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Maternidad

4 Comentarios
 
Maternidad
10/12/2010 10:33
La reincorporacion de una trabajadora a su puesto de trabajo despues de las 16 semanas de baja por maternidad supone alguna bonificación para la empresa????
10/12/2010 10:40
No, esas bonificaciones (venian en la ley 43/2006 de 29-12, en el artículo 2.1.b)) han sido derogadas por la ley 35/2010 publicada en el BOE de 18-09-2010. En la disposicion derogatoria unica de dicha ley lo tienes.
Un saludo
10/12/2010 11:51
Majoga, las bonificaciones derogadas (2.1.b del la ley 43/2006) son para mujeres que sean contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, o de la adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente (disposición derogatoria a la que haces referencia), pero no toca las del artículo 4.2 de la citada ley, que creo, que es a la que se refiere el consultante (Los contratos de trabajo de carácter indefinido de las mujeres trabajadoras que sean suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo darán derecho, cuando se produzca la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo en los dos años siguientes a la fecha del inicio del permiso de maternidad, siempre que esta incorporación sea a partir del 1 de julio de 2006, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario por trabajador contratado, de 100 euros al mes (1.200 euros/año) durante los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo).
10/12/2010 11:53
Muchas gracias pacog
10/12/2010 12:02
Ok, tienes razon, habia leido algo rapido y no vi qu se referia a reincorporacion.
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10/12/2010 10:33
La reincorporacion de una trabajadora a su puesto de trabajo despues de las 16 semanas de baja por maternidad supone alguna bonificación para la empresa????
10/12/2010 10:40
No, esas bonificaciones (venian en la ley 43/2006 de 29-12, en el artículo 2.1.b)) han sido derogadas por la ley 35/2010 publicada en el BOE de 18-09-2010. En la disposicion derogatoria unica de dicha ley lo tienes.
Un saludo
10/12/2010 11:51
Majoga, las bonificaciones derogadas (2.1.b del la ley 43/2006) son para mujeres que sean contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, o de la adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente (disposición derogatoria a la que haces referencia), pero no toca las del artículo 4.2 de la citada ley, que creo, que es a la que se refiere el consultante (Los contratos de trabajo de carácter indefinido de las mujeres trabajadoras que sean suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo darán derecho, cuando se produzca la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo en los dos años siguientes a la fecha del inicio del permiso de maternidad, siempre que esta incorporación sea a partir del 1 de julio de 2006, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario por trabajador contratado, de 100 euros al mes (1.200 euros/año) durante los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo).
10/12/2010 11:53
Muchas gracias pacog
10/12/2010 12:02
Ok, tienes razon, habia leido algo rapido y no vi qu se referia a reincorporacion.