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Maquinas tragaperras

1 Comentarios
 
Maquinas tragaperras
11/03/2009 14:17
Buenos dias, me gustaria si me puderan ayudar a mi problema, en mi local exinten 2 maquinas tragaperras que se contrataron en mayo de 2005 para 5 años, a los dos años las personas que llevaban el negocio lo dejaron en manos de otro inquilino, que siguio con ellas y con el mismo contrato, la empresa de las maquinas tuvo conocimiento de ello, ahora el inquilino que estaba lo ha dejado tambien y en el local esta en la actualidad cerrado, puede la empresa de las maquinas emprender cualquier accion legal contra alguno de los dos inquilinos, si en la remota posibilidad de que el primero volviera a coger el negocio le podrian reclamar algo por los meses que el local ha estado cerrado ahora lleva 4 meses. Muchas gracias. Urgente.
12/03/2009 17:47
Hola CQG. Si la empresa admitió la CESIÓN del contrato el Cedente(primer arrendatario) queda liberado de toda responsabilidad. En cuanto a la responsabilidad del CESIONARIO(actual arrendatario) habrá que estar a lo pactado en el contrato entre éste y la empresa de suministradora de tales máquinas.

Reciba un cordial saludo.
Maquinas tragaperras | PorticoLegal
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11/03/2009 14:17
Buenos dias, me gustaria si me puderan ayudar a mi problema, en mi local exinten 2 maquinas tragaperras que se contrataron en mayo de 2005 para 5 años, a los dos años las personas que llevaban el negocio lo dejaron en manos de otro inquilino, que siguio con ellas y con el mismo contrato, la empresa de las maquinas tuvo conocimiento de ello, ahora el inquilino que estaba lo ha dejado tambien y en el local esta en la actualidad cerrado, puede la empresa de las maquinas emprender cualquier accion legal contra alguno de los dos inquilinos, si en la remota posibilidad de que el primero volviera a coger el negocio le podrian reclamar algo por los meses que el local ha estado cerrado ahora lleva 4 meses. Muchas gracias. Urgente.
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Hola CQG. Si la empresa admitió la CESIÓN del contrato el Cedente(primer arrendatario) queda liberado de toda responsabilidad. En cuanto a la responsabilidad del CESIONARIO(actual arrendatario) habrá que estar a lo pactado en el contrato entre éste y la empresa de suministradora de tales máquinas.

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