
D.-Puedo alegar que la demandante prueba solo la pension recibida en los ultimos 3 años. Como determina que ha percibido solo 15.500€ durante 12 años es un misterio.
E.-Tambien puedo probar que he pagado pension cada mes desde 2005, pero que he pagado 25% de mis ingresos mensuales en cada mes solo puedo probar los ultimos 5 años. He pedido certificados de mis rentas para cada año desde 2008 pero me han denegado la solicitud. Me han mandado solo las ultimas 5 declaraciones IRPF, eso es de 2012 a 2016 y me han dicho que los anteriores de 2005 a 2011 han prescrito y por tanto no pueden satisfacer mi solcitud.
01/02/2018 17:20
Juan_pedro
1.-Sí, porque la obligación se adquiere en Rumanía, y se aplican las leyes rumanas, y un país no interfiere en la independencia de otro. Lo único que hay son acuerdos recíprocos y mediante normativa de la UE para poder embargar en otro país, no se juzga nunca lo juzgado en otro país. Lo cual es lógico sobre todo en un mercado común: si a ti te estafa una empresa alemana aquí en España, tienes derecho a que se aplique la ley española, no la alemana (en la cual a lo mejor no es delito, lo que significaría si no que las empresas alemanas no deben cumplir las leyes españolas en España). Pero si un juzgado español condena a esa empresa aquí no vale decir que está en Alemania para no pagar, ni lo va a juzgar un juzgado alemán según las leyes alemanas. Se condena aquí, se embarga en cualquier país. Lo mismo que ocurre en EEUU o donde sea, cada estado tiene sus leyes pero si te embargan ya puedes irte del país, no te vale cambiar de estado. E incluso aquí entre comunidades, donde también hay leyes distintas: si te vas a otra comunidad no te van a juzgar otra vez, pero el embargo o la sentencia sirve para cualquier propiedad en todo el territorio. Si estabas casado en Rumanía, rige la ley rumana y si allí son 50 años y no 5 de prescripción, pues son 50. No vas a tener obligaciones/derechos diferentes de otra persona que viva en Rumanía solo por ser español o irte a tiempo de allí.
Sobre leyes rumanas ya te digo que no tengo ni idea, si sería procedente lo de los 3 años que dices o no. Preguntalo en un foro de derecho rumano.
2.-La sentencia será la misma pero la demanda de ejecución es distinta, aunque la redacción sea la misma. Si me debes un dinero y te lo pido dos veces, aunque la fórmula usada sea la misma, hay dos peticiones de reintegro.
3.-No, porque ni siquiera tiene por qué ser acorde a las leyes españolas para ser ejecutable, ya que tú vivías y te divorciaste en Rumanía.
Imagínate que eres de un pueblo sin zona azul o verde y te vas a Madrid o a Barcelona, y allí te multan. ¿Te vale de algo decir que en tu pueblo las ordenanzas o leyes no son así, y no se puede multar por eso? No, pero te embargará tu ayuntamiento si no pagas aquello que tengas en tu pueblo.
01/02/2018 17:05
paquito xocolatero
1.-porque depende de la ley rumana si se tiene que executar en España??? Si una sentencia rumana dice que se tiene que pagar pension desde hace 50 años atrás, en España se admite reclamación tal cual, exigiendo lo impagado desde hace 50 años o se limita a 5 años atras???
En Rumania para poner en ejecucion son 3 años desde que sentencia es definitiva. Se puede reclamar solo los ultimos 3 años desde la reclamacion.
2.-Estas equivocado. En la demanda de ejecucion de 2017 no ha cambia nada, Solo ha actualizado los importes que quiere percibir. Es copia de la de demanda de 2012 cuando el despacho fue anulado por la Aud. Prov. Es decir la demanda de 2017 incumple la ley española igual que la de 2012. Pide diferencia de pension desde 2005 hasta 2017 calculada en base a una nomina de 2004.
3.-Me referia a si es conforme a la ley española.... Si el juzgado español que admite la demanda tiene la obligacion de comprobar si es conforme a leyes españoles .... Desde luego que no lo es. Pienso en estafa procesal porque la primera vez ella ya ha sido atencionada por la Aud. Prov. que para nueva demanda debe probar:
la vigencia de mi contrato de trabajo,
mis ingresos salariales cada mes desde 2005
lo que ella ha percibido realmente cada mes desde 2005.
Y no lo hace. Igual que en la demanda de 2012 alega:
Que desde 2005 yo trabajo en base a contrato de trabajo ….. No puede probar vigencia de este contrato porque trabaje en base a este contrato hasta 2007 y desde 2007 hasta hoy como autonomo, cosa que en el juicio de 2010 de Rumania no se quiso tener en cuenta. Ignoraron mis certificados de la Seg. Social española y dieron por hecho lo que ella decia, que sigo trabajando en base a este contrato. Para aceptar que yo no trabajo por cuenta ajena me pidieron certificado emitido, firmado y sellado por el empleador español como que ya no trabajo para el. Cosa imposible porque la empresa dejo de ser activa en 2007 el administrador y dueño se jubilo.
Que mi salario neto desde 2005 es de 1000€. Para probar esto utiliza mi nomina de 2004. La Aud. Provin. ya le dijo en 2012 que esto no vale.
Que 25% de esta nomina son 250€
Que han pasado 144 meses por tanto deberia haberle abonado 36.000€
Que ha percibido unos 14.000€ (prueba haber percibido solo unos 9.000€)
Que le adeudo 22.000€ (36.000-14.000) intereses legales costas
El mismo juzgado espanol que admitio la demanda de 2012, luego anulada por Aud.Prov., ha admitido la de 2017 y ya ha trabado embargo sobre mis bienes. Que opinais? Es estafa procesal?
30/01/2018 12:13
Juan_pedro
1.-Depende de la ley rumana, no de la española. Aquí son 5 años desde la reclamación, no desde la sentencia. Allí en Rumanía a saber cómo es.
2.-La demandante (como ha hecho después en 2017).
3.-No deben ni pueden comprobar si es conforme a la ley rumana, y en base a la sentencia se puede dictar la orden de embargo, pero el procedimiento de embargo en España sí obedece a leyes españolas. Es decir, no pueden determinar si el embargo es o no justo (ni las cantidades adeudadas sobre las base de lo que supuestamente ganas según ellos), solo qué te pueden o no embargar aquí.
No veo estafa procesal, lo que te han dicho que comentas aquí es sobre lo primero, en lo que te dieron la razón en el anterior recurso es sobre lo segundo. No te pueden embargar una nómina que no tienes, pero no pueden valorar la justicia de la cantidad solicitada a cubrir mediante embargo.
29/01/2018 18:58
paquito xocolatero
Gracias por atender mi peticion! Solo necesito aclarar 3 dudas mas. Que sirva tambien para orientar a otros/otras que pueden estar en situaciones parecidas.

1.Aunque sentencia de 2010 de Rumania ordene el pago retroactivo desde 2005 en España ella tiene derecho a obtener en ejecución mas de 5 años, contando para atrás desde la fecha de 2017 cuando insta esta nueva ejecución???

2.Se me olvido mencionar algo importante: despues que la sentencia de 2010 de Rumania es definitiva, en 2012 ella me ejecuta por primera vez, utilizando como base mi nomina de 2004 (la que utilizo en el juicio tambien). Se emitio despacho de ejecucion, yo recurri y en 2013 la Audiencia Provincial anulo la ejecución e indico que se puede instar nueva ejecucion con el requisito de probar validez y duración de mi contrato de trabajo, desde 2005 hasta la fecha cuando se instara nueva ejecución, asi como el salario neto que percibi cada mes desde 2005.
Que alguien pruebe lo que requiere la Audiencia Provincial es imposible dado que yo no percibo salario alguno desde 2007. Desde 2007 obtengo ingresos como autonomo y pago pension de 25% de los ingresos obtenidos como autonomo.
En esta nueva demanda de ejecución quien tiene la obligacion de probar lo que requiere la Audencia Provincial??? la demandante??? yo??? el juzgado???

3.Tal como describi en mi primer mensaje, en 2017 ella vuelve a demandar nueva ejecucion utilizando como base la misma nomina de 2004. Por esto me quede sorprendido. El mismo juzgado de 2012 a vuelto a admitir la misma demanda de ejecucion formulada exactamente igual como en 2012. En el juzgado me dijeron que ellos solo tiene la obligacion de comprobar si es conforme a lo que ordena la sentencia de Rumania!!! Que no deben comprobar si el probatorio de la demandante es conforme a la ley!!! Yo pienso que ha engañado el juzgado español, tal como lo conseguio en 2012 pero para mi suerte entonces la Auden. Provin anulo el despacho en de ejecucion. Por esto ahora pregunto por lo de denunciar por estafa procesal.
Que opinais???
29/01/2018 09:54
Juan_pedro
Efectivamente en España no pueden juzgar el fondo de un asunto juzgado en otro país. Desconozco por qué en Rumanía no te han admitido como prueba los ingresos que realmente tienes, pero si hay sentencia que indica que tienes que pagar tanto al mes y no lo haces, en España van a hacer caso a la sentencia, y te podrán embargar lo que solicitan. El asunto de que te cobren más de lo que deberían pertenece a la justicia rumana, no a la española, y es allí (desconozco cómo) donde debería resolverse el asunto, recurriendo hasta el Supremo de allí si hace falta y tras eso al TJUE, supongo. Pero en España tienes muy poco que poder hacer. Lo siento.
Manutención. ejecución forzosa abusiva y denunciar por haber sido estafado.
29/01/2018 00:28
Hola. Me case con una ciudadana rumana y tuve un hijo con ella. En 2004 dejo España y voy a Rumania donde no trabajo. Inmediatamente ella se divorcia de mi. El juicio se celebra en Rumania en 2004 y la sentencia de divorcio me obliga a pagar manutencion de 25% del salario minimo de Rumania por no tener trabajo, hasta que nuestro hijo cumpla 18 años. Pago religiosamente.
Inmediatamente yo vuelvo a España y vuelvo a trabajar en el mismo sitio. Sigo pagando 25% del salario minimo de Rumania. Sin que yo lo sepa, en 2005 en Rumania ella me demanda pidiendo modificacion de manutencion. Utiliza una nomina mia de España, de 2004 de antes que me vaya a Rumania como prueba que soy asalariado en España y obtiene una sentencia que me obliga a pagar 25% del salario neto que percibo en España a partir de la fecha de la demanda. Nunca se me notifica esta sentencia y de manutencion sigo pagando 25% del salario minimo de Rumania pero ademas periodicamente le mando dinero extra y ella me deja en paz.
En 2009 se entera que iba rehacer mi vida y me exige que le mande 500€ mensual. La rechazo y entonces me comunica que debo pagar manutencion de 25% de mi salario neto porque asi me obliga una sentencia de modificacion de medidas de 2005. Que si no lo hago ella me denuncia e ire a la carcel. Asi averiguo que hay una sentencia de modificacion.
En Rumania recurro motivando que no me fue notificada. Se admite el recurso, el juicio se declara nulo y la sentencia de 2005 se anula. Se devuelve el expediente para que se juzgue de nuevo. Sigo pagando religiosamente 25% del salario minimo de Rumania.
En 2010 se repite el juicio de 2005 en el cual ella insiste en percibir 25% de mi salario neto en España a pesar de que yo pruebo con certificado Seg. Social que desde 2007 trabajo como autonomo y con certificado IRPF los ingresos netos que obtengo trabajador autonomo. El Juzgado rumano no tiene en cuenta mis pruebas y me obliga a pagar 25% del Salario Neto, a partir de la fecha de la demanda de 2005.
Como desde 2007 ya no percibo aquel salario, no me queda otra y a partir de la fecha de la demanda de 2010 empiezo a pagar 25% de mis ingresos netos como autonomo.
Ademas considero 2010 como fecha de modificacion de medidas impuestas en sentencia de divorcio de 2004 ya que el juicio de modificacion de 2005 ha sido declarado nulo
Recurro la sentencia de 2010 pidiendo de nuevo que se me obligue a pagar 25% de mis ingresos netos. Pruebo de nuevo con certificados de la Seg. Social y Hacienda que no trabajo como asalariado y que obtengo ingresos como autonomo. El Tribunal tampoco tiene en cuenta los certificados españoles y en 2013 dicta sentencia que rechaza mi Recurso y mantiene la Sentencia de 2010 que me obliga a pagar 25% de los ingresos netos percibidos como asalariado, a partir de 2005 y hasta la mayoria de edad (año 2019) del niño. Hoy sigo pagando 25% de lo que obtengo como autonomo.
Hace poco mi ex esposa ha instado ejecucion forzosa en España pidiendo trabar embargo sobre mi vivienda. Pide para 2005-2017 la diferencia mensual entre lo que yo le pague y 25% del salario neto que percibo. Como base para sus calculos utiliza los ingresos netos que yo percibia como asalariado y que aparecen en la nomina de 2004. Multiplica por 150 meses (2005-2017) mi salario neto que yo obtenia en 2004 y del importe total obtenido quita el total ya percibio en los 150 meses. La diferencia resultante es altisima y para mi estupor la demanda ha sido admitida tal cual y se ha ordenado embargo sobre mi vivienda. El plazo para oponerse ha pasado. En el juzgado me dicen que según los acuerdos europeos la justicia española no puede entrar en el fondo de las sentencias extranjeras que se deben ejecutar en España.

Puedo denunciar a mi ex por estafa, para parar el embargo y en la instrucción aportar mis pruebas?